Transcripción Paleográfica
{f. 0a}
{al margen superior
izquierdo: MEXICAIN 118}
Manuscrit sur
papier eurupíen
6 píeces differentes.
(6 feuilles in - folio)
Piĕces judiciaires.
1705.
N° 118
Volume de 6 feuillets
22 septembre 1898.
{f. 0b}
{En el margen
inferior derecho en etiqueta: 406.}
{f. 1} 1
Ass[enta]do
{rúbrica} A /=/ n{umer}o /199/ 109 1705
{En el margen
izquierdo, apenas visible: 826}
Auttos f[ec]hos
de pedim[ento] de los natt[urale]s de Tepetlastoc de la juri[sdicci]on de
Tescuco contra {apenas visibles rúbricas y sellos} el contt[ad]or d[o]n Andres
de Herrera s[obr]e tierras=
{al centro, un sello
de la biblioteca de Francia}
/…/ 12 - 4
2 -
1 -
1 –1
2
16 -7
S[ecretari]o Medina r[egid]or , /Mor/ado
{f. 1v}
{al margen
izquierdo dos sellos con el escudo de armas español y en el segundo se lee: /…/
CVARTILLO PHELIPE V /…/ AÑO DE 1704. 1705 †}
{a manera de
anotación, con otro tipo de letra:
Mexico 7 de
jullio del 705.
Qualquiera de
los abogados /q[ue] le/ sea requerido de los indio {sic} bea estos autos
y los reconosca y al presente a esta r[ea]l au[dienci]a los derechos que
tubiese esta fecha e ynforme.}
{Rúbrica}.
+ Suplica
se lea
/…/ M[uy]
p[oderoso] s[eño]r
Doña Juana,
Saynos, casica y principal de la ciudad Tlaxcala, y vez{i}na del pueblo de
S[a]n Francisco Topoyango, en pleyto que en esta real audiencia se sigue, por,
Pedro Pic natural, del pueblo de San Antonio Aguaguamantla, sobre las tierras,
digo que a tiempo de dos años que esta pendie/nte/ este pleyto, y en atención a
que soy una pobre, y miserable /na/tural y que no tengo con que costear este
litixio, y mover; obras caussas, que me persuaden, a desistirme, de dicho
plei/to/ /re/nunciando como renuncio el derecho, que en todo tiempo para
representar, a dichas tierras, por lo qual -
/A v[uestra]/
a[lteza] pido, y supp[li]co haviendome, por desistida, de dicho /.../to, y por
renunciado qualquiera derecho; que pueda tener dichas tierras por tener obras
con que, poderme alimentar /.../gar los leales tributos, mande se me buelvan
los recuados, q[ue] tengo presentados, en dicho pleito, quedando razon de
e/.../ y juro en forma este escripto no ser de malicia e[tceter]a.
{al margen
inferior, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN. N°. 118}
{f. 2} 2
133
† al[ca]lde mayor ytech omonec
¶ Domingo yc VII
mani henero de 1705 años
nahui
to[mine]s yc mocouh totolli _____________ IIII to[mine]s
ce
tomi[n]tica tlaxcalli _______________________ I to[mine]s
¶ lunes chiquace[n]
tomines yc mocouh totollin yua[n]
ce tomintica
tlaxcalli VI to[mine]s
ce tomintica
cacauatl _______________________ I t[omine]s
yua[n] medio
totoltetl ________________________ m[edi]o
¶ martes ome tomines yc mocouh totolli
______ III to[mine]s m[edi]o
ce
tomi[n]tica Caxtilla[n] tlaxcalli yua[n] m[edi]o cacauatl______
¶ miercoles ome
tomines yc mocouh totolli ___________ II to[mine]s
¶ juebes ome
tomines yc mocouh totolli _____________ II to[mine]s
¶ viernes ce
tomin yc mocouh totoltetl yua[n] medio yc mocouh
ma[n]teca_______________________________ II to[mine]s m[edi]o
yua[n] ce
tomi[n]tica zozoltin _______________
yua[n] medio yc
mocouh yztatl _____________ m[edi]o
lll
p[es]os
yua[n]
onquahuacalli tlaolli yn oquiquaq[ue] cauallos I to[mine]s
tlaqualli omochiuh
macuilquauhchiquihuitl
chicueyxtlapalli
tilquahuitl_______________________ IIII to[mine]s
{f. 2v}
†
Y[n] nica[n]
ypa[n] altepetl Tlalmanalco yc matlactlomey mani metztli enero de 1565 años in
yehuatzi[n] señor al[ca]lde mayor otechmomaquilli ey p[es]os za huell ixquich
y notech momaquilli yn ipatiuh yc omotlaxtlahuilli yn oquimoqualtia yn
itechtzi[n]co omonec y[n] tlaolli atle oquimocahuilli ypatiuh yua[n] in tlatlatilquahuitl
yua[n] y[n] zacatl amo patiyouac za yeuatl y[n] totolli omotlaxtlauilli yua[n]
tlaxcalli auh in imixpa[n] otechmomaquilli y[n] tomines Dionisio Dom[in]g[ue]z
yua[n] Gaspar Dejeda rejidores ynic nehuatl onicceli
M[art]in de la
Fue[n]te mayordomo yua[n] Fran[cis]co Despinosa /…/ ynin za[n] chicomilhuitl
ytechtzinco omonec ynic omotlaxtlahuilli.
{firmas:
M[art]in de la
Fue[n]te .- Gaspar de Tejeda .- Dionisio Dominguez .- Martin Ramirez .-
Francisco Espinosa.
{sello que dice:
Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN . N°. 118}
{f. 3} 3
1542
Proceso criminal
Francisco yndio otomi
/Esc[ritu]rado ya/
Torquemada.
Tomo. 2. Libro 6. Capitulo 48. dà señas desste delinquente, y dice: el primero
y santo obispo de Mexico, de buena memoria, fray Juan de Zumarraga tuvo presso
a uno de estos brujos, que se /llamaba/ decia Ocelotl y lo
desterro p[ar]a España por ser muy perjudicial, y /per p/ perdiose la nao cerca
de el puerto, y no se supo mas de él. El s[ant]o varon fr[ay] Andres de Olmos
prendiò otro discipulo de el sobre d[ic]ho y teniendole en la carcel, y
diciendole el mismo indio al d[ic]ho padre, que su maestro se soltaba de la
carcel quando queria le dixo el p[adr]e se soltasse él, si pudiesse; pero no lo
hizo porq[ue] no pudo. Verdad es que despues, remitiendolo al d[ic]ho ob[is]po
santo por no lo poner â recado se solto y desapareció.
Cabrera {rúbrica}
{al margen
inferior derecho, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN.}
{f. 3v}
{en blanco}
{f. 4} 4
†
Los juezes
officiales de la real hazienda de su mag[estad] desta Nueva España hazemos
saber al ques o fuere al[ca]lde mayor de la ciudad de Tezcuco o su lugar
then[ient]e y al governador al[ca]ldes principales y naturales della como e[n]
veinte e nueve de novi[embr]e del año pasado de qui[nient]os y sesenta y nueve
e[n] la real almoneda antel oydor e fiscal de su mag[esta]d y los juezes
off[iciale]s de su real hazienda se remataron en P[edr]o de Xerez dozientas
hanegas de mayz del q[ue] los naturales de esa dicha ciudad, fuistes obligados
a dar a su mag[esta]d de la cosecha del d[ic]ho año de qui[nient]os y sesenta y
nueve en ciertos p[es]os de oro los q[ua]les a pagado y metido e[n] la real
caxa de tres llaves el susodicho y dellos esta fecho cargo al alcayde
B[errnardi]no de Albornoz thes[orer]o de su mag[esta]d, por ende de parte de su
mag[esta]d vos mandamos acudays y hagais acudir al d[ic]ho P[edr]o de Xerez, o
a quien su poder oviere con las d[ic]has dozientas hanegas de mayz q[ue] deveis
de la d[ic]ha cosecha q[ue] asi e[n] [e]l fueron rematadas e[n] la dicha real
almoneda segun dicho es y tomad su carta de pago, la q[ua]l y este
recudim[ient]o traereis a la q[uent]a de su mag[jestad] pa[ra] q[ue] v[uest]ro
descargo. F[ech]o en Mexico a treinta de abrill de mill e qui[nient]os y
setenta e un a[ño]s.
Melchor de
Legazpy {rúbrica}.- Gordian Casasano {rúbrica}.- B[ernardi]no de Albornoz
{rúbrica}.
{al margen
inferior derecho, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris.
Ancienne Collection J. M. A. AUBIN}}
{sobre una hoja
encimada: {rúbrica} Tezcuco [en]treguen a P[edr]o de Xerez e[s]te q[ue en e]l
se remataron.
{f. 4v.}
Digo yo Diego de
Hevia q[ue] recebi de los yndios del pueblo de Tezcuco ciento y setenta
f[anega]s de maiz en nonbre de Pedro de Xerez v[ezin]o de Mexico las quales le
llebe en mis carretas a la d[ic]ha ciudad de Mexico y por [ver]dad lo firme de
mi nonbre q[ue] fecho a doze dias del mes de mayo de mill e qui[nient]os y
setenta y un años.________________________________________
Diego de Hevia
[rúbrica].
¶ Digo yo Joan
de Pomar que recebi de Ant[oni]o de Rojas mayordo/mo/ de la ciudad de Tezcuco
treynta f[anegas] de mahiz que son las /que/ restavan para duzientas contenidas
en este recudimi[ent]o /…/ q[ue] les recebi en nombre de P[edr]o Xerez y por
verdad lo firme de mi nonbre. Fecho en Tezcuco a tres de junio 1571.
Joan de Pomar
{rúbrica}.
{en el margen
izquierdo , de manera transversal: /…/ de f[eb]r[e]ro del año de /.../}
{f. 5}
5
†
Muy
p[oderos]o s[eño]r
Los al[ca]ldes y
principales desta ciudad de la parte de Santiago del Tatelulco dizen que sobre
lo que v[uestr]os oficiales les piden ques el tributo q[ue] devian los yndios
muertos se mandaro[n] soltar en fiado por veynte dias que se cumplen oy y pues
por la quenta q[ue] se esta haziendo a de constar de la verdad /y de lo que de
vie/ y parezera q[ue] los muertos devian lo que se les pide suplican a v[uestra]
al[tez]a mande prorrogarles el d[ic]ho termino por hasta que se acave la
d[ic]ha cuenta.
{al margen
inferior derecho, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris.
Ancienne Collection J. M. A. AUBIN}}
†
En la ciudad de
Mexico a veynte e cinco dias del mes de junio de mill y quinientos y sesenta y
cinco a[ñ]os ante los señores presidente e oydores de la audiencia rreal de la
Nueva España estando en aquerdo se leyo la peticion de suso contenida e por los
d[icho]s señores vista dixeron que les prorrogaban e prorrogaron la canceleria
que les esta puesta por otros veynte dias mas.
Joan Serrano
{rúbrica}
{f. 5v}
{al final de hoja,
de manera transversal:
†
Los al[cal]des y
principales de la parte de Santiago del Tatelulco dizen que sobre lo que v[uest]ros
oficiales les piden que es lo que cavia a pagar a los yndios q[ue] se an muerto
se mandaron soltar por veynte dias que se cumplen, oy y pues acavada la quenta
que se esta haziendo constara de la verdad suplican a v[uestra] /al[te]za/
mande prorrogarles el d[ich]o termino por hasta que se acave la d[ich]a
q[uen]ta.
En 25 de junio de
1565 a[ños].
Que se le prorroga
otros veynte di[a]s}
{f. 6}
6
†
mamoyectenehua in itocatzin
yn totecui[y]o Dios
Ca oniccac y[n]
motlatoltzin yn tinotecuiotzin yn ticihuapilli yva[n] tehuatzin yn
tinoquichtihuatzin don P[edr]o Dionisio: yn oypanhualicuihuhtia yn amamatzin yn
itechcopa y[n] notlal yhuan nocal yn o[n]ca mani tonatiuh ycaltitla[n] auh ca
notencopa ynemechnonahuatili ynic monamacaz ca nel naxca auh yn axca[n] yn iuh
niccaqui ynic moteylhuia yn A[lons]o Quauhtli yhuan yn icihuauh yhuan yn
ichpoch Simo[n]. Auh ca noconitohua camo manohuayolque ca macehualti tle ypanpa
yn ipa[n] moteilhuia y[n] nocal ca nechcahuilitia y[n] nocoltzin Cihuayztitzin
yva[n] y notlal ca huel naxca ca notlatqui auh yn ica nel ye omic cuic yn
ipatiuh yn omochiuh auh azo nelli yn ixpantzinco oacic yn tlatolli yn
totlatocatzin sennor dotur Ceynos yn tla huel nica yn tla camo notztitica ca
yxpantzinco onacizquia yn totlatocatzin auh yn ica yc nemechonnotlatlauhtillia
ma camo xiq[ui]n moxiccahuilica[n] yn oniq[ui]nnamaquilti nocal ma ynpan
ximotlatoltica[n] ca ye isquich yc nemecho[n]otlatlauhtilia yn tehuatzin
tinotecuiotzin yhua[n] tehuatzin tinoq[ui]chtihuatzin omochiuh amatl axca[n] ye
ilhuitia metztli de julio de 1567 años.
{al margen
inferior derecho, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN}}
Nehuatl
nimitznotlazotilia .
Doña Maria de Tizocicatzin
{rúbrica}.
{f. 6v}
†
Sea alabado el nonbre
del señor.
¶ Entendi
v[uestr]as palabras doy os mi madre y señora e de vos mi h[erma]no don Pedro
Dionisio q[ue] binieron escriptas en v[uest]ra carta sobre el suelo e tierra de
mis casas questan e son e[n] las espaldas de las casas de Alvarado porque yo os
mande q[ue] las vendiesedes porq[ue] es cosa mia e agora soy ynformada que
Alonso Cuauhtli trata pleyto sobre ello e su muger e la hija de Simon yo digo
q[ue]llos no son mis parientes porq[ue] son macehuales no se porque causa trata
pleyto sobre cosa mia porq[ue] me las dexo e yo las herede de mi ahuelo
Cihuayztitzin e la tierra es mia e de mi hazienda e como tal yo ube e rescebi
el valor dellas e si es verdad q[ue]llo pasa antel señor doctor Ceynos e yo no
estubiera preñada yo fuera ante su merced e por eso os ruego a bosotros q[ue]
lo soliciteys y no os descuydeys de favorescer a las personas a quien yo las e
bendido las dichas mis casas e que hableys por ellos esto es lo que yo os ruego
a vos mi madre y señora y a vos mi h[erma]no fecha esta carta a tres de jullio
de 1567. Yo q[ue] mucho os amo doña Maria Tizotzicatzi ____
¶ Esta carta
leeran mi madre la señora doña Maria e mi h[erma]no don Pedro Dionisio q[ue]
estan en Mexico mi señor.
{cambio de
letra}
†
¶ Ynin amatl
quimottiliz y[n] notecuiyotzin cihuapilli doña Maria yhua[n] noq[ui]chtihuatzin
don P[edr]o Dionisio ompa ciudad Mex[i]co.
Mi señor.
{con letra
diferente: esta la proban[z]a.}
{f. 7}
{en blanco}
Nuestra traducción
{f. 2}
+
Se requirió para el alcalde mayor
¶ Domingo 7 del
presente enero del año 1705
4 tomines con lo que se compró
guajolote_________4 tomines
Con 1 tomín (se compró)
tortilla_________________1 tomín
¶ Lunes 6 tomines con lo que se compró guajolote y
con 1 tomín tortilla___________________________ 6
tomines
con 1 tomín cacao___________________________ 1 tomín
y (con) medio (tomín) huevo____________________ Medio
¶ Martes 2 tomines
con lo que se compró guajolote,
con 1 tomín tortillas de Castilla y medio (para)
cacao_3 tomines (y) medio
¶ Miércoles 2
tomines con lo que se compró guajolote____ 2 tomines
¶ Jueves 2 tomines
con lo que se compró guajolote______ 2 tomines
¶ Viernes 1 tomín
con lo que se compró huevo y con medio se compró
manteca_________________________________2
tomines (y) medio
y con 1
tomín codornices_______________________
y medio con
lo que se compró sal________________ medio
3 pesos
y 2 quahuacalli
“media hanega”
de maíz, lo comieron los caballos1 tomín
Se hizo 5
chiquihuites
de comida
y 8 rajas de leña de
cocina________________________4 tomines
{f. 2v}
Aquí en el altepetl
“señorío” de Tlalmanalco en 13 del presente mes de enero de 1565 años, el señor
alcalde mayor nos dio 3 pesos, todo me lo dio a mí, el valor que se le pagó
para su sustento. Del valor del maíz nada se le quedó. Leña de quemar y pastura
no se valoró, sólo guajolote y tortilla se le pagó. Nos pagó los tomines en
presencia de Dionisio Domínguez y Gaspar Dejeda (de Tejeda), regidores; esto yo
lo recibí Martín de la Fuente, mayordomo y Francisco de {E}spinosa /…/.
Los 7 días que se le
requirió, se le pagó.
{Firmas: Martín de
la Fuente, Gaspar de Tejeda, Dionisio Domínguez, Martín Ramírez y Francisco
Espinosa}.
{F. 6}
En el nombre de nuestro tecuhtli Dios
Que yo escuché tu
palabra, tú mi tecuhtli, mi cihuapilli “mujer noble” y tú mi hermano mayor don Pedro Dionisio, que viene
asentado en el papel, relacionado con mi tierra y mi casa que están situadas al
poniente. Y que se me dio la orden para que se vendan por ser mías. Y ahora
escucho que tratan pleito Alonso Quauhtli, su mujer y la hija de Simón. Y digo
que no son mis parientes, que son macehuales, por qué tratan pleito por mi
casa, que me heredó mi abuelo Cihuayztitzin. Y la tierra que es mía, de mi
propiedad. Y que es verdad que cuando murió, yo tomé el valor que se hizo. Y
quizá es verdad que su notificación llegó ante nuestro tlatoani señor
doctor Ceynos, quizá yo estaría aquí si no estuviera encinta, llegaría hasta
donde está nuestro tlatoani. Y por eso yo les ruego que no se dejen,
(no) les vendí mi casa, que ahí recapaciten ustedes. Que todo esto les ruego, a
ti mi tecuhtli y a ti mi hermano mayor. Se hizo el escrito hoy 3 del mes
de julio del año1567.
Yo, te quiero mucho.
Doña María de Tizocicatzin
{rúbrica}.
{Cambio de letra,
otra vez en nauatl}
Este pepel se lo
mostrarán a mi tecuhtli, a mi cihuapilli doña Maria y a mi
hermano mayor don Pedro Dionisio allá en la ciudad de México.