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CIESAS

 

TRANSCRIPCION PALEOGRAFICA

 

 

{f.000a}

 

N. 371{aparece en la parte superior de la foja}

INQUISITION DU MEXIQUE 1817

 

{f.000b}

 

Manuscrit un volume in-folio relié en basane rouge 136 pages

Ynquisition du Mexique en 1817.

No. 371{el número uno aparece sobre un cero}

 

{f.000c}

 

No. 370 {el número aparece dentro del sello de la colección a la que pertenece}

 

Volume composé de 2 parties:

1º- de 20 pages

2º- de 122 pages

23 fuillet 1898

 

{f.000d}

1

{1} Ynq[uisició]n de México año de 1817

 

No. 370{el número aparece dentro del sello que indica la colección a la que pertenece}

{abajo sello de la Biblioteca Nacional de Francia}

 

{2} Expediente formado con motivo de

un folleto remitido por el s[eñ]or provisor

de este arzobispado titulado, consulta que

hizo un curioso de la ciudad de la Puebla

de los Angeles, respuesta que puso un re-

ligioso de la misma, replica que hizo el mismo

curioso, producion de un s[eñ]or d[oct]or s[ob]re el asunto,

producion de otro religioso s[ob]re el asunto

conclusión por el mismo consultante

 

S[ecreta]rio Chavarri /.../ {rubrica}[1]

 

{f.000e}

 

{no tiene texto}

 

{f.000f}

3

/México Noviembre de 1816.

Pasé a el s[eñ]or D[oct]or D[on] José Mariano Bereistain

Dean [decano], dinidad de esta s[an]ta Yglecia catedral; el

quaderno q[u]e relaciona.

este ocurso, para su         s[eñ]or provisor.

sensura, y con lo que

su señoria informare

dese cuenta: asi lo

decreto el s[eñor] pro-

visor [etcétera]  y lo ru-

brico

Nicolas Paradina Not[ari]o May[o]r/ /.../ {rubrica}  {todo el párrafo aparece con letra grande y fuera del renglón}

 

{3} D[o]n Juan de la Cantera ante la bondad

de V[uestra] S[eñoria] con el debido respeto dice: que le han

entregado el adjunto cuaderno sobre consulta que

hizó un curioso de la Puebla acerca de los usureros

para imprimirlo en el periodico titulado el noti-

cioso general; por lo que siendo del agrado de

V[uestra] S[eñoria]  le suplica se digne concederle su licencia

para su impresión.

 

{4} Por tanto en que V[uestra] S[eñoria] se digne concederla recivirá merced.

S[eñ]or provisor.

Juan de la Cantera /…/ {rubrica}

 

/S[eñ]or provisor:

Sin embargo se q[u]e obligaciones urgentes, se que no me es posible prescindir,

me ocupan y llenan los pocos huecos de tiempo y salud, que me permite/

{en este párrafo se observa letra distinta, lo cual nos indica el cambio de escribano el párrafo continua en la siguiente foja}

 

{f.000g}

actual enfermedad bien publica, y bien notoria a V[uestra] S[eñoria]

por complacerle y obedecer el decreto de V[uestra] S[eñoria] de 5 del

corriente, que recibi el día 12 del mismo, he leido el

papel anónimo, que remite, y le titula: Consulta

que hizo un curioso de la ciudad de la Puebla: resp[ec]to

á ella de un religioso: replica del curioso: produc-

cion de un d[octor] sobre la consulta: dictamen de otro reli-

gioso: y conclusión del asunto por el mismo consultante.

 

{5} La circunstancia de anónimo era en mi concepto suficiente

para impedir la licencia de V[uestra] S[eñoria p[ar]a la impresión q[u]e le solicita

o a lo menos para dificultarla. Y mucho mas quando la ma-

teria de todo el manuscrito es de las mas delicadas;

quando la intención del consultante es echar por tierra

una doctrina de la teologia moral no solam[en]te recibida general-

mente en las escuelas catolicas; sino fundada  y autoriza-

da por los teologos mas sabios, y los pontífices mas venera-

bles; y quando con el mayor desprecio y osadia se burla de la

opinión, credito y ciencia de todos los doctores indistantem[en]te y de

las sagradas religiones en las personas de los religiosos y del

don q[u]e supone le contestaron.

 

{6} Por otra parte el autor es un bellaco filoso-

fo político, q[u]e para establecer el sistema de libertad en el comer-

cio, cosa q[u]e pudo hacer como la han hecho mil estadistas

político-economicos, se vale de insultar a los teologos

 

{f.000h}

5

moralistas con la /.../ /.../ de /.../ {no se pueden leer estas palabras} á consultarles sobre un

punto, que el ya tenido decidido en su entendim[ien]to

y en su corazon. Para ello ha compuesto una mole

indigesta, y una algarabía de especies, en que ya tira

contra los comerciantes, ya les defiende; ya declama

contra los avarientos, codiciosos y usureros ; y ya les

ensancha las conciencias y les paladea con la libertad

de vender y comerciar al precio que quieran. Y

al paso no perdona clases ni dignidades, á quienes

no ase coja ó no salpique con su pluma ó con su

lengua.

 

{7} En fin, s[eñ]or vicario gen[eral] por mi dictamen no

debe imprimerse el papel, q[u]e V[uestra] S[eñoria] me remite, y q[u]e de-

vuelvo V[uestra] S[eñoria]  decretará como si[e]mpre lo mejor Me-

gico 20 de nov[iembre] de 1816.

D[octo]r Jose Mariano Beristain /…/ {rubrica}

 

{8} P.D.

No estoi lejos de asegurar á V[uestra] S[eñoria] que en los papeles del consultante

y en su pos=logo hai alguna proposición, q[u]e merece confiar

teologica.

D[octo]r Beristain /.../ {rubica}

 

Mexi-

 

{f.000i}

 

co noviembre 26 de 1816

 

{9} Con vista de lo q[u]e se expresa en el informe de

la buelta, y para mejor prover, pase el quader-

no q[u]e menciona, á el r[everendo] p[adre] exprior del convento de

carmelitas de esta capital Fray José de San Bartolo-

me y con lo que informare desde cuenta asi lo

decreto el señor provisor vicario g[ene]ral [etcétera] y lo rubri-

co.[2]

R. /.../ {rubica}

Juan Mariano Diaz Not[ari]o Oficial Ma[y]or. /.../ {rubica}

 

Señor provisor.[3]

 

{10} El asunto del adjunto quaderno que devuelvo á V[uestra] S[eñoria] es de lo mas

espinoso y delicado que puede ocurrir, como que para hablar del

dignamente nada basta la practica solo, ni tampoco solo la teo-

rica de las doctrinas ó principios, sino que precisam[en]te se requieren

ambas juntas. Por esta causa es ya mui frequente y antiguo

en este reino despreciar nuevamente mercaderes y teologos

moralistas, condenándolo estos á aquellos en todos sus estilos y tra-

tos, en fuerza de doctrinas generales ó mal entendidas, ó mal a-

plicadas, o sin encargarse de las excepciones que llevan consigo

 

{f.000j}

7

todas las reglas aun las mas universales, según la ocurrencia y concurr/a/{sobre el renglón}

la circunstancia: y por el contrario dándose los mercaderes por libres y se-

guros en todas sus cosas, á pr[e]testo de la ignorancia con que se producen m[uc]hos

ministros del altar, de la impropiedad y generalidad con que hablan, en una

materia en que faltándoles la practica y manejo proprio de ella, /...//.../ cre-

en les falta lo mas: esencial para hablar /.../ con acierto. El folleto

es innegable arguye[4] con razones, quando no indisolubles, si bien aparata-

das y vestidas, que para desatarlas no bastan qualesquiera palabras ni dis-

cursos: abunda en especies no comunes ni vulgares, que á manera del ar-

gumento principal piden especial examen y conocimiento: trae ejemplos

terminantes y evidentes para fundar excepcion ó /.../solucion separada, yá

que no lo sean para las generalidades que pretende: distingue mui bien

con falso ó verdadero zelo los usos de los abusos del comercio, declaman-

do enérgicamente contra lo uno, quanto exige la protección de lo otro,

para fomentar la libertad del comercio, que es un bien universal de to-

dos, y á que todos deben cooperar mientras que á las claras no se com-

prometa la religión y buenas costumbres [etcétera][5].

 

{11} Sin enbargo como al mismo tiempo se introduzga el

amor sumamente penetrado de soberbia, presunción, y arrogancia, supo-

niendo como inconcuso lo que a lo mas podia ser  objeto de discusión, fun-

giendo gages de maestro, inventor, y descubridor, en lo que debia /pro/{poner} como

discípulo humilde que trataba de averiguar la verdad y no sacar gran-

geria de ella, produciendo proposiciones censurables aun en el sentido

 

{f.000k}

 

benigno que pueden admitir, destruiendo {con equivocación} nociones antiguas entre juristas

y moralistas, al paso que substituie otras nuevas, hablando de estas en gen[era]l

y demas cuerpos literarios en cierto tono despreciante, yá satirico, ya ironi-

co, principalmente en los tres consultores que fingida ó realmente hablan

en el folleto, regulando á todos por ellos, y haciendoles hablar en termi-

nos sumamente {vagos} y abstraídos para quedar el triunfante sobre todos: final-

mente siendo cierto que de su impresión necesariamente se havia de seg[ui]r

escandalo en los buenos, exaltación y engacimiento en los mercaderes, prin-

cipalmente los menos arreglados, y sobre todo la mengua de todo el est[ad]o

eclesiástico aun el respetable de nuestros mayores, viéndose como corregí-

do y doctrinado por un triste lego[6] desconocido [etcetera] soy de dictamen

conforme al juicioso y solido del s[eñor] Beristain precedente, no solo

de que ninguna manera se imprima, si tamvien de que se delate yu

mita por V[uestra] S[eñoria] al santo tribunal de la inquisición, por las razones sig[uien]tes

yá generales yá particulares.

 

{12} Primera. En la regla 10 del expurgatorio se manda de-

latar los libros anónimos de doctrinas dudosas y sospechosas. Ambas cosas se

verifican en el presente folleto, y por lo mismo debe juzgarse prohibí-

do para correr.

 

{13} Segunda. En el mismo expurgatorio regla 11, se prohíbe

todo lo que de algun modo ceda en burla y satira de las perso-

 

{f.000l}

9

nas eclesiasticas y de sus cuerpo. En el particular se esmera este fo-

lleto llevando de encuentro con sus mordaces y acres censura á todo el to-

rrente de teologos, moralistas y juristas, sin distinción ni modificación al-

guna, siendo así que muchos fueron pontificos, otros cardenales, otros doc-

tores de la iglesia, otros obispos, otros catedráticos celebres de universi-

dades, otros prelados de sacratísimas religiones [etcétera].  Asi lo hace en la pag. {17}, 22,78, y mas en la 87 adonde los trata de atolondrados é ignorantes,

no como quiera sino ere[j]es ó culpables, sin reflejar que una doctrina comúnm[en]te

asentada entre los teologos, funda argumento cierto seg[u]n los savios Cano y Ben[i]to 14.[7]

 

{14} Tercera. En la regla 16. del d[ic]ho espurgatorio se dan por prohibidos,

primero las voces nuevas y profanas que pueden influir en las malas

costumbres, segundo la exposición de la santa escriptura contra el sentido

comúnmente recivido de padres y expositores, y lo tercero las palabras

dudosas y equivocas que pueden mover á los lectores á opiniones ma-

las y nocivas todas tres juntas se hallan en el folleto. Consta lo 1°.

de la pag. 86 en que el mismo autor se reconoce y confiesa inventor de

su doctrina lo qual como sea en materia de costumbres, y tan peligrosa

como la de comercio y contratos, ya se deja entender que la novedad es

de las mas temerarias y fanaticas, capaz de producir muchos males en las

conciencias, y por eso es regla general que asi como en las ciencias na-

turales pueden ser utiles las invenciones y novedades, en la teologia  siem-

pre son malas, por quanto toda ella la recivimos de J[esus] Christo, sus a-

postoles y p[adres] de la iglesia. A esto se añade la novedad de otras va-

 

{f.000m}

 

ces, igualmente influentes en las costumbres: por ejemplo tomar por usu-

ra todo lo mal adquirido en qualquiera contrato y no lo que se lleva

por prestar, como se colige de las pag. 2 lin.2 pag. 40 y 41: item ase-

gurar (pag.22, asta 28) que el valor de la moneda aun el extrimero, y

que el con la mas torpe equivocación llama siempre intrínseco, es tan va-

rio, inconstante, y mudable como el de qualquiera mercaduria, lo qual

hace con el fin de que considerándose el dinero como tal, se pueda gan[a]r

en el prestándolo, del mismo modo que se gana en aquellas, como claram[en]te

se explica en las pag. 36 y 37.

 

{15} Consta lo 2°. de dos textos que expone contra el

sentido comúnmente recivido de padres é ynterpretes. Vaya el prim[er]o.

 

{16} En la pag. 33. hablando del texto de S[an] Lucas, mutum date nil inde spe-

rantes,[8] dice que es de consejo y no de precepto. Las primeras palabras

es constante son de consejo, peroo no las segundas, y como el hable de estas,

es manifiesto que su proposición es nueva, temeraria, falsa y escandalo-

sa, según la comun de los a[postoles] a[utoridades]. En la pag. 43 y 89 hablando del texto

que enseña es mas facil entrar un camello por el ojo de una aguja, que un

rico en el cielo, y suponiendo como es cierto, se entiende de los ricos que tien[e]n

apegado el corazon al dinero {no solamente} asegura que el tal texto habla juntamente

de ricos y pobres, si tamv[ie]n que ese apego en que se funda el texto es mas co-

mun á estos que aquellos. Esto es un error intolerable, cuia admisión

causaria muchos perjuicios en las costumbres, y cuia doctrina trastornar{a}

todas las recividas asta ahora. Una cosa es la razon formal del texto,

otra las personas a quienes se aplica. En cuanto a lo primero ha-

bla con todos, porque á todos conviene la posibilidad del apego. En

 

{f.000n}

11

 

{17} Rec[uer]da en 3 de enero de 1817. Señor Inquisidor Flores

 

{Formese expediente con este oficio, y diligencicias q[u]e remite el s[eñ]or provisor, acusesele el recubo, y librese comi-}

sion en forma al comisario de corte Fr[ay] Joaquin Yánez, para el examen de D[o]n Juan Cantera, a fin de que exprese quien es el autor del folleto, que dia se lo entregaron, q[u]e sujetos tenyan igual ejemplar, donde viben, sus n[omb]res apellidos, calles numeros de casas, y con lo q[u]e resulte de su cuenta.

/.../ {rubrica}

{Con fecha de 9 del mismo se libro la comision con areglo al decreto.}

 

{Por decreto de hoy, hé mandado parár á ese santo tribunal de la inquisición, un folleto manuscrito que se presentó en este provisorato pidiendo licencia, q[ue] denegue, para su impresión.

Lo acompaño á V[uestra] S[eñoria] juntamente con las censuras de las dos personas que lo revisaron y aunq[ue] el parece anomimo puede saverse su autor por medio de la persona que lo presentó.

Dios}[9]

 

{f.000ñ}

 

guarde á V[uestra] S[eñoria] m[ucho]s a[ño]s México 2 de enero de 1817.

{Felix Flores Alatorre /.../{rubrica}}

 

{18} Contestación

Se ha recibido en este tribunal el oficio

del V[uestra] S[eñoria] de 2 del pres[en]te con el folleto y censuras

q[u]e le acompañan. Lo que comunico a V[uestra] S[eñoria]

en contestación al precitado oficio. Dios

gu[ard]e a V[uestra] S[eñoria] m[ucho]s a[ño]s Mex[i]co 4 de enero de 1817.

Manuel de Flores. S[eñ]or D[o]n Felix Flores.

Alatorre, Prov[iso]]r y  Vic[ari]o Gen[era]l deste arzobis-

pado.[10]

 

{19} S[eñ]or Inquisidor Decano

D[octo]r D[o]n Man[ue]l de Flores}

 

{f.000o}

13

{probablemente esta foja sea la continuación de la f.000m, ya que el trazo de la letra es similar, por lo que puede inferirse la continuidad del texto en esta foja, pues el documento así fue enviado de la BNF}

 

{20} Quanto a lo 2º. habla precisamente de los {como consta de sus palabras} ricos, ya porque la sagrada

escriptura está llena de cominaciones contra ellos y ninguna contra los

pobres por pobres, yá porque haciendose aquellos tales por medio de

la negociación, esta está llena de peligros, injusticias, mentiras y usura,

por cuia causa se considera por los padres, canones, y autores graves, a-

fecta de cierta torpesa inseparable, y yá porque para un pobre ape-

gado al dinero, corresponden mui bien cien ricos [etcétera.  Por tanto seme-

jante exposición es ridícula, extravagante, {escandalosa} y temeraria, tanto mas que

el anónimo ningun expositor ni autoridad cita por su parte tamvien con-

funde (pag. 43, 44) la miseria con la pobreza.

 

{21} Consta la 3 parte de la enorme equivocación con

que se produce en nociones comúnmente recividas, y que por solo su anto-

jo y /.../ capricho quiere invertir tal es la de llamar (pag. 49.)

al pedir limosna cierto genero de comercio tal la de decir que {en} las ca-

pellanias (pag. 36.) y demas censos redimibles se da dinero á logro,

queriendo de ese modo cohonestar el que se percive del dinero en quan-

to prestado tal el asegurar absolutamente que todos son comerciantes

(pag. 48) con el fin de santificar a los {mismos} comerciantes y todos sus tratos;

proposiciones todas como se deja entender falsas, perniciosas, escandalosas,

atentos los fines del autor, que son ampliar las costumbres y prac-

ticas del comercio, sin las cortapisas y trabas que les pone la sana mo-

ral, y queriendo contra todo derecho y razon, no solo ser jueces en

una cosa en que son partes tan interesadas, si tamv[ie]n á mas de

eso se les venere y den las gracias por sus inventos especiosos.

 

{f.000p}

 

{22} Quarta. La usura esta prohibida por todos derechos divinos,

natural y humano, conforme a la comun de los a[postoles]  a[utoridades] en terminos que el con-

cilio vieneme general (elementin unica de usuris & unico)[11] mande se castigue

como hereje al que pertinazmente afirmare no es pecado. El autor del folle-

to no solamente lleva este error, sino que de su confesión se infiere la prac-

ticó continuamente. Lo primero consta de su exposición al comun texto de

S[an] Lucas apuntada arriba, y lo segundo de lo que dice (pag. 38) de haver

recivido dinero á logro libremente al 0 por ciento, en todo el tiempo que lle-

va de mercader, que según el (pag. 3) son como 30 años. Si esto lo dijese de

ahora que es tiempo de insurreccion, no haria tanta fuerza, por ser suma

la escased del dinero, y los titulos del daño emergente y lucro cesante que

cohonestan el darlo y recivirlo, con /.../ el del peligro de perderlo, mas ciertos

y fuertes que nunca. Pero entendido de atrás en que el dinero abundaba

tanto, y que mucho se daba {asta} el 4 por ciento, hace sospechoso ó de que el hecho

no fue cierto, ó de que si lo fue se cometia verdadera usura, por el exceso

del premio. Si por llevar la usura toca su conocimiento al santo oficio,

por practicarla toca á V[uestra] S[eñoria] conforme al sapientísimo Papa Ben[ito] 14

de syno dieces. ubi de usuris[12] cap[itulo]9 ib[ro] 9 f[oja] 2. Es verdad que el anónimo pare-

ce a las veces condenar las usuras, pero es solo aparentemente y en virtud

de la suma equivocación con que las toma, según apunté arriba. Segun

el toda ganancia que lleva consigo alguna trampa ó injusticia es usu-

ra, y deja de serlo quando no existe nada de eso; y aun hablando de la q[u]e

se adquiere por el dinero intransitivamente sin intervenir otro contrato,

 

{f.000q}

15

solo la llama usuraria (pag[ina] 47) quando el mutuataria este en /.../

y padecen violencia en pagarla, de que se sigue que siendo por su utilidad

y con su voluntad, ya no lo sea en fuerza de sus principios (pag[ina] 47). La ma-

ior prueva de que la usura con esta restricción es conforme a su mente,

es que en toda su obra no mienta siquiera una vez los titulos de lucro ec-

sante, daño emergente, ni peligro extraordin[ari]o del capital, que son los que co-

munmente se alegan para recibir logro del dinero. Por esta razon con-

cluie mui bien el s[apientisimo] bendi[to] 14 citado por el p[adre]. Belza (tom[o] 3 de perm/.../ne[13] n[úmero] 59)

que los cambios /.../ {obliguen}, son usurarios.

 

{23} Quinta. Aunque la razon natural la numeran los teologos ent[r]e

los lugares teologicos para provar sus aserciones, es solo como lugar extrince-

co dependiente y subordinado a los intrínsecos quales son la santa escript[ur]a,

concilios, padres y teologos, á quienes debe servir como una mera esclava y

criada. A la falta de esta doctrina (suenan hablando de ese lugar) atribuyen

los soveranos pontífices condenadores de muchas proposiciones del provabilísimo.

 

{24} Como lajas, escandalosas, y perniciosas [etcétera] el que sus autores huvieran desba-

rrado tan temerariamente, estribando demasiado en la razón y despreciando

la autoridad, y en el mismo principio han estribado muchos herejes que-

riendo medir p[o]r aquella los dogmas de la religión. Aunque el anónimo no

tenga este error en la mente, es constante que en la practica lo sigue, como

se vee en la pag[ina] 7, adonde hablando con el religioso franciscano consultor,

le pone por condicion el omitir toda autoridad, y si solo ponerle razones con-

vincentes. Dejando aparte la suma implicancia con que procede, usando

 

{f.000r}

 

y exponiendo textos a sus fines, (pag[ina] 24,44,98) al tiempo mismo que los

prohíbe al otro, es preciso graduar su proposición de subversiva del buen or-

den, nociva a las costumbres, y errónea en materia gravísima, qual es la

seguridad de la conciencia en los tratos de que se trata aquí, tanto mas q[u]e

los autores fundan sus determinaciones no en su dicho, sino en razones for-

tisimas, sin querer sean creidos como quando se trata de articulos de fé.

 

{25} Sexta. Que la practica mercantil haia de ser total raz[o]n

decisiva, como quiere el anónimo pag[ina] /.../  {30 y 100} en el asunto presente,

tiene dos equivocaciones mui erróneas y perjudiciales. Primera. Que en

ninguna facultad puede servir ella sola para todo, y menos para en-

señar á todo el mundo y en todo genero de tratos y contratos como pre-

tende pag[ina] 99. Para enseñar es necesario {no solo} lo que se ha de hacer,

sino el porque y como, lo qual no puede hacerse sin el conocimiento cienti-

fico de aquellos. Segunda. Una cosa es la practica mercantil en orden á

buscar y aumentar el caudal, otra en orden á rectificar y asegurar la con-

ciencia. Para lo 1°. es innegable su conducencia y tino, como que el mas

ruin mercader save mas en el caso que el mas consumado teologo. Para

lo segundo es una ilusion y capsiosidad alegar la {tal} practica, una doctrina

errónea, inductiva de falsa confianza temerarias presunciones, como que

sus resoluciones no dependen de los principios mercantiles, aunque ayudan

para instruir los hechos, sino de los propios y especificos de la jusrispru-

dencia civil y moral.

 

{26} Séptima. Que adonde prospera la religión hai a de pro-

 

{f.000s}

17

[Mé]xico y enero 2 de 1817

 

{27} Vistas las censuras que anteceden del s[eño]r Dean [decano]

D[octor] D[on] [14]Jose Mariano Beristain y del r[eligios]o padre Fr[ay]

Jose de San Bartolomé, de conformidad con lo

que en ellas se califica: no ha lugar á la im-

presion del folleto anónimo presentado por Don

Juan de la Cantera: pasese todo original al s[an]to

tribunal de la inquisición, dirigiéndoselo cerra-

do, y con el correspondiente oficio, por medio del

señor inquisidor decano, para las providencias

que s[u] s[eñoria] y ma[s] tenga á bien tomar. Assi lo prover

el s[eño]r provisor vic[ari]o g[ene]ral de este arz[o]b[is]p[ado] y lo fir-

mó por ante mi de que doi fee.[15]

 

At[entamente] Flores /.../ {rubrica}

 

Juan Mariano Diaz /.../ {rubrica}

 

{28} Por orden verbal de los s[eño]res

ynq[uisido]res Pereda, y Tirado manda not[ari]o oficial m[ay]or[16]

[manda]ron sacar copia de las dos calificaciones anteriores, y que se

le remitiesen al p[adre][17] Fr[ay] Jose de S[a]n Bartolomé, las q[u]e se le remitieron

en veinte y siete de sep[tiemb]re de mil ochocientos diez y siete[18]

 

Chavarri s[ecreta]rio /.../ {rubrica}

 

{f.000t}

 

{No tiene texto}

 

{f.000u}

19

creer que los padres no entienden de comercio para decretar lo licito é

ilicito: finalmente que no hai mas regla que vender como se puede y com-

prar del mismo modo [etcétera] fui mercader, y aunq[u]e entonces no estaba la pro-

fesion tan corrupta como ahora, puedo asegurar que ese conocimiento

produjo mi vocación. El autor del folleto es de lo mas sobervio y arro-

gante que se quiera penar, pues no solo há creido bá a ensenár a todo

el mundo, sin excluision del s[eñor] arzobispo, (pag[ina] 99) sino que parece ha-

ce un desafio á todo el estado eclesiástico, sobre el seguro de no poder

perder, (pag[ina] 22) aunq[u]e le asalten dice 70 mil moralistas, y soltando continuam[en]te

contra las escuelas ridículas satiras, las mas veces sobre sup[ues]tos falsos.

 

{29} En este concepto juzgo conveniente una impugn[acio]n seria del tal

folleto, como que metiendose el mismo en el fuego, solicitando la impres[io]n

en una cosa en que debe suponer el disenso[19], es lastima perder ocasión

tan oportuna. De este modo los buenos que nunca faltan aun en

la misma mercancía, seran sostenidos, la verdad se vera defendida de tan-

tos sofismas[20], cavilaciones, y apariencias, y los malos quedaran confun-[21]

didos y aterrados, sopena que de lo contrario nuestro silencio sera con-

firmac[io]n de sus errores y orgullo. Este es mi sentir, salvo otro me-

jor. Convento de N[uestra] S[eñora] del Carm[e]n y dic[iembr]e 29 de 1816.

 

Fr[ay] José de S[an] Bartolomé /.../ {rubrica}

 

{30} Posdata. Su modo de explicarse del folleto sobre los magistrados y potestad publica puede con fundam[en]to graduarte de sediciosos[22]. Vease pag[ina] 19 y 67. En la 1ª. esta se funde generalm[en]te las posturas publicas en motivos particular[e]s. En la 2ª. parece negar la oblig[acio]n de sus precios, quando no admite mas generos q[u]e lo estanca den y no estancados, excluiendo los aranceladados p[o]r los magistrados.[23]

 

{f.000v}

 

{31} perar el comercio, es una ilación natural de causa á efecto, aunque no

sea mas que por el sagrado texto que alega el anónimo pag[ina] 98

pero que por el contrario adonde florece el comercio hai a de florecer

la religión asta llamarse /.../ aquel un firme apoyo de esta, es una es-

pecie original, reservada al extravagante cerebro (pag[ina] 49) de su autor.

 

{32} Si asi fuera en ninguna pajar huviera mas religión que en Holanda y

Inglaterra, quando quizas esa es una de las razones de que alli la haci[a]

tan menoscabada. Y si los mercaderes por tales han de merecer ese epi-

teto, será preciso preguntarles ¿qual nos dejan á los eclesiaticos? resta

pues que esa deducion sea del todo infundada y arbitraria injuriosa al

estado eclesiatica, y su proposición mal sonante, soberbia y temeraria

y blasfema.

 

{33} Acave señor provisor la enumeración de las proposi-

ciones y doctrinas principales, censurables de este folleto, porque aunq[u]e

quedan otras es facil sacarlas por aquellas tengo en mi poder

un folleto impreso en Madrid á mitad del siglo pasado, el qual á ma-

nera del presente se propuso el fomento y amplitud del comercio, y de

consiguiente incurrio en las mismas doctrinas {erróneas} que el, defendiendo como

cosa corriente y en que no havia que tropezar el contrato trino, la

usura bajo ciertas restricciones [etcétera. De aquí infiero yo que esta doct[rin]a

mercantil es mui antigua, y que á beneficio de una practica no impug-

nada ex profeso, bá cundiendo y progresando demasiado, pues nada hai

mas comun en esta capital que la usura asta en la gente pobre: q[u]e

dar dinero á reditos y recivirlo en terminos enormemente excesivos[24]

 

{f.000w}

 

{No tiene texto}

 

{f.000x}

 

{No tiene texto}

 

{f.001}

1

{34} Consulta que hizo un curioso

de la ciudad de la Puebla de los

Angeles. /.../{sello de la biblioteca}

 

{35} Respuesta que puso un religioso

de la misma:

 

{36} Replica que hizo el mismo curioso.

 

{37} Producción de un s[eño]r d[octo]r sobre el asunto

producción de otro religioso

sobre el asunto.

Conclusión por el mismo consultante.[25]

 

/.../ No. 370{sello de la colección a la que pertenece y número del documento, aunque probablemente fue cambiado pues actualmente tiene el número 371}

 

{f.002}

2

Consulta

 

{38} Para arreglar la conducta de los tratantes, o ne-

gociantes, tocante al punto de usuras, y

las que no lo son, entre las muchas cosas que

asientan los teologos y los moralistas, una

de ellas es, que en el valor de los efectos,

hay tres precios, que llaman, infimo medio,

y supremo: sobre esta basa forman sus ila-

ciones, sus consecuencias, sus difiniciones para

concluir sus soluciones; y arreglar la justa

balanza de ellas, por lo respectivo á cada

uno de los dichos tres precios.

 

Proposición.

 

{39} Es falso que haya tales, tres precios en el

valor legitimo de las cosas, y por consiguiente,

es necesario que salgan falsas erróneas las

ilaciones, consecuencias, difiniciones y solu-

ciones de que hablamos arriba.

 

{40} Para lo cual se pregunta ¿cuáles son estos tres precios

infimo, medio, y supremo? y responden los moralistas

con v[erdi] g[racia] que cuando una cosa vale de 8 á 10 p[eso]s esto es, q[u]e

el precio infimo es de 8 p[esos] el precio medio de 9 p[esos] y el su-

premo es de 10 p[esos] que es lo mismo que decir Pedro,

Juan, y Martín, tienen azucar de

 

{f.002a}

 

{No tiene Texto}

 

{f.002b}

 

{No tiene texto}

 

{f.003}

3

venta (se supone que es de una misma ca-

lidad) Pedro quiere ocho r[eale]s: por ella: Juan

quiere a nueve, y martín quiere a diez.

 

{41} ¿Por qué hemos de decir de aquí, que la azu-

car tiene tres precios? si esto es valido, yo di-

go que la d[ic]ha azucar, no solo podra tener

tres precios, sino tambien treinta, o tresci-

entos, o los que quisiere el antojo de los hom-

bres; y no por esto le hemos de asignar otros

tantos valores á la azucar; pues está de

manifiesto que Antonio, Sebastián, Domin-

go, Frans[is]co [etcétera] puede querer por este mismo

genero, qual seis r[eale]s qual seis pesos, y cual

diez [etcétera]

 

{42} Tan distante estoy de asentir á

tanta multitud de precios, ó valores, que

antes por el contrario, afirmo resueltam[en]te

como propuse arriba: que no se verifica

nunca mas que uno real y verdadero: asi

me lo ha enseñado la experiencia diaria de

cerca de treinta años: asi está recivido /.../

por todos los comerciantes que tienen alg[u]n

ente de razon; y no puede justamente ne-

garse que estos son un voto de mucho pe-

so en materia de intereses: por algo se di-

ce que la experiencia es m/.../e de la ciencia.

 

{43} Ya se, que si una cosa valiera de díez

á veinte r[eale]s se le podria asignar los men-

cionados tres precios, infímo, medio, y su-

 

{f.004}

4

premo, del mismo modo que valiendo

de ocho á diez; pues en el caso, diez r[eale]s

seria el infimo premio: quince seria

el medio, y veinte el supremo.

 

{44} Sé tambien, que muchas vezes cuan-

do se compra fiado, se suele pagar la

cosa á diez ó doce r[eale]s mas valiendo

a ocho; pero esto de ninguna manera

debe establecer regla para el presente a-

sunto, ni para el caso de mi proposición,

con respecto á que en el que compra no sue-

le intervenir la misma libertad que en el

que vende.

 

{45} Igualmente sé, que algunas vezes no

comprando fiado sino con el dinero se suele

comprar una cosa á doze r[eale]s haviendo en

otra parte la misma a díez, pero aquí

interviene, ó malicia del vendedor, ó ig-

norancia del comprador, ó uno y otro jun-

to; por cuia razon tampoco, debe establecer

reglas de ningun modo p[ar]a d[ic]ho caso.

 

{46} Beamos ahora: ¿qual es la razon p[o]r

qué una cosa no puede darse el caso de q[u]e

valga de ocho a diez r[eale]s: ó por mejor de-

cir, diferentes precios, sino uno solo? esto

es a un mismo t[iem]po. No nos equivoquemos.

 

{47} Para lo que debemos dar por sentado,

que quando v[erdi] g[racia]. Pedro bá a comprar

 

{f.004a}

 

{No tiene texto}

 

{f.004b}

 

{No tiene texto}

 

{f.005}

5

una cosa, que en una parte quieren á

ocho r[eale]s en otra quieren a nueve, y en

otra quieren a diez; es claro que no com-

prarara d[ic]ho Pedro, á nueve, ni a diez,

sino á ocho. Esto mismo que hace Pedro,

hacen constantemente Juan, Martín,

Sebastián, y Domingo y todo el genero hu-

mano; luego, ¿dónde está este valor de

ocho a diez, y por consiguiente, donde es-

tan los precios, infimo, medio, y supremo?

 

{48} Si se le pregunta a uno v[erdi] g[racia] corredor ¿qué

precio tiene una cosa; no sera una insigne

necedad (por tal se tiene justamente en el

comercio) el que diga que vale á diez r[eale]s

fundado en que Pedro quiere á este precio

por ella, quando se sabe que hay la misma

cosa a ocho r[eale]s en otra parte? y hé aqui

demostrada la razon, por que no se verifica

tal multiplicacion de precios, ó valores, sino

uno solo, y este es, legítimamente en nues-

tro caso el de ocho r[eale]s y no el de nueve, ni

el de diez: y mucho menos seria el de do-

ze, catorce, veinte, treinta e[tcétera] que es evi-

dente puede querer el antojo, la fantasia, la

extravagancia, ó la codicia de otros cantos

individuos, como con efecto suele verificarse.

 

{49} Mucha mas extravagancia sería cier-

tamente querer sobre este pie establecer

 

{f.006}

6

los decantados precios, infimo, medio, y

supremo: siendo cierto que la razon

que dán p[ar]a establecerlos corre una mis-

ma pariedad en un caso, que en el otro;

esto es, en el precio de ocho a diez r[eale]s que

en el de doce, catorce, veinte, treinta e[tcétera]

pues tan fundada es la una, como la otra,

en el antojo, la fantasia, la extrabagan-

cia, o la codicia de los hombres, como dije

arriba; esto no puede ni debe servir

de baza en nuestro caso p[ar]a establecer

ninguna regla.

 

{50} No se me diga que cuando la cosa

que valia á ocho r[eale]s se acaba, necesariam[en]te

se ha de ir a comprársela al q[u]e quiere nu-

eve por ella, y cuando esta se acaba se la

ha de comprar al que quiere diez: digo

que es escusado que se me diga, pues yo digo

lo mismo, y añado, que sera necesario com-

prarla tal vez no solo á los precios otros,

sino tambien a doce, catorce, veinte [etcétera] pe-

ro no por esto puede decirse, que tienen á

un mismo t[iem]po, semejante numero de preci-

os, por que ciertamente no lo puede tener,

como llebo demostrado.

 

{51} Esta especie de consulta, /.../{fue} dirijido,

á un de los hijos de mi p[adr]e S[an] Fran[cis]co de /.../{la} ciu-

dad de la Puebla, a quienes amo tiernam[en]te

y por el tanto deseo de su mano la ins-

 

{f.006a}

 

{No tiene texto}

 

{f.006b}

 

{No tiene texto}

 

{f.007}

7

truccion, la ilustración, y el desengaño.

 

{52} Todo lo cual espero con la condicion que

sea fundado en razones convincentes, y so-

lidas, omitiendo autoridades sean las que

fuesen. Y asi el que gustare responderme

lo hará al pie de esta por escrito. No pon-

go mi nombre por que no es del caso.

 

{53} Respuesta que puso, un religioso de n[uestro]

p[adre] s[anto][26] Francisco.

 

{54} En atención a el buen corazon con que un v[e]m[o]s en

la anterior consuta; pregunta, y el afecto

que profesa a los hijos de n[uestro] p[adre] S[an] Fran[cis]co

se responde por uno de ellos: que el uso de

los tres precios, supremo, medio, e infimo, se

estableció[27] para que asi los vendedores,

como los compradores, no traspasen los

terminos de lo justo en este contrato, p[ar]a

lo cual se debe suponer que muchas co-

sas, de las que sirven de hacer su

negocio a los comerciantes, tienen puesto

precio por la justicia, que es la pos-

tura que cada cuatro meses, hace

la diputación, asi de trigo, como de sebo,

/.../ jabon e[tcétera]  y esta sirbe p[ar]a q[u]e

 

{f.008}

8

si el comerciante vende á precio

de postura (v[erdi] g[racia]) hoy el trigo á diez

pesos un real venda justamente,

sin embargo de ser este el precio su-

premo, se vende á nueve y medio,

que es el precio medio, vende bien,

y si vende al precio infimo que son

9 p[eso]s. Tambien vende bien, o a precio

justo; pues como no pase de la mayor

estimación que la justicia señalo a el

genero lo vende lícitamente, y si quie-

re vender a menos con corta diferencia

como es 4 p[eso]s o un peso menor, esto cede-

ra en beneficio de el que compra, el

cual no puede lícitamente comprar

a menos del precio infimo pues para

esto se inventaron estos tres, pre-

cios; y p[ar]a q[u]e el vendedor, no pueda

vender, a mas del precio justo, que

es el supremo: esto es licito y lo que

 

{f.008a}

 

{No tiene texto}

 

{f.008b}

 

{No tiene texto}

 

{f.009}

9

no tiene duda. [28](después se dira cuan-

do ruegan con el genero lo que no tiene mu-

chas espinas p[ar]a comprar a menos del pre-

cio infimo) esto es de las cosas que tienen

precio por la justicia, pero de las cosas q[u]e no

tienen por ella, sino que los comerciantes

se los dan, como son los generos de mar en

fuera, digo que por lo regular a ninguno

le es licito ganar en estos generos, mas del

veinte y cinco por ciento (que es lo mismo que

dos r[eale]s en cada peso) este es el precio supre-

mo justo a que se deven arreglar los co-

merciantes, para vender estos generos; pu-

es la ganancia mayor que por su trabajo, y

por el veneficio que le hacen el publico con

tener en sus cajas lo que este necesita, se

les concede, y se les ha concedido por vari-

as juntas de sabios teologos y juristas que

han expuesto sus dictamenes, a lo que se

han arreglado varias ordenanzas que

hai sobre los mercaderes; en cuia aten-

cion no le es licito á el mercader exceder-

se en lo que vende de d[ich]a ganancia, como

que es el precio supremo; si solo ganan

veinte por ciento, tambien le es licito, pues

vende al precio infimo de lo que se esti-

ma el genero justamente, y vé aquí los

tres precios supremo, medio, e infimo.

 

{f.010}

10

{55} Tambien en las cosas que no tasa la jus-

tisia, sino que el comun les dá la esti-

macion, p[ar]a que ni el que compra, ni

el que vende, traspasen el termino de

lo justo.

 

{56} De el mismo modo los que com-

pran estos generos, no pueden por lo re-

gular comprar a menos de el /.../

infimo precio, y aunque se vé frecuente-

mente el venderse lo que llaman de

quiebra, casi h[as]ta la mitad menos de lo

que valen en los almacenes, o de prime-

ra mano, esto es abuso, quiero decir, con

mucha dificultad se puede dar por licito:

como tambien el que solo por que es tiem-

po de guerra comprados sobre modera-

do precio le suben á mas del veinte y cinco

por ciento. Ni vale el que lo hacen todos,

pues en todas materias los que obran mal

son muchos, y mui pocos los que obran bi-

en: mayormente quando todo el anelo es

enrriquecen y amontonan mucho caudal,

que es el fin de los comerciantes, entre quie-

nes se estan mirando muchos contratos mui

iniquos, y nunca se vé una restitución.

 

{57} Yo quisiera s[eño]r que todos los comer-

ciantes, tubiesen siempre presente aquel pre-

cepto de Dios por San Mateo: todas aque-

llas cosas que quereis os hagan los hombres

 

{f.010a}

 

{No tiene texto}

 

{f.010b}

 

{No tiene texto}

 

{f.011}

11

á vosotros, hacedlas vosotros a ellos; y que

consideren perpetuamente lo qué dice San

Lucas: lo que tu aborrece las que otro tu

hagas, guarda tu/.../ de hacerlo jamas a otro.

 

{58} De este modo sin duda procurarian algu-

nos vender siempre las cosas por su justo

precio, no engañando al prójimo con

mercaderias engañosas o corruptas por

verdaderas y sanas: usarian de peso, me-

dida, numero o regla justos; por q[u]e escri-

to está en el Deuteronomio:  No tendras

en la talega diversas pesas. Y en el Le-

vitico: no querais hacer alguna cosa in-

justa, en el juicio, en la regla, en el peso,

ni en la medida: sea justa la balanza,

é iguales las /.../ pesas, justo el medio,

e igual el sestario. Querrian así mis-

mo, para otro lo que para si quieren,

restituyendo á cada uno lo que hubie-

sen usurpado, conociendo la necesidad q[u]e

dios puso a todos de restituir, por q[u]e como

dice S[an] Augustin. No se perdona el pecado,

sino se restituye lo hurtado. La cual res-

titucion quan difícil sea á qualquiera

que está hecho á qualquiera

que está hecho á enriquecerse de lo ageno,

demas de que cada uno lo puede juzgar, tan-

to por lo que vé en otros, quanto por la

propria razon, y discurso; se deja entender

por el testimonio de Habacuch, Profeta, q[u]e

 

{f.012}                                                                                                               12

dice: hay de aquel que multiplica, lo q[u]e

no es suio ¿hasta quando amontona

contra si lodo craso? lodo craso llaman

a la posesion de las cosas agenas, de donde

con dificultad pueden salir, y desembarazar-

se los hombres: haced ahora penitencias ri-

cos, llorad aullando vuestras miserias que

se os vendrán. Con esta concideración, huiri-

an de recibir de mas del capital que se dio,

ya sea dinero, ya otra qualquiera cosa,

que se pueda comprar, ó estimar por él,

por que dize el s[eño]r por S[an] Lucas, dad pres-

tado sin esperar demas cosa alguna. Y lo

contrario es un gravísimo pecado q[u]e aun

los gentiles lo tenian por tal, y mui odio-

so: y de aquí salio aquel dicho ¿que cosa

es dar a logro? que, ¿sino matar al hom-

bre. Los que dan a logro, venden dos veces

una misma cosa, o venden lo que no hay.

 

{59} Acabo diciendo con S[an] Pablo, que los que

quieren ser ricos, caen en el lazo del dia-

blo: des qual deseo se vea libre el que

consulta; pues tiene tanto afecto a el q[u]e

á imitación de los apóstoles, lo dejo todo

siendo hijo de mercader, por seguir á

Jesucristo pobre= fin

 

{60} Replica q[u]e hizo el mismo curioso.

{61} il[ustrisi]mo p[adr]e /.../mio,

con notable admiración, he leido, y re-

 

{f.012a}

 

{No tiene texto}

 

{f.012b}

 

{No tiene texto}

 

{f.013}

13

leido la doctrina que V[uestra] R[everendicima] expone en su res-

puesta si p[adre][29] Il[ustrici]mo con notable admiración

digo. En primer lugar, por que ciertam[en]te

no he encontrado solucion, ni mala, ni buena,

á mi proposición: de modo que todo lo q[u]e

V[uestra] R[everendicima] dice sobre este particular, está tan

distante de persuadirme sobre la ma-

teria de mi sistema, que antes por el con-

trario, me dá un vehemente motibo de

afirmarme y ratificarme en ella. Tal es

el carácter de las reglas de que V[uestra] R[everendicima] echó

mano p[ar]a convencerme; y tambien es el

carácter de una respuesta, o llamemosle

solucion, que ni es solucion, ni es respuesta.

 

{62} Assi se lo hare ver a su tiempo á V[uestra] R[everendicima] con

el favor de Dios, con la mayor claridad q[u]e

pudiere. Mientras tanto diremos que V[uestra] R[everendicima]

a quien supongo sugeto de los de primera

clase, en materia de  ciencia; no encontró

solucion legitima que dar. Es evidente que

no la hay.

 

{63} En segundo lugar, por que trahe V[uestra]R[everendicima] a

colación (sin haver yo consultado tal cosa)

por un lado que no se puede dar dinero a lo-

gro (con San Lucas) y por otro, que en las

mercaderias de mar en fuera, se puede ga-

nar hasta un 25 p[orciento] lícitamente; doctrina es en

si tan opuesta y contraria, como lo son los dos

polos del mundo: asunto es este, no para el

 

{f.014}                                                                                                               14

 

lugar de un triste papel, sino para el de libros

enteros y de a folio: deseo ver como sostiene V[uestra] R[everencia]

esta doctrina, sobre uno y otro punto; pues el

animo mio es para que se verifique el expo-

nerle los fundamentos que tengo, p[ar]a tenerla

por opuesta, y no tan solamente opuesta, si

no tambien por falible una y otra.

 

{64} Y en tercero y ultimo lugar, porque la pa-

ternal caridad y piadoso zelo de V[uestra] R[everendicima] no se

limitó tan solamente á la esfera del argu-

mento, sino que se extendio a la de un

genero de misión, ó exhortación que le agra-

dezco sobre mi corazon, como producida

del bien de las almas, especialmente de

la mia, la cual acaso considera V[uestra] R[everendicima] en-

teramente extraviada, ó grandem[en]te aluci-

nada; o para que vienen aquellos textos,

de hacer daño al proximo= de pesos= de me-

didas= de restitución= de multiplicación= lo-

do craso= llorar= ahullar= dar prestado=

matar al hombre= ser ricos [etcétera] a todo está

muy bueno pero á su tiempo, ya me hago

cargo que dira V[uestra] R[everendicima] que esto en todo ti-

empo es bueno, yo digo lo mismo; pero

tambien añado, que no porque todas las

medicinas sean buenas, las debe aplicar

 

{f.014a}

 

{No tiene texto}

 

{f.014b}

 

{No tiene texto}

 

{f. 015}                                                                                                     15

 

indistintam[en]te el medico a todas las enfermedades,

y mucho menos si acaso no hay ninguna.

 

{65} No deberá estrañar V[uestra] R[everendicima] el q[u]e me alargue

alguna cosita en el asunto tal vez saliendo

del ilo de la materia con algun genero de di-

gresion, pues si tal hiciese no haria mas que

imitar á V[uestra] R[everendicima] quien me ha abierto un an-

cho campo p[ar]a ello.

 

{66} Hasta aquí ha sido una especie de introducción

ó prologo, vamos ya á n[ues]tros argumentos.

 

Dice V[uestra] R[everendicima] que cuando la justicia pone el pre-

cio del trigo v[erdi] g[racia] a 10 p[eso]s el que vende a 10 p[eso]s ven-

de lícitamente, y por consiguiente el que vende

a 9 p[eso]s 4 r[eale]s y lo mismo q[u]e vende á 9 p[eso]s y á este

modo tambien forma V[uestra] R[everendicima] los tres decantados pre-

cios de infimo, medio, y supremo, y yo digo q[u]e

vendiendo á 10 p[eso]s aunque le haya puesto este

precio la justicia, se puede cometer una gran-

de usura, y por consiguiente, que nunca hay

mas q[u]e un precio, y que este solo es aquel en

q[u]e lícitamente se vende, voy á explicarme con

un simil.

 

{67} Pedro, vecino de Tlaxcala, encarga ó pide

 

{f.016}                                                                                                               16

 

á Juan vec[i]no de Puebla, cien cargas de trigo,

este trigo tiene la postura de 10 p[eso]s, lo hay al pre-

cio de 9 p[eso]s 4 r[eale]s y tambien al de 9 p[eso]s Juan tie-

ne del mismo trigo en su casa, y según la doc-

trina de V[uestra] R[everendicima] que dá p[o]r licita, se lo carga, se lo

aplica, y se lo remite á Pedro á 10 p[eso]s que es

la postura de la justicia; digo y me afirmo

q[u]e en este caso, comete Juan no solam[en]te usura

sino tambien estafa y latrocinio, por mas q[u]e

la justicia le haya puesto el precio de 10 p[eso]s

la razon es porque Juan puede y debe (quan-

do no quiera dar el trigo que tiene en su

casa) comprarlo á aquella persona que lo

dá á 9 p[eso]s y hacerle la remision á Pedro,

cuya operación haria sin duda este Pedro si

se hallase presente; para esto le pagará

á Juan la comision de este trabajo, esto es,

quando Juan no tenga motivos p[ar]a servirlo

de valde, y la justicia padre mio no puede

autorizar el q[u]e Juan estafe á Pedro. El

caso y la gracia es, q[u]e los mismos comerci-

antes que tienen algun juicio: esos hom-

bres q[u]e tanta fama tienen de usura, están

 

{f.016a}

 

{No tiene texto}

 

{f.016b}

 

{No tiene texto}

 

{f.017}

17

animados de este mismo conocimiento que lo

ejecuten ó no lo ejecuten, asi en pocas ó en

muchas partes, es punto aparte y vuelvo a in-

sistir, que si Juan le remite á Pedro del tri-

go q[u]e tiene en su casa, se lo debe cargar á 9 p[eso]s

q[u]e es el precio a q[u]e se encuentra, y no al pre-

cio de la postura, pues en este caso el cargar-

selo á 10 p[eso]s será lo mismo q[u]e estafarle un

peso en cada carga que son 100 p[eso]s cabales, a

cuya restitución esta obligado, y cate V[uestra] R[everendicima]

aquí de lo que suelen servir las posturas de

la justicia, la opinión de V[uestra]R[everendicima] las de los de-

mas moralistas, y la invención de los precios

infimo, medio, y supremo.

 

{68} Para corroborar V[uestra] R[everendicima] su sistema, añade:

que para que asi los compradores, como los

vendedores, no traspasen los terminos de lo

justo en este contrato, se estableció y se in-

ventó el uso de los tres precios infimo, medio

y supremo. Esto P[adre] R[everendisi]mo V[uestra] R[everendicima] no

me ponga de manifiesto quien los inventó,

si supo lo q[u]e inventó, si es practicable la

 

{f.018}                                                                                                               18

invenció, si esta existe ó puede existir

si el mundo era, ó no era en aquel tiem-

po de distinto calibre que en el presente,

si ocasiona perjuicios ó beneficios a la republi-

ca [etcetera] se quedará en la esfera de mera inven-

cion; y parece que los hombres no deben go-

bernarse, ni dirigirse por meras invencio-

nes, y mas en materias en q[u]e se interesa

tanto su salvación, y tambien su conser-

vacion. Por tanto quedan en su fuerza

y vigor las razones que expendi en mi

primera proposición.

 

{69} Todavía queda si bien se reflexiona,

un mundo de material p[ar]a esforzarlas, y

quien será capaz de abrazar la bastisima

masa y convinación de motivos q[u]e las ha-

cen inocentes, justas, y recomendables, p[ar]a

expenderlas todas con disgrecion con inte-

ligencia y con acierto? yo padre mio no

puedo preciarme de tanto, pero si de ex_

poner algunas de las q[u]e están mas de

bulto, pues no es lo mismo concebir q[u]e parir.

 

{f.018a}

 

{No tiene texto}

 

{f.018b}

 

{No tiene texto}

 

{f.019}

19

{70} Y volviendo a nuestro asunto digo: que

las posturas, quotas, aranceles, y abastos de

que se suele encargar la justicia, mas se

suelen dirigir a la conservación de ciertas

regalias, preminencias, privilegios, ó sisas,

q[u]e á beneficio del publico: pues las dichas

posturas solo pueden ser utiles al publico

en uno, ú otro caso muy remoto. Prueba

de esto es el q[u]e son en el mundo las ciuda-

des en q[u]e no se practica esto, muchas mas

q[u]e las en que se practica. Yo he estado en

una dentro de nuestra España, q[u]e con de-

cirle á V[uestra] R[everendicima] que el pan mismo no tie-

ne tasa, ni medida, ni arancel, está

dicho todo lo demas. En esta ciudad es

panadero el q[u]e quiere; amaza el pan

del tamaño que le dá la gana, lo hace

de la calidad que se le antoja, y lo vende

al precio que puede sin que la justicia

tenga intervención en ello, porq[u]e cuida

mas /.../ beneficio /.../ publico, q[u]e de sus

privilegios ¿a que le parece á V[uestra] R[everendicima] que

 

{f.020}                                                                                                               20

 

se dirige esta sabia máxima de la

justicia? ¿a que? a facilitar la abundan-

cia, la buena calidad, la comodidad del

precio, y el beneficio no de los panade-

ros, sino de los que comen el pan; de

este modo se consigue completam[en]te el

mejor pan, el mas abundante, y el mas

barato. En esta ciudad, q[u]e es una de las

principales de España, y en todas las

que llevan esta prudente máxima,

en la vida, ó por rara contingencia se

ve criar caudal á ningun panadero, y

por el contrario en las ciudades donde

hay tales quotas y posturas, se les vé cri-

ar caudalitos, y caudalosos á montones.

 

{71} Esto es tan evidente, que quien 1[30] no lo

ha visto, ha visto muy poco, ó no tie-

ne ojos p[ar]a estarlo mirarlo bastante

bien de cerca: este mismo caso, es apli-

cable a todo genero de mercancías, cuya

abundancia y baratura, regularm[en]te

depende de la no limitación ó postura


{f.020a}

 

{No tiene texto}

 

{f.020b}

 

{No tiene texto}

 

{f.020c}

 

{No tiene texto}

 

{f.020d}

 

{No tiene texto}

 

{f.021}                                                                                                               21

 

en precios, y de la no limitación del num[e]ro

de tratantes. Esta es una máxima que mi-

rada por encima, sin la debida reflexion,

sin la debida inteligencia, sin la debida es-

peculacion, y sin la debida practica, pare-

ce que abre un ancho campo a cometer

grandes usuras, latrocinios y tiranias; pero

sucede regularm[en]te tan al contrario, que an-

tes las evita evidentem[en]te en el modo q[u]e son

evitables. No por esto digo, que la perversa

avaricia y codicia de los hombres malos de

que tanto abunda al mundo, mude de

metal, ni mude de propósito con este metodo

pero si digo, q[u]e la extraviada vocación de

estos, se hallará sin el apoyo de la auto-

ridad, para no tener tanta ocasión de

hacer de las suyas.

 

{72} Y volviendo a las muchísimas ciudades

en donde no hay tales establecimientos

de precios por los magistrados; en estas

digo, ¿de que reglas, ni malas ni buenas,

echarán mano los moralistas mas q[u]e

 

{f.022}                                                                                                               22

 

se incluya tambien su pan nuestro de

cada dia? Larraga para establecer los

mencionados precios, infimo, medio, y

supremo, para fijar por ella la justa

y segura conducta de los hombres, solo

en los espacios imaginarios.

 

{73} Vamos a la segunda parte, p[ar]a cuya

mayor intelig[enci]a y especulación, digo asi:

 

{74} El oro la plata y la moneda, son unas

mercancías, como todas las mercancías,

y por consiguiente sujetas a mas y me-

nos valor.

 

{75} Ya me parece q[u]e estoy oyendo a V[uestra] R[everendicima]

decir: Jesús, Jesús, Jesús, que del propósito,

que desatino, que extravagancia, que

necedad, que disparate, que error; pues

mas que diga V[uestra] R[everendicima] lo que gustare, y mas

que digan lo mismo otros 70 [mil] mora-

listas, yo en mis tres me estoy, lo dicho

dicho, y añado q[u]e si todos los moralistas,

y tambien muchos magistrados, estubie-

ran animados de este conocimiento, de

 

{f.022a}

 

{No tiene texto}

 

{f.022b}

 

{No tiene texto}

 

{f.023}

23

esta verdad tan palpable, oh q[u]e de yerros

se evitaran, que de perjuicios se omitierán

los unos con sus opiniones, y los otros con

sus providencias. Para probar mi proposic[io]n

me explicaré con un simil, por cierto

bien trivial, pero sencillo, e inteligible

echando mano de la moneda, que es a

la q[u]e con mas vigor le atribuyen el fijo

valor con el riveretaco del intrínseco, y

digo asi; ayer me daban cinco tamales p[o]r

medio, y hoy me dan seis, luego tiene hoy

el medio mas valor, ó mas estimación q[u]e

ayer. No padre mio, no es este ningun

sofisma de los q[u]e se suelen usar en las

escuelas, sino una verdad tan clara y

patente, como la luz del sol; bajo de

este mismo simil se puede comprender

toda la basta maquina de tratos y con-

tratos, ventas y compras, y negociantes

y pecuniarias, ó no pecuniarias de los

hombres. En haver yo usado de semejan-

te simil p[ar]a que me entienda el que

 

{f.024}                                                                                                               24

quisiere entenderme, no he hecho mas

q[u]e imitar a la magestad de Cristo en

su evangelio: sino diganlo, el de los

talentos, el de la mostaza, el de los

operarios, el de las vírgenes necias, el

del trigo, el de la sizaña, el de las

si mientes [etcétera]  y a la verdad padre mio,

en todo el evangelio no encuentro que

hubiere usado la eterna sabiduría de

aquellos famosos terminillos de las

aulas, extrinsier, é intrínsico; por esto

y p[o]r no aplicarlos mal, como hacen

muchos moralistas, y aun doctores

teologos, no quiero usar de ellos, p[ar]a

decir q[u]e las dichas tres especies en si na-

da valen, hasta que llega el caso de

adquirir por medio de ellas aquellas

cosas necesarias, ó no necesarias á la

vida humana, y entonces es quando se

verifica este accidental valor (ó llamese

como se llamase) que vemos establecido

ya mayor, ya menor, según la mayor

 

{f.024a}

 

{No tiene texto}

 

{f.024b}

 

{No tiene texto}

 

{f.024c}

 

{No tiene texto}

 

{f.024d}

 

{No tiene texto}

 

{f.025}                                                                                                               25

 

ó menor cantidad, ó numero de las d[ic]has cosas

q[u]e se adquieren con ellas.

 

{76} Esta si (hablo del oro y la plata) que se

puede decir con alguna propiedad, se in-

ventaron (quiero decir su regular uso) p[ar]a

la facilidad y claridad de las cuentas, ó

conmutaciones en el trafico y comercio de

todas las demas cosas q[u]e hace necesaria

la subsistencia y conservación del genero

humano: siendo ciertísimo q[u]e si no hu-

biera en el mundo estos metales, no p[o]r

eso seria mas pobre de lo que es, ó por

mejor decir, no por eso habria mas ne-

cesidades de las que hay. Antes por el

contrario, hay grandes motivos para

pensar q[u]e en semejante caso las nece-

sidades serian menos de lo que son. Esto

es aun dando p[o]r sentado el buen uso

para que se inventaron dichos metales.

 

{77} Atención. Los que llevan la con-

traria opinión, esto es, q[u]e la moneda

tiene siempre su fijo valor, no dán

 

{f.026}                                                                                                               26

 

mas razon p[ar]a defenderla (yo á lo menos

no he oido otra) que la de q[u]e un peso si-

empre vale ocho reales cabales nada mas

ni nada menos, y asi las demas monedas,

encajando p[ar]a probarla un intrínseco del

tamaño de una casa y no mas. Ella

es ciertisimam[en]te una verdad tan eviden-

te q[u]e no la puede ignorar ni aun el

entendimiento mas rudo, y por lo mis-

mo es una verdad atontada de las

que llaman de Pedro Grullo, porq[u]e es

lo mismo q[u]e decir que un peso vale

un peso; pues es qüestion de nom-

bre q[u]e este peso lo dividan en 8,, en 16,,

en 32,, ó en 100,, partes iguales, ó no

iguales, de la misma entidad de que

se compone ¿y que sacamos de aquí

en resumidas cuentas? aquello que

llamamos morles de morles y nada

mas.

 

{78} ¿Es posible q[u]e una filosofia matemática

de esta jerarquía tenga lugar en

 

{f.026a}

 

{No tiene texto}

 

{f.026b}

 

{No tiene texto}

 

{f.027}                                                                                                               27

 

el mundo?¿es posible q[u]e p[ar]a aprender

esto se revuelban libros, se pateen cate-

dras, y se estrujen bonetes? ¿y es posible

tambien que por esta regla se quiera

fijar el valor de las monedas, y la justa

balanza de las cosas? daca[31] y torna, q[u]e

un peso no puede valer mas q[u]e 8 reales;

como ha de valer mas ni menos de 8 rr[eale]s; si

estos 8 r[eale]s son nada mas y nada menos

q[u]e el mismo peso? un entero, sea doblon,

sea peso, sea melon, sea bola de truco, se

puede dividir en las partes iguales q[u]e se

quiera, y todas juntas compondrán nada-

mas y nada menos, q[u]e el mismo entero;

y no será una cosa ridiculísima, si le

preguntamos á uno qual es el valor de

un real; el q[u]e responda q[u]e quatro qu-

artillas. Lo mismo digo si le pregunta-

mos á otro qual es el de una vara

de paño, y respondiese que 4 quartas:

 

{79} Esta es nada mas, y nada menos, la

definición q[u]e los moralistas, q[u]e dije

 

{f.028}                                                                                                               28

 

arriba dan al valor de la moneda; defini-

cion por cierto q[u]e queriendo decir mucho

en el sonido, nada dicen en la substancia

¿pues q[u]e definición le darán no siendo

esta? yo no lo sé ni mi corta capacidad

alcanza otra, que la del simil de los

tamales. Si hubiere alguno q[u]e pueda

dar otra mejor, le agradecere q[u]e me la

manifieste en terminos que yo la pue-

da conocer, que en tal caso seria una

insigne temeridad una el oponerme

a ella. Desengañemos padre mio, que

de un principio tan evidentem[en]te erróneo

y de una definición tan perfectamente

torpe, no puede resultar mas que un

caos de absurdos sobre absurdos.

 

{80} Con este motivo traheré a la memo-

ria un caso que me sucedió con un re-

ligioso de alguna fama en letras, de la

misma religión q[u]e V[uestra] R[everendicima] ofreciose la

conversación de si se puede, o no se pue-

de licitam[en]te llevar algun interés de más

 

{f.028a}

 

{No tiene texto}

 

{f.028b}

 

{No tiene texto}

 

{f.029}

29

en la feria de la moneda de oro, por la de

plata v[erdi] g[racia] por 1[mil] doblones de á 16 pesos lle-

var 16.200 p[eso]s. El defendió que por ningun

caso se puede llevar, y yo defendi que hay

muchos en que se puede: para defender

y probar su opinión no dio mas razon q[u]e

la de su adorado intrínseco, de manera q[u]e

á mi, y a otros circunstantes nos intrinse-

queo al derecho y al revéz, la alma y el

cuerpo, y de aquí no salió, ó no pudo sa-

lir, que es lo mas cierto; y yo si no me

engaño le encuentro a la mia, no una

salida, sino un manojo de ellas: vaya

un simil á cuenta. Pedro y Juan tiene

que bajar v[erdi] g[racia] al mogol, cada uno tie-

ne 16 [mil] p[eso]s que llevar: Pedro los tiene en

moneda de oro, y Juan los tiene en mo-

neda de plata: á Pedro le ha de costar

el transporte de su moneda de oro 100 p[eso]s

no mas; y a Juan le ha de costar el de

la suya de Plata 1[mil] p[eso]s (q[u]e no es estra-

ño) ó ya sea p[o]r razon de su mayor vo-

 

{f.030}                                                                                                               30

 

lumen, ó ya sea porq[u]e los d[e]r[ech]os q[u]e se pagan

en el mogol son diferentes en el oro q[u]e

en la plata, ó ya sea por otras causas,

que no es precioso q[u]e sepamos. Con este

conocimiento tratan expontaneam[en]te

los dos el feriar su moneda, y se con-

viene en que Juan le dará á Pedro

200 pesos de ribete, ó sean 500 ¿por-

que no será licito este contrato? Pedro

sabrá muy bien la comodidad de que

se priva con la d[ich]a moneda ó feria, é

igualm[en]te Juan sabrá muy bien la que

adquiere ¿y quien que tenga alg[u]n

entendimiento podrá negar q[u]e esta co-

modidad ó ventaja q[u]e se trasfiere, es

acreedora á alguna compensación

ya mayor, ya menor, según las cir-

cunstancias del tamaño de la

comodidad q[u]e se trasfiere? no puede

darse regla mas fija, q[u]e aquella en

que se convinieren las dos partes in-

teresadas. Aquí r[eligioso] p[adre] mio, no intervie-

 

{f.030a}

 

{No tiene texto}

 

{f.030b}

 

{No tiene texto}

 

{f.031}

31

ne ninguna tirania, ninguna simulac[i]on,

ninguna violencia, ningun engaño; antes p[o]r

el contrario puede muy bien salir ventajoso

el que dio el ribete por otras razones á mas

de las expuestas; una de ellas es, y fuertisi-

ma, el que acaso en el mogol se podrán

comprar con mas comodidad las mercancías

haciendo el pago en oro, que haciendolo en

plata, ó por el contrario; pues es evidente

q[u]e en diferentes paises del mundo, se re-

gula la diferencia del valor del otro, al de

la plata, de distinto modo de lo q[u]e aca está

regulado, y no se me diga q[u]e lo que se ha-

bla es solo p[ar]a el pais en q[u]e vivimos, pu-

es en este punto el mundo todo compone

un mismo cuerpo, y lo mas lastimoso es,

q[u]e el lugar q[u]e regularm[en]te damos al oro

y á la plata, es por el q[u]e ha de tener

en los paises en donde sin remedio se

consume, tal vez p[ar]a hacernos cruda guer-

ra con ello; por cuya razon (volviendo

al asunto de nuestra qüestion) es-

 

{f.032}                                                                                                      32

 

aplicable a los empleos de Xalapa, y qualesq[uier]a

usos y destinos, aunque entre tambien en

cuenta, el de buscar doblones p[ar]a dar galas;

el simil propuesto, y dejémonos del

intrínseco, para aplicarlo bien {para} y no alu-

cinar á tontos. Si solo este religioso fue-

se el unico que lleva esta opinión tan

extravagante, ridícula, y generalm[en]te

perjudicial, fuera ciertam[en]te una gran

simpleza mia, el haver tomado el tal

qual trabajo de tocar tal especie p[ar]a refu-

tarla, quando ella misma p[o]r su propia

virtud y naturaleza está ya refutada

pero la lastima es, que el numero de los

que la llevan es tan considerable que

se puede tener por una conocida plaga:

/.../

 

{81} Con los puntos q[u]e hemos tocado hasta

aquí tenemos ya un grande conocimiento

para el deseado acierto de los q[u]e faltan

 

{f.032a}

 

{No tiene texto}

 

{f.032b}

 

{No tiene texto}

 

{f.033}                                                                                                      33

                                                                                                                   9

q[ue] tocar en esta t[ercer]a parte q[u]e vamos a proponer,

y p[ar]a q[u]e no nos detengamos hemos de dejar sen-

tado, q[u]e una cosa son los puntos q[ue] vienen de-

ribados por via de precepto, y otra los q[u]e vie-

nen derivados por via de consejo, como el

pasaje de s[an] Lucas q[ue] trahe V[uestra] R[everendicima] dad pres-

tado sin esperar de mas cosa alguna, en

el qual no nos detendremos aora, por quanto

pertenece á las obras de misericordia, y si no

como hemos de componer aquello, de que no

se puede dar dinero a logro, por un lado; y

por otro el q[u]e lícitamente se puede ganar

un 25 p[orciento] en los generos de mas en fuera,

y yo entiendo que lo mismo es atrás que

en las espaldas.

 

{82} Los primero si lo hemos de entender asi

como suena, es lo mismo q[ue] decir, q[u]e no

se puede dar dinero ni a 25 p[orciento] ni á 20,,

ni á 15,, ni a 10,, ni á 5,, ni a cosa ning[un]a

por pequeña que sea.

 

{83} En quanto a lo segundo, es lo mismo

que decir q[u]e el flotista (v[erdi] g[racia]) puede ganar

 

{f.034}                                                                                                      34

 

un 25 p[orciento] en los generos; el poblano que

se los compra al flotista otro 25 p[orciento]; el

de fuera de la Puebla q[ue] se los compra

al poblano otro 25 p[orciento] y á este tenor

otros tantos 25 por cientos, quantas son

las manos por donde pasaren, y es corr[ien]te

y aun inevitable el que pasen estos ge-

neros, no digo yo por el numero de

manos q[u]e he expresado, sino tambien

por muchas mas. Ni aun la mano del

flotista q[u]e acaso V[uestra] R[everendicima] considerará que

es la [primer]a, no es la [primer]a porque quando me-

nos es la [tercer]a, otros hay que son la quarta

otros hay que son las [quint]a y no estrañe

V[uestra] R[everendicima] que se verfique [sext]a, [septim]a y [octav]a mano

[etceter]a de aquí, y de otros muchos principios

nace el q[ue] infinitas veces un hombre

sea flotista ó no lo sea, podra licitam[en]te

ganar un 25 p[orciento], y otro hombre ganan-

do 15 p[orciento] pero tambien ganando 10,,

5,, ó nada, pues es evidente y practico

que aquel ganando un 25 p[orciento] suele

 

{f.034a}

 

{No tiene texto}

 

{f.034b}

 

{No tiene texto}

 

{f.035}                                                                                                      35

 

dar mas barato que este otro ganando 15,, ó

nada, ó tal vez perdiendo; y otra digame V[uestra] R[everendicima]

quien obligará al que compra, si compra

á este ultimo á darle la ganancia, ni in-

fima, ni media, ni suprema que V[uestra] R[everendicima] dá

por licita? y por el contrario q[uie]n obligará

al flotista á ganar solo un 25 p[orciento] si por

razon de sus especiales licitos arbitrios pue-

de aun dando mas barato q[ue] los demas

ofrecerle de ganancia 30,, ó 40 p[orciento] [etceter]a

 

{84} Dije licitos arbitrios, porq[ue] puede haber

fabricado por su misma mano los generos,

porq[ue] puede haber hallado quien por ha-

cerle bien, se los haya querido dar á mu-

cho menos de su valor; porque pudo tener

dinero para haverlos comprado diez años

antes, en cuyo tiempo valian mucho me-

nos; porque vino al reyno y halló las

cosas que valian (pongo por ejemplo)

á 6,, y las vendió a 6,, y aun á menos

de lo que las halló valiendo, y porque

aunque las cosas q[u]e trahe le tengan

 

{f.036}                                                                                                      36

 

de costo vv[erdi] g[racia]) á 10,, si halla q[u]e aquellas

mismas cosas las hay aquí a 8,, se vé

precisado á darlas á 8,,, sin q[u]e halle

quien tenga obligación de pagárselas

á mas; y es evidente que hay muchos

ejemplares en varios generos q[ue] aquí

suelen valer menos que en Europa, ha-

viendo venido de allá, y no por razon

de especial quiebra que llaman, sino

corrientemente en los almacenes ri-

cos, y carentes de necesidad.

 

{85} Y volviendo al dinero á logro, ¿qué

otra cosa son las fincas y capellanias

y obras pias q[ue] un honrado dinero a

logro? que otra cosa son los generos que

se dan con un 25,, 15,,10,,5,, [etceter]a de ga-

nancia que un dinero a logro: si el que

recibe estos generos, recibe comodidad, y

esta es digna de compensación ( y no pe-

queña según V[uestra] R[everendicima]) el q[ue] recibe dinero,

porque no ha de recibir tambien como-

didad, y tambien digna de compensac[i]on?

 

{f.036a}

 

{No tiene texto}

 

{f.036b}

 

{No tiene texto}

 

{f.037}                                                                                                   37

 

{86} No echa de vez V[uestra] R[everendicima] q[ue] el que tiene dinero le es

cosa facilísima convertirlo en generos, p[ar]a con

ellos lograr el salvo conducto de ganar el

25 p[orciento] que le concede la opinión de V[uestra] R[everendicima]

y no echa de ver tambien V[uestra] R[everendicima] que el que

recibe dinero v[erdi] g[racia] a un 8 p[orciento] de gravamen

en lugar de generos a 25 vá a ahorrar un

17 p[orciento]; y no andemos con el intrínseco

porque para el q[ue] lo quiera entender

ya tengo manifestado bien claram[en]te

que el dinero por un lado nada vale,

y por otro está sugeto á mas y menos va-

lor, ó por mejor decir, el dinero (una de

dos) ó nada vale, ó vale ya mas, ya

menos como todas las demas cosas. Com-

prender su legitimo valor (o llamemos-

le intrínseco) de otra manera es un error

de los mas torpes del mundo, y por con-

siguiente sobre unos principios tan ma-

nifiestam[en]te equivocos y errados; ¿qué

ilaciones y consecuencias pueden resultar?

 

{87} Este p[adr]e mio, este r[everendisi]mo padre este

 

{f.038}

38

punto del valor, ó no valor de la mo-

neda, este, digo, es el punto critico que

rigorosam[en]te debe ser examinado con

la mayor atención, con la mayor re-

flexion, con la mayor especulación p[ar]a

evitar las perniciosísimas conseqüen-

cias, tanto espirituales como temporales.

 

{88} Yo, padre mio, nunca he dado dinero

á logro, ni lo he tenido p[ar]a darlo. Lo

he recibido si, y no 10,, 20,, ni 40 [mil]. p[eso]s

sino mucho mas  , y á 9 p[orciento] muy caba-

les V[uestra] R[everendicima] dice con S[an] Lucas dad prestado

sin esperar de mas cosa alguna , y un

poco mas abajo ¿qué cosa es dar á lo-

gro? que si no matar al hombre

 

{89} En la actualidad me he puesto á mi-

rarme á mi mismo a ver si yo soy al-

gun muerto resucitado, y no me encu-

entro señas ningunas de haver sido

en ningun tiempo cadáver; antes p[o]r

el contrario me reconozco sano y bueno

 

{f.038a}

 

{No tiene texto}

 

{f.038b}

 

{no tiene texto}

 

{f.039}                                                                                                      39

 

a Dios gracias, gordo, robusto y guapo como 8 r[eales]

y dejando aparte jocosidades festivas, puedo ase-

gurar á V[uestra] R[everendicima] que á este dinero q[ue] recibi a

logro, le debo ( prescindiendo de las altas  pro-

videncias de Dios) inaccesibles a n[ues]tro enten-

dimiento) el tener en el día lo necesario p[ar]a

ir pasando esta triste vida, el mantener

con honradez mi familia, y el lograr otras

comodidades espirituales y temporales q[u]e

escuso referir. No es esto lo mas, porque

muy bien pudo haver resultado mi perdi-

cion, y estoy en ese conocimiento; sino q[ue]

efectivam[en]te lo hizo el sujeto q[ue] me los dio p[o]r

hacerme beneficio; privándose de otras ma-

yores ventajas, y proporciones q[u]e le ofre-

cian el estado y situación de su casa, cu

yos centros sabia yo tan a fondo, como pue-

do saber los de la mia a demas de esto lo

dio con un evidentísimo riesgo de perderlo,

ó mucha parte de ello, como yo bien lo

sé, y el no lo ignoraba. Ya el sugeto

está en la eternidad, y en verdad que

 

{f.040}                                                                                                      40

 

se fue alla sin restituirme nada ¿luego

se habrá condenado? yo lo juzgo tan

al contrario q[ue] los muchos beneficios

q[ue] hacia, y entre ellos el q[ue] me hizo

á mi, pienso q[ue] le han de haver servi-

do de mucho merito p[ar]a lograr la sal-

vacion eterna. Y padre mio vamos cla-

ro si yo no me quejo de una cosa en

que pudiera ser el doliente ¿de que

se queja V[uestra] R[everendicima] habiéndolo, ni pudiendolo

serlo? no seria cosa graciosa ver ir p[o]r

la calle que le hiban dando de palos

á Pedro, y q[ue] este se iba riendo, y

q[ue] Juan iba gritando y quejándose

en su lugar? ademas de que yo p[o]r

que me he de quejar si no tengo de

que? porque me he de quejar de un

hombre que no tan solam[en]te no me hizo

perjuicio, sino q[ue] me hizo especialm[en]te

mucho beneficio?

 

{90} ya yo sé q[ue] un hombre puede muy

bien libertar de la muerte á otro

 

{f.040a}

 

{No tiene texto}

 

{f.040b}

 

{No tiene texto}

 

{f.041}                                                                                                      41

                                                                                                                  11

hombre, y en el mismo hecho de libertarlo

puede incluirse pecado (prevengo esto an-

tes q[ue] V[uestra] R[everendicima] me lo prevenga) porque si

Pedro v[erdi] g[racia] viene aora á pedirme dos r[eale]s pres-

tados porq[ue] en ellos consiste el conservar

la vida que posee, respecto a la urgente

necesidad en q[ue] se hallá, y yo se los doy

con condicion de q[ue] mañana me vuelva

quatro, quien ha de dudar q[ue] esta es una

grandísima usura y barabara tirania;

pues no tan solamente estoy obligado a

darselos sin retribución alguna, sino q[u]e

el no darselos dados, será tal vez un

enormísimo pecado contra la caridad;

pero de este caso a aquel hay tanta di-

ferencia, como la que hay de el ser ál

no ser.

 

{91} R[everendisi]mo Padre Mio, si el dinero no vale

mas ni menos q[ue] aquella cantidad ó

numero de cosas que se hallan por el,

si estas cosas no valen mas, ni menos

q[ue] aquella cantidad de dinero q[ue] se

 

 

 

{f.042}                                                                                                      42

 

halla por ellas ¿por qué tan estrecha res-

titucion en quanto a lo primero, y

porque tan enorme amplitud en q[uan]to

a lo segundo? ¿no echa de ver V[uestra] R[everendicima]

q[ue] en quanto a la substancia, las

dos cosas son una misma? ¿no echa

de ver V[uestra] R[everendicima] que la [primera] opinión puede oca-

sionar infinitos perjuicios al genero hu-

mano? ¿no hecha de ver V[uestra] R[everendicima] que la

segunda puede ocasionar la perdicion

de muchas almas por el ancho campo

que abre á cometer las mas horribles

usuras? estas conseqüencias amado

padre mio resultan de unos equivocos

principios fundados sin mas especula-

cion que porq[ue] lo dijeron los sabios

teologos y juristas q[u]e V[uestra] R[everendicima] cita: estos

teologos y juristas sabios a la verdad,

y zelosísimos en extremo ¿quién ha

de negar que sus intenciones fueron

buenas y santas? pero sin embargo

me atrevo á afirmar q[u]e carecieron

 

{f.042a}

 

{No tiene texto}

 

{f.042b}

 

{No tiene texto}

 

{f.043}                                                                                                      43

 

de la intelig[enci]a necesaria para poder resolver

en estos puntos con el acierto q[u]e se necesita.

 

{92} No piense V[uestra] R[everendicima] que soy yo algun fac-

cionario del probabilisimo, ni quiera Dios

que lo sea. Ni diga V[uestra]R[everendicima] con aquellas de

clamaciones que vertió en su respuesta

contra los ricos que yo soy partidario de

ellos; asi como ni yo diré q[ue] V[uestra] R[everendicima] es par-

tidario de la miseria. Lo q[ue] si afirma-

re para confusión de unos y de otros, y

mia, q[ue] lo que estamos mirando en

el mundo es, q[u]e si las riquezas aun

las bien adquiridas tienen en su poces[i]on

muchas espinas. La miseria trahe con-

sigo muchos abrojos[32]. No ignoro padre

mio que aquel infalible texto del

evangelio que desde luego se le pasó

a V[uestra] R[everendicima] citar en su paternal exhortac[io]n

que dice que es mas facil que entre un

camello por el ojo de una aguja, q[ue]

un rico en el cielo. Sentencia a la

verdad terrible, y mas espantosa de

 

{f.044}

44

lo que piensan muchos de los q[u]e no tie-

nen dinero; pues con ella se forman

a su modo un salvo conducto para

encajarse de falondres en el cielo, sin

advertir que la majestad de cristo:

hablo igualm[en]te con los que tienen di-

nero que con los que no lo tienen, pu-

es ni los lujos de n[uestro] p[adre] S[an] Francisco

sin embargo de su solemne voto de

pobreza y de carecer de posesiones

publicas se escaparon de ella: bien

lo prueba aquella respuesta que le

dio la cabeza de la iglesia a la eter-

na sabiduría quando vuelve la

cara y le dice: pues señor ¿enton-

ces quien se salvará? Y San Pe-

dro no podia ignorar que el mun-

do estaba lleno de pobres.

 

{93} En el buen uso está todo el ne-

gocio: aora falta que saber á q[uie]n

le será mas facil usar bien y con-

forme, si al pobre se su miseria

 

{f.044a}

 

{No tiene texto}

 

{f.044b}

 

{No tiene texto}

 

{f.045}

12

45

ó al rico de su abundancia. Problema es este q[ue]

ha de tener vigotes, si no me engaño, el que lo

hubiere de resolver con el debido acierto, sin

embargo de tener delante de si la flaqueza

y miseria de unos y otros que estamos palpan-

do en el mundo para poder decir de él, como

te veo te juzgo.

 

{94} No obstante lo dicho me tomo licencia de

poner á V[uestra] R[everendicima] un calculo q[ue] acaso le agra-

dará, aunque no sea con el devido acierto,

que dije, y es q[ue] echemos mano de cien

ricos con la imaginación sin escogerlos, y

y al mismo tiempo echemos mano de otro

igual numero de pobres tambien sin esco-

gerlos p[ar]a cotejar sus virtudes y vicios en

general, y en particular las falacias, las

mentiras, los malos tratos, los engaños, los

latrocinios, las estafas, las usuras, los

homicidios, los amancebam[ien]tos, los adul-

terios, las embriaguezes, los estrupos, los

incestos, los sacrilegios, la doctrina, la

crianza y aun el mismo lujo vanidad

 

{f.046}

46

quien lo creyera [e]t[cete]ra y veremos.No

quiero decirlo sin embargo de q[ue] co-

nozco mediante el mundo; V[uestra] R[everendicima] lo

dirá q[ue] puede q[ue] lo conozca mejor que yo.

 

{95} Ya yo sé que mayor maldad puede

cometer un rico en un instante, que

un pobre en diez años; pero esto es asi

como un mal general de un ejerci-

to puede sin disputa matar mas hom-

bres en un dia, que un mal medico

en 50 años ¿y que tenemos con eso?

porque no por eso podremos justam[en]te

decir q[ue] los yerros de todos los gene-

rales puedan equivaler a los de todos

los medicos.

 

{96} No puede ignorar la pobreza re-

comendada p[o]r Jesucr[is]to que es la volun-

taria, no la forzada, pues esta regu-

larmente acarrea las mas  fatales con-

secuencias, como es evidente.

 

{97} El [séptimo] precepto de la ley de Dios dice

 

{f.046a}

 

{No tiene texto}

 

{f.046b}

 

{No tiene texto}

 

{f.047}

47

{98} no quitar, tener, ni querer lo ageno contra

la voluntad de su dueño, tengase presente

que dice contra la voluntad de su dueño.

 

{99} Los contratos, ganancias, ó digamos a logro

sean en dinero ó sean en generos: esto es

dando p[o]r sentado el espontáneo alvedrío de

los dos contratantes, sin q[ue] intervenga nin-

gun dolo, engaño, ó violencia; es un que-

rer lo ageno con la voluntad de su dueño.

 

{100} Si esto no es licito, tampoco lo será el pedir

limosna, porq[ue] que otra cosa es pedir li-

mosna, que un querer lo ageno con la

voluntad de su dueño. Ah señor q[ue] estos

contratos son muy peligrosos y sujetos a

mil resbalones: digo que es verdad, pero

tambien digo que el pedir limosna está

sugeto a los mismos en su clase; porq[ue] si

el q[ue] pide limosna come v[erdi] g[racia]  pollas me-

chadas, y el que la da apenas tiene p[ar]a

frijoles ¿en que quedamos? y no por esto

hemos de decir que es malo el pedir li-

mosna, y mucho menos el darla.

 

{f.048}

48

{101} Mas diré: el q[ue] pide limosna, nada

dá de efectivo, antes suele quitar la

paciencia á ratos, y con todo eso es acre-

hedor á compensación, qual es la limos-

na que recibe. El que dá su dinero, ó

sus generos, todo lo dá de efectivo, tras-

fiere la posesión, trasfiere la comodi-

dad [etce]t[e]ra y si esta comodidad q[ue] logro

el que recibe, y de q[u]e se priba el que

subministra, está sujeta á diferentes

tamaños, como sin disputa lo está; por

que la compensación no ha de estar tam-

bien sujeta a diferentes tamaños? y

que moralista será capaz de fijar

estos tamaños son acierto.

 

{108} Y que ¿solo los que tienen tiendas, al-

macenes [etce]t[e]ra comercian? no hay clase

estado ó geraquia que no tenga co-

mercio, como tan necesario que es p[ar]a

su conservación. El pobre, el rico, el

sastre, el religioso, el abogado, el

cura, el escribano [etce]t[e]ra todos en

 

{f.048a}

 

{No tiene texto}

 

{f.048b}

 

{No tiene texto}

 

{f.049}

13

49

su clase tienen comercio; pues ya hemos

visto que hasta el mismo pedir limosna es

una especie de comercio; y no asi como quie-

ra sino sugeto á resbalones y muchos ¿qué

será lo demas?

 

{109} quien le ha de negar á V[uestra] R[everendicima] q[ue] hay mu-

chisimos contratos iniquos, muchas falacias

mentiras, engaños, simulaciones tiranicas [etce]t[e]ra

en el comercio; acaso muchas mas que las

que puede pensar V[uestra] R[everendicima]

 

{110} combátaseles á estos intolerables vicios

de la humana sociedad, hágaseles cru-

da querra á sangre y fuego hasta ex_

tunguirlos, y exterminarlos enteram[en]te

destrúyanse, digo, estos vicios, y dejese

intacta una noble profesion, q[ue] es uno

de los principales nervios de la subsist[enci]a

y esplendor del estado político civil; y

por consiguiente un firme apoyo de

la misma religión q[ue] profesamos

quiero decir, q[ue] no se confundan los

q[ue] son licitos arbitrios con los q[ue] no lo

 

{f.050}

50

son.

 

{111} Escusado es el q[ue] V[uestra] R[everendicima] me diga, como

me dijo en su respuesta, q[ue] es muy ma-

la regla el hacer una cosa sin mas ex_

men que p[o]r q[ue] lo hacen todos tan dis-

tante estoy de seguir esa regla brutal,

y soy tan opuesta a ella, quanto con-

sidero q[u]e no puede haver mas intole-

rable y mas al gusto del mismo de-

monio: de manera que si la tal regla

estuviera sepultada en los abismos, cree

firmem[en]te que el mundo estaba reme-

diado en la mayor parte; pues casi

quanto malo vemos en el, es hijo le-

jitimo de esta fatal regla.

 

{112} Finalm[en]te digo q[ue] el comercio y tra-

to de los hombres está sembrado de si-

zaña y q[ue] al mismo tiempo hay mu-

cho trigo, arranquese la zizaña, y

dejese el trigo que le queda; y no que

 

{f.050a}

{No tiene texto}

 

{f.050b}

 

{no tiene texto}

 

{f.051}

51

se suele lastimosam[en]te confundir el trigo

y la zizaña p[ar]a arrancar uno y otro

junto y sin distinción a red barredera.

 

{113} Los que no tubieren la suficiente inte-

ligencia para distinguir el trigo de

la zizaña p[ar]a segregarlo y apartarlo

en aquel grado que merece, no se

metan á arrancadores porq[ue] dejarán

al mundo sin tener q[ue] cegár, y de-

jarán al mundo sin tener q[ue] cose-

char. Conténtense con aquel for-

mulario g[ene]ral de la doctrina cris-

tiana de cajon: que no se cometan

usuras, que no se cometan tiranias

q[ue] no se cometan fraudes, que no se

cometan engaños [etce]t[e]ra no andemos

con la cantinela de q[ue] lo dijeron

los otros, pues ya hemos visto lo q[ue]

es seguir una cosa sin mas exa-

men q[ue] el q[ue] lo hacen otros, ademas

 

{f.052}

52

de q[ue] lo q[ue] dijeron otros suele estar

mal fundado, ó suele estar alterado

en el original, ó suele estar mal

extendido ó suele estar mal apli-

cado. Ve V[uestra] R[everendicima] lo q[ue] suele suceder

con algunos abogados caminando

debajo de la capa de unas mismas

leyes.

 

{114} Son unos puntos amado padre

mio los q[ue] se han tocado, de la

mayor importancia, de la ma-

yor gravedad, y p[o]r tanto de la

mayor reflexion. En ello se inte-

resan las monarquias, los reynos,

las republicas, las provincias, las

ciudades, los pueblos, y en una pa-

labra el bien espiritual y tem-

poral de todo el genero humano.

 

{115} En ninguna cosa está mas

preciso el evangelio q[ue] en

 

{f.052a}

 

{No tiene texto}

 

{f.052b}

 

{No tiene texto}

 

{f.053}

14

53

punto de proximidad. El amor á esta

y al bien universal es el q[ue] princi-

palmente me ha movido a tratar

de un asunto que si bien se reflexio-

na es de la mayor importancia.

 

{116} No ha sido posible haverme ceñido

mas de lo q[ue] me he ceñido en los

varios puntos q[ue] he tratado; y son

estos de tal naturaleza q[ue] son inse-

parables los unos de los otros, de

manera q[ue] todos juntos componen

un mismo cuerpo: á este me ha

de responder el que gustare hacer-

lo. Si lo hiciere con razones mas

fuertes de porque si y porque nó, ú

otras semejantes, nos quedaremos

en la misma; previniendo tam-

bien que si hubiere producido al-

gun termino, razon, o palabra

impropia, se me disimulará con

 

{f.054}

54

prudencia, protestando, como pro,-

testo, ante Dios q[ue] me ha de

juzgar, que mi deseo ha sido, es,

y será, acertar con lo mejor, p[ar]a

lo qual pido á su divina ma-

gestad nos alumbre el entendi-

miento, y que nos veamos todos

gozándole eternamente en la

gloria.

 

Fin.

 

{f.054a}

 

{No tiene texto}

 

{f.054b}

 

{No tiene texto}

 

{f.055}

55

Producción de un s[eño]r d[octo]r sobre el

asunto.

 

{117} El precio de las cosas generalm[en]te hablan-

do, dicen todos los doctores, q[ue] se divide

en dos {primero} legitimo ó legal segundo na-

tural ó vulgar. El {primero} se llama leji-

timo por estar tasado ó fijo por ley

publica, decreto del principe, ó ma-

gistrado que para ello tiene potestad

el qual después de ver con madurez

la cosa pone determinado precio p[ar]a

beneficio del comun.

 

{118} El precio natural ó vulgar, no

es por ley sup[erio]r este se mide por el

prudente juicio y estimación de

los hombres, considerando la nece-

sidad ó utilidad, la abundancia ó

la escacés del efecto; y como este

 

{f.056}

56

prudente juicio, y estimac[io]n de los

hombres es imposible adivinarlo; de

aquí nace q[ue] es imposible señalar

a las cosas un precio indivisible,

ó matemático, y por esto con apla-

uso de todas las naciones se inven-

taron los tres precios, supremo, me-

dio ó moderado, infimo o piadoso,

para q[ue] de esto no se exceda en

las ventas mirando al bien comun.

 

{119} En la misma consulta supone

el dubitante, con el ejemplo de

la azucar q[ue] siendo de igual ca-

lidad, uno quiere á 8,, otro quiere

á 9,, y es otro quiere a 10,, he aquí lo

q[ue] dicen y llaman los doctores los tres

precios, y en realidad en la estim[aci]on

de cada uno de los vendedores tiene

uno solo, pero respecto de la multitud

de los compradores tiene tres.

 

{f.056a}

 

{No tiene texto}

 

{f.056b}

 

{No tiene texto}

 

{f.057}

15 

57

Producción de otro religioso de d[ic]ho

convento s[ob]re el asunto.

 

{120} S[eño]r mio estos apuntes son de un d[octo]r que

por contingencia oyó la propuesta, mas

como solo es teologo, y de los intrínsecos

que á V[uestra] M[erced]  no le quadran, y con razon

digo: que todas las objeciones de V[uestra] M[erced]

están, ó me parecen muy fundadas

y tube particular fluicion en leerlas.

 

{121} En el punto pr[incip]al del precio de las

cosas atendiendo á lo que es comprar

v[erdi] g[racia] en su etimologia comprar, com-

praremos la cosa con la pectima dinero

ó sea lo q[ue] fuere precio: y no tenien-

dolo en si las cosas  sino en la estima-

cion de los hombres, pues entonces

valdria mas un raton por viviente

que no un diamante [etce]t[e]ra deben

todos con arreglo al d[ic]ho de las gentes

 

{f.057ª}

 

{No tiene texto}

 

{f.058}

58

que los juristas llaman d[e]r[ech]o natur[a]l

secundario q[ue] sigue á la ley na-

tural, comercio, y sufragio de

unos hombres con otros en las ocur-

rentes necesidades, parece debemos

decir que aunque por un sinzontle

se den 50 p[eso]s, por un cavallo mas,

por una pintura esquisita ó sus se-

mejantes como sabe V[uestra] M[erced] muy bien,

sin embargo no podrá regularse

asi la Bretaña, ni el trigo, y todo

quanto es necesario util y conve-

niente a la vida humana, y asi

á juicio prudente de mercaderes

sensatos será un precio justo; y

si esta justicia lo tempera alguna

vez con la caridad ó misericordia

(llamenle en hora buena) ó precio mo-

derado, ó como quisieren, viene a

 

{f.058a}

 

{No tiene texto}

 

{f.058b}

 

{No tiene texto}

 

{f.059}

59

ser qüestion de nombres; porque ya la

escaces en la mercaderia, ya la adund[anci]a

altera sin duda alguna el precio y

las circunstancias.

 

{122} Es verdad q[ue] en la instrucción de

V[uestra] M[erced] no es necesario, ni reproducirle

especies, ni hablar mucho, pues buscan-

do solo como estoy persuadido la sere-

nidad cabal de su conciencia, ó aquella

satisfacción de su dictamen, hallando

este con las mas maduras reflexiones

que se vé, no diré mas sino q[ue] qui-

tando v[uestra] M[erced] de q[ue] hablemos quando le

pareciere, resolveremos entonces las es-

pecies q[ue] mas nos parezcan conducir

al examen puro de la verdad. Dios

nos la dé á conocer, y gu[ard]e la vida de

V[uestra] M[erced] muchos años. R[e]ver[endicim]o [33]de V[uestra] M[erced] su

afecto capellan y serv[id]or Fr[ay] Jose

María.

 

{f.060}

60

Conclusión por el mismo consultante.

 

{123} Quando yo esperaba un terrible ma-

motreto mas grande q[ue] el gigante

Goliat, capaz de aterrar y horrorizar

al mismo Hercules si viviera, q[uan]do yo

pensaba digo que el mismo religio-

so q[ue] havia tomado á su cuenta el

abatir, tirar por el suelo, y desterrar

del mundo mi primera proposición

y a su conseqüencia las demas q[ue] se

siguieron; salimos tan solam[en]te con

una empanada muy mal guisada,

con una nada entre dos platos, con

nada q[ue] te conté.

 

{124} Esto parece fabula, esto parece cu-

ento,  esto parece sueño ó letargo

pero ello ha sucedido asi al pie

de la letra.

 

{125} Pecados mios ¿á donde vamos a

parar? es posible q[ue] una doctrina

 

{f.060a}

 

{No tiene texto}

 

{f.060b}

 

{No tiene texto}

 

{f.061}

16

61

sentada de muchos siglos á esta parte en

el augusto[34] trono de nuestros sabios teo-

logos, moralistas, juristas, colegios, escue-

las, universidades, librerias, [etce]t[e]ra. Es posible

digo que este religioso no encontrase

(ya que S[u] R[everendicima] no se halló con  suficiencia

para ello) q[uie]n entre tanta multitud de

sequazes saliese por garante[35] de unas

opiniones á su parecer tan inconcusas[36],

de una aplicación de textos á su pare-

cer tan irrefragables, de unas asercio-

nes á su parecer tan solidam[en]te fun-

dadas y autorizadas por tan espanta-

ble numero de sabios? no lo creyera si

no lo hubiera visto, siendo cierto q[u]e al

observar yo q[ue] estos papeles se detubie-

ron én /.../ {en el conv[en]to: fuera del renglón} como mes y medio de

tiempo, ya me estaba preparando p[ar]a

sostener con mayor vigor mis propo-

siciones, con la bien fundada satisfac[ci]on

 

{f.062}

62

de q[ue] las q[ue] pudieran reproducir los

r[eligiosos] p[adres][37] me subministrarian un

dilatado campo, no solam[en]te para

sostenerlas con esfuerzo, sino tambien

p[ar]a aumentarlas con su ceso[38], bien sa-

tisfecho de q[ue] me quedaba bastante

tela de q[ue] cortar p[ar]a acabalar[39] un

tomo completo si fuese necesario,

pero Dios se los pague q[u]e me ahor-

raron este trabajo p[ar]a expenderlo

mas utilm[en]te en mis peculiares ocu-

paciones inseparables de la obligac[io]n

en q[ue] me hallo constituido.

 

{126} Dije nada produgeron, y debe

entenderse que asi sucedió efecti-

vamente en q[uan]to a la substancia.

 

{127} Sin embargo pasaré a examinar

lo q[ue] sus producciones tubieron de

apariencia y digo.

 

{128} Que haviendo dirigido estos pape-

les á las mismas manos del relig[io]so

 

{f.062a}

 

{No tiene texto}

 

{f.062b}

 

{No tiene texto}

 

{f.063}

63

q[ue] havia tomado á su cargo (porq[ue] quiso)

el contestarme lo hizo la [primer]a vez; no

tubo por conveniente el hacerlo en esta

ó por mejor decir y no andar con rodeos

no se halló desde luego con la suficien-

cia necesaria p[ar]a ello, de modo q[u]e harto

hizo en calarse[40] su ven[d]e capilla, y

dar traslado á sus hermanos.

 

{129} Uno de ellos q[ue] es el q[u]e suena lla-

marse Fr[ay] Jose M[arí]a como hemos visto

arriba expresó su dictamen, y al

mismo tiempo incluyó el de uno q[u]e

parece ser doctor pasaré á examinar-

lo q[ue] dijo este s[eño]r d[octo]r y luego segui-

remos examinando lo que dijo el

M[agistrado] R[eligioso] P[adre] Fr[ay] Jose M[arí]a

 

{130} lo que mas hallo q[u]e notar en el

dictamen de este s[eño]r d[octo]r es el q[u]e me le-

vanta un terrible falso testimonio;

bien que le concederé que este es se-

guram[en]te hijo lejitimo mas bien

 

{f.064}

64

de una candidez q[u]e tiene algunos aso-

mos de inadvertencia, que de una ig-

norancia con resabio[41] de malicia.

 

{131} Esto se evidencia bien claram[en]te con

hacerle presente q[ue] yo traje a la

memoria el ejemplo de los tres pre-

cios fantásticos de la azucar, como

se puede ver en su lugar, no p[ar]a

establecer los decantados[42] infimo,me-

dio, y supremo, como quiere el s[eño]r

d[octo]r porque le da la gana, sino p[ar]a

desterrarlos del mundo p[o]r carecer

del sabio fundamento q[u]e los pudie-

ra hacer justam[en]te recomendables

p[o]r arrancar de entre los hombres

esta fantasma ó pasmarota[43] que

trae consigo las perniciosimas con-

secuencias q[u]e he demostrado y acaso

muchas mas q[u]e podrá demostrar

qualquiera otro de los muchos que

seguram[en]te tendran mas suficiencia

 

{f.064a}

 

{No tiene texto}

 

{f.064b}

 

{No tiene texto}

 

{f.065}

65

que yo, si quieren tomarse este trabajo.

 

{132} No es un grandísimo disparate

el que este s[eño]r d[octo]r me venga á adver-

tir lo que dicen sus compañeros los

doctores sobre este punto de los tres pre-

cios? quando yo ya sé lo que dicen, y

lo tengo expresado en mi [primer]a proposic[io]n

en donde se puede ver que les tengo con-

cedidos no solo los tres precios de la

clase q[u]e ellos los inventan, sino tambi-

en mas de tres docenas, y les concederé

liberalm[en]te todos quantos quisieren.

 

{133} Para haver dicho algo este s[eño]r d[octo]r

nos havia de haver probado q[ue] lo q[ue]

dijeron sus compañeros sobre este

punto estubo bien dicho, respecto a

que mientras disputa rueda sobre si

dijeron bien, ó dijeron mal, p[o]r lo q[u]e

sacamos p[o]r conseqüencia q[ue] n[ues]tro dicho

d[octo]r nada dijo en substancia, y á q[uie]n

 

{f.066}

66

nada dice, con nada está respondido.

 

{134} En este supuesto mi resp[ues]ta vá dirigi-

da p[ar]a desengaño de aquellos hombres

que hay de tan flaco espiritu y escaso

dicernim[ien]to q[u]e su pusilanimidad no

les permite apartarse ni un punto de

qualq[uier]a opinión, ó asecion aunq[u]e

sea el mayor disparate del mundo,

como venga apoyada de qualq[uier]a au-

toridad ó dignidad, q[u]e p[ar]a aquellos

q[u]e tengan un poco de buen juicio, es-

cusado era este trabajo; y yo no

pretendo q[u]e se haga aprecio ni de

mi merito, ni de mi dignidad, sino

de mis razones, tales quales son ellas.

 

{135} Lo mismo digo en q[uan]to á aquella

baraunda q[ue] metió n[ues]tro d[octo]r en el

principio de su famoso dictamen

aquella distinción de dos precios (digo)

q[ue] hizo entre [primer]o lejitimo ó legal

 

{f.066ª}

 

{No tiene texto}

 

{f.066b}

 

{No tiene texto}

 

{f.067}

67

y [segund]o natural ó vulgar; añadiendo q[ue] el [primer]o

se llama lejiimo por estár tasado ó fijo

por ley publica, decreto del principe ó

magistrado q[u]e p[ar]a ello tiene potestad, el

qual después de ver con madurez la cosa,

pone determinado precio p[ar]a beneficio del

comun. El precio natural ó vulgar no

es por ley sup[eri]or. Este se mide p[o]r el prud[en]te

juicio y estimac[i]on de los hombres [etce]t[e]ra.

 

{136} Y yo por ahorrar semejante pastelón

mal quisado de terminos, hubiera distin-

guido de esta manera d[ic]hos dos precios,

diciendo así: el [primer]o pertenece ó debe perte-

necer a todo lo q[u]e está estancado, y el [segund]o

pertenece á todo lo q[u]e no está, pues en

saliendo de aquí, todo lo demas son ma-

marrachos aprendidos de memoria.

 

{137} Mas valiera q[u]e este s[eño]r d[octo]r hubiera

gastado el tiempo en componer unos

versos consonantes en el ocio de las

 

{f.068}

68

comodidades de una buena prebenda.

 

{138} Mientras tanto le prevendré q[u]e yo no

me meto ni puedo meterme con lo

q[u]e está estancado, y sobre todo lo demás

tengo d[ic]ho lo suficiente p[ar]a desengaño

de q[uie]nes lo quisieren ó lo pudieren

entender. A esto me ha de contestar

derecham[en]te el q[u]e quisiere, si pudiere

hacerlo con solido fundam[en]to, pues de

lo contrario quedará mucho mas

lucido con el silencio.

 

{139} En vano me cansé en prevenir q[u]e

el q[u]e gustare me havia de contestar

al todo de los varios puntos q[u]e he tra-

tado p[o]r la intima é inseparable co-

nexion q[u]e tiene unos  con otros, pues

ya veo que es gana de pedir guin-

das al naranjo.

 

{140} Por lo q[u]e mira á lo q[u]e dijo el M[agistrado]

R[eligioso] P[adre][44] Fr[ay] Jose M[arí]a respecto á q[u]e me

 

{f.068a}

 

{No tiene texto}

 

{f.068b}

 

{No tiene texto}

 

{f.069}

69

hace el honor de decirme en una parte

que el doctor es uno de los intrínsecos q[u]e

á mi no me quadran, y con razon. En otra,

que todas mis objeción están, ó le pare-

cen muy fundadas; y en otra, que haya

mi dictamen con las mas maduras reflexi-

ones q[u]e se vé; parece era escusada aquella

impertinencia del sinsontle, el cavallo, y

la pintura esquisita; bien q[u]e quizá

lo haría por no dejar de decir algo, y aun

parece que asi lo dá á entender. Sea como

fuere, ello es, q[u]e se hace preciso examinar-

la aunq[u]e no sea mas q[u]e por evitar er-

rado eco q[u]e puede ocasionar en alg[un]as per-

sonas de aquellas q[u]e parece tiene el en-

tendimiento en las orejas.

 

{141}Para lo qual empezaré expresando lo

q[u]e sobre este punto dice el  p[adre][45] cuyas  razo-

nes son estas: parece devemos decir q[u]e aun-

que p[o]r un sinzontle se dén 50 p[eso]s por un

cavallo mas, p[o]r una pintura exquisita

 

{f.070}

70

ó sus semejantes como sabe V[uestra] M[erced] muy

bien, sin embargo no podrá regularse

así la Bretaña ni el trigo, y todo q[uan]to es

necesario util y conviene á la vida hu-

mana.

 

{142} Toda esta q[u]e parece una gran maquina

y no lo es, ni chica ni grande, puede en-

tenderser de dos maneras. La una compre-

hendiéndola asi como suena, esto és, q[u]e

no debe ni puede regularse de un mis-

mo modo el precio de un sinzontle, un

cavallo, ó una pintura exquisita, q[u]e

el de la Bretaña ni el trigo e[tce]t[e]ra y la otra

alusivam[en]te, á q[ue] un tratante pueda ga-

nar sin limites en aquellas cosas, co-

mo sinzontles, cavallos y pinturas

exquisitas, y muy limitadam[en]te en

aquellas cosas como bretaña trigo e[tce]t[e]ra

 

{143} gran cosa hemos hallado. No hizo igual

descubrim[ien]to Cristóbal Colon.

 

{144} En q[uan]to a la [primer]a convengo lisa y lla-

 

{f.070ª}

 

{No tiene texto}

 

{f.070b}

 

{No tiene texto}

 

{f.071}

71

nam[en]te con la opinión del p[adr]e pues quien

le ha de negar q[u]e el precio de las cosas

debe ser regulado con atención á las cir-

cunst[anci]as ya apreciables, ya despreciables

que obtienen ellas mismas: ora sean ca-

vallos, pinturas, sinzontles, bretañas

ó calabazas.

{145} Esto sentado, q[u]e mucho será q[u]e el q[u]e se

den 1[mil] doblones p[o]r un caballo, si es seme-

jante al bavieca del cid, q[u]e sabia ma-

tar mas moros q[u]e su mismo amo; q[u]e mu-

cho será q[u]e se dé otra tanta cantidad por

una pintura tan exquisita como las ubas

de ceuris, q[u]e hacian venir á los pajaros

á picarlas como si fueran naturales, o co-

mo la q[ue] hizo apeles de una persona de

Alejandro y vendio en 20 talentos de oro

q[ue] es el valor de 120 [mil] doblones. Que mu-

cho será q[ue] un sinzontle se venda, no

en 50 p[eso]s como dice el p[adr]e sino en 100

y mas, si acaso sabe hablar latin, que

 

{f.072}

72

no será mucho, pues ya la locución

castellana se la atribuyen á algunos.

 

{146} En estos casos ya no se pagan ni los

cavallos p[o]r cavallos, ni las pinturas

por pinturas, ni los sinzontles p[o]r zin-

sontles; lo q[ue] se paga y debe ser justam[en]te

pagado es la habilidad y trabajo que

expendieron los hombres en hacer salir

estas cosas (digámoslo asi) de la esfera

de su naturaleza; como el q[u]e enseño á

un sinzontle á hablar latin; como al

q[u]e supo infundir en el bavieca del

cid aquel exorbitante espiritu mar-

cial; como á seuxu y apeles el haver

aprendido su arte con tanta excelen-

cia y valentia.

 

{147} A este mismo tenor se pagarian cier-

tam[en]te las bretañas y el trigo si hubiese

alg[un]a invención q[u]e las pudise hacer sa-

lir de la esfera de su naturaleza, v[erdi] g[racia]

q[u]e hubiese un hombre q[u]e descubriese

 

{f.072a}

 

{No tiene texto}

 

{f.072b}

 

{No tiene texto}

 

{f.073}

73

un especial condimento p[ar]a hacer durar

cincuenta años una camisa de bretaña

usándola diariam[en]te a manera de la tela

de amianto q[u]e arde peremnem[en]te en el

fuego sin consumirse. Que se hubiese

descubierto un trigo de tal virtud al ma-

ná que Dios envió á su pueblo escogido.

 

{148} Sin embargo ya vemos q[u]e una vara de

bretaña que ayer se compró p[o]r un peso

se vende hoy en 25,, con solo el costo

agregado de un poco de ilo con q[u]e se bordó,

y catese aquí colocado en una misma

esfera ó parelelo[46] (en n[uestro caso) cavallos,

pinturas, sinzontles, tordos, tartas, gito-

mates y lechugas.

 

{149} Para q[u]e esto se pueda entender mas

clara y distintam[en]te pasaré á examinar

la [segund]a parte que propuse, y distingui

(ya que no lo hizo el p[adr]e) como alusiva

á q[u]e en los g[rane]ros[47] que llaman superfluos

se puede ganar sin limites, y en los

 

{f.074}

74

q[u]e llaman necesarios a la vida humana

no se puede ganar sino limitadam[en]te.

ella me subministra razones demos-

trativas mas claras q[u]e la luz del sol

p[ar]a hacer ver á los q[u]e no estuvieren ciegos

q[u]e una y otra partes [primer]a y [segund]a no abrazan

ni contienen en si mas  q[u]e una piedad.

mal comprendida, una caridad enten-

dida al revez, un entusiasmo mons-

truozo agarrado p[o]r  el rabo, una política

errónea carente de conocimiento, ca-

rente de especulación, carente de inte-

ligencia, y carente de  practica, y ade-

mas de esto unas fatales coseqüenc[i]as

y tan erróneas como diré.

 

{150} Una de ellas es, y bastantem[en]te practi-

cable en el mundo, q[u]e de aquí toman

ocasión muchos de los q[u]e tratan en el

mundo, y contratan en aquellas cosas

q[u]e llaman no necesarias a la vida

humana p[ar]a engañar, estafar, y

 

{f.074a}

 

{No tiene texto}

 

{f.074b}

 

{No tiene texto}

 

{f.075}

75

robar en este trafico á su salbo, y á tuta

conciencia á todo el genero humano, con-

siderandose autorizados p[ar]a ejecutarlo li-

brem[en]te usado p[ar]a conseguirlo de q[uan]tos

dolos y engaños les dicta su desordenada

avaricia; de modo q[u]e p[ar]a dar salvo conduc-

to a su malvado proceder, buscando erro-

neam[en]te el apoyo de citar (lo he visto

muchas veces) á los moralistas; como si

no fuese tan latrocinio el robar en

un monte espezo, como el ejecutarlo

en un llano escampado; y por consig[uien]te

tan digno de la horca y del infierno

lo uno como lo otro. Pues no es dudable

que estamos tan obligados a tratar verdad

é integridad q[uan]do contratamos en perlas

ó diamantes, como q[uan]do contratamos

en maíz o trigo.

 

{151} En q[uan]to a las cosas q[u]e llaman necesar[i]as

p[ar]a la vida humana hemos de dar p[o]r

sentado q[u]e el numero de comerciantes


{f.076}

76

ó traficantes q[u]e giran en ellas, no está,

ni debe estar reducido ni a unidades, ni

á decenas, ni tampoco a centenas, sino

á la libertad del numero q[u]e quiera

ocuparse en este ejercicio tan preciso

y necesario a la republica. Con este

inexcusable principio sacamos la evi-

dente deducción y conseqüencia, q[u]e no

está en su mano ni en su fantasia

el venderlas al precio q[u]e se les antojare

luego ¿á q[u]e propósito viene el quererles

prescribir la cantidad grande ó chica

q[u]e pueden ganar? ¿acaso es lo mismo

ser comerciante de las cosas necesar[i]as

ó no necesarias a la vida humana

q[u]e ser estanquero de ellas? ¿pero los

comerciantes en q[uie]nes no reside ni po-

testad regia ni pontificia, ni epis-

copal, ni magistral p[ar]a vender al pre

cio q[ue] quisieren, no es una grandisi-

ma impertinencia quererlos confundir


{f.076a}

 

{No tiene texto}

 

{f.076b}

 

{No tiene texto}

 

{f.077}

77

con este fantasma?

 

{152} Yo me figuro que si hubiese un ma-

gistrado que pusiese al trigo, como tan

necesario a la vida humana, la quota

fija de 3,, ó 4,, p[eso]s la carga, y q[u]e nadie

pudiese exceder de él, seria celebrado es-

pecialm[en]te de los pobres, y tales moralistas

como un divino acabado de bajar del cielo,

dorado de las mas grandes qualidades

de piadoso y de caritivo, y de benéfico

al comun; ya le querrian canonizar

por santo, y despacharlo a la bienaven-

turaranza; yo le desterraria del mundo

si tubiese autoridad p[ar]a ello, p[o]r ser ins-

trumento humano de q[ue] todos rabiase-

mos de hambre dentro de poco tiempo,

pues es evidente q[u]e semejante prov[idenci]a

ocasionaria infaliblem[en]te la consecuen-

cia q[ue] no habria hombre q[u]e quisiese

sembrar trigo.

 

{153} ¿Será posible q[u]e haya en el mundo

 

{f.078}

78

persona racional y de caracter q[u]e opine

que en los g[ene]ros comestibles no es lici-

to traficar? posible es y efectivam[en]te

hay tales opinadores y no pocos. ¡ o

q[ue] infelicidad! ¡ o q[ue] barbarismo! ¡ o

q[ue] ignorancia tan crasa y tan into-

lerable! ¡ o miseria de n[ues]tra noble na-

cion española! todavía me hace me-

nos fuerza q[ue] haya semejantes opi-

nadores, q[ue] el q[ue] haya q[uie]n tolere á

unos hombres enemigos declarados

del preciosisimo ramo de la agri-

cultura y la labranza; y p[o]r consig[uien]te

enemigos capitales de la subsistencia

de los mortales, y de la riqueza del

estado.

 

{158} S[eño]res moralistas, s[eño]res magistrados

s[eño]res comerciantes, s[eño]res ricos, s[eño]res po-

bres no nos echemos tierra en los ojos,

no seamos ciegos. No hay otro medio

mas oportuno, ni otra clave mas

 

{f.078a}

 

{No tiene texto}

 

{f.078b}

 

{No tiene texto}

 

{f.079}

79

proporcionada p[ar]a promover la abundancia

q[u]e la libertad del trafico, q[u]e la libertad

de poder ganar, ó poder perder.

 

{159} Esta libertad es la q[u]e conmueve y alienta

á los hombres, a los proyectos de labranza

y emprezas de comercio; y q[u]e salga á

promoverlo el dinero, q[u]e sin ella tal

vez estaria sepultado en las arcas sin

provecho de nadie.

 

{160} Este es un armonioso muelle, cuyo

concertado resorte trasciende p[o]r su pro-

pia virtud y naturaleza á fomentar

y á vivificar todos los ramos de industria

que destierran la ociosidad, el hambre,

y la miseria.

 

{161} ¿Como es posible quererles prescribir

á los traficantes reglas p[ar]a la cantidad q[u]e

deben ganar, sino es posible prescribir

otras p[ar]a examinarlos de la cantidad

que deben perder?

 

{162} si estas dos reglas tan opuestas fuesen

 

{f.080}

80

conciliables ó compatibles ¡o q[u]e maqui-

na tan armoniosa y tan hermoza se-

ria la de la mutua y reciproca cor-

respond[enci]a de los hombres! era una

señal evidente de q[u]e se habia acabado

el reato del pecado de n[ues]tros primeros

padres, pero subsistiendo este, como

subsite y subsistirá desde luego mi-

entras hubiere hombres en el mundo,

es un delirio querer encontrar un te-

soro q[ue] no encontró aquel principe

de las leyes solon, ni quantos hom-

bres sabios le sucedieron hasta n[ues]tros

dias.

 

{163} El mas rigido y estrecho moralista

quando se le ofrece comprar alguna

cosa, lo q[u]e veo es, q[u]e la procura com-

prar al precio mas barato q[u]e puede,

sin detenerse á considerar si al que

vende le habrá costado á mucho mas

precio, como suele suceder, no pocas veces.

 

{f.080a}

 

{No tiene texto}

 

{f.080b}

 

{No tiene texto}

 

{f.081}

81

{164} Todo el mundo hace lo mismo porque es

cierto q[u]e es impracticable hacer otra cosa.

 

{165} El traficante a su turno, quando ven-

de hace la contraria, porque de otra ma-

nera bien presto se acabarian todos los

traficantes del mundo; y en este caso el

que quisiere ponerse un par de zapatos

tendría que hacerlos por su propia mano,

y no solo hacerlos, sino tambien pre-

parar todos los materiales desde su ori-

gen, haciendo hasta el tranchete.

 

{166} A este tenor sucederia con todo lo demas

y entonces ya lamentaríamos infali-

blem[en]te la falta de unos hombres á

quienes el indiscreto zelo de la igno-

rante preocupación procura acobardar

y desterrar siendo tan precisos y nece-

sarios en la sociedad.

 

{167} Y en una palabra ¿quando á uno

se le ofrezca comprar una pieza de

 

{f.082}

82

bretaña p[ar]a hacer un par de camisas, qu-

al le será mas comodo comprarla a la

puerta de su casa, al precio q[u]e el tiempo

ofreciere, ó despachar hasta Francia por

ellas?

 

{168} finalm[en]te no es esta contienda como las

lides de Cesar y Pompello q[u]e disputaban con

la furia de las armas el dominio y aun

la tirania sobre los hombres; sino promo-

ver con la pluma la libertad de la repu-

blica y del estado. Hablo de aquella na-

tural libertad reciproca q[u]e promueve

y facilita la comodidad, conservac[i]on y aum[en]to

de todas las gerarquias de q[u]e se compone.

 

{169} Este ha sido el principal objeto de esta

pequeña tarea, deseoso de remover unos

obstaculos tan mal concebidos como lle-

vo demostrado creido de q[u]e no son ellos

los q[ue] menos embarazan el curso del

comercio en nuestra nación Española

 

{f.082a}

 

{No tiene texto}

 

{f.082b}

 

{No tiene texto}

 

{f.083}

83

y acrecentamiento y mayor esplendor

de su monarquia, bajo la cabeza del

mayor monarca del mundo que Dios

prospere dilatados siglos.

 

{f.084}

84

{No tiene texto}

 

{f.084a}

 

{No tiene texto}

 

{f.084b}

 

{No tiene texto}

 

{f.085}

85

22

 

Prologo.

 

{170} Amigo lector todos los libros llevan regular-

mente su prologo al principio, no sé porq[u]e

pues comunm[en]te se escriben desde hecha la

obra y así no te detengas en notar q[u]e esta

lo lleva al fin, pues me pareció q[ue] este

es su mas propio lugar, atendiendo tam-

bien a q[ue] hasta el fin nadie es dichoso.

 

{171} Por tal me consideraba yo si la obrita

q[ue] te presento tuviera todas las recomen-

daciones y la virtud q[u]e deseo capazes de

desterrar todo abuso é ignorancia en el

trafico del comercio y establecer el

mayor arreglo é igualdad en la balanza

de las cosas, de modo q[ue] la mutua corres-

pondencia y sociedad de los hombres los

hiciese menos infelices espiritual y

temporalmente.

 

{172} Pero p[o]r desgracia nuestra sucede mu-

chas veces q[ue] la reforma de algunos

abusos y desordenes suele servir de escalon

p[ar]a establecer otros mayores: tal es la es-

 

{f.086}

86

tructura condicion y malicia de n[ues]tra

frágil naturaleza.

 

{173} Pero sin embargo, no puedo menos

de lisongearme de q[u]e hay bastantes

hombres q[ue] desean el mayor acierto

en su conducta, y pensando yo, y

deseando {ser} uno de ellos, no será mucho

discurra q[ue] este pequeño trabajo q[u]e

te presento no te sea enteram[en]te inu-

til si te quieres aprovechar de él.

 

{174} Si te pareciere que ha sido dema-

siado arrojo mio el meterme á refu-

tar algunas opiniones tan general-

mente recibidas, lo q[u]e no ha hecho

ninguno antes de ahora (á lo menos

no ha llegado á mi noticia) te diré

q[ue] alguno ha de ser el [primer]o en todas

las cosas; y q[ue] no debes estrañar q[ue]

sea yo este alguno en la presente

persuadido á q[u]e si no lo han hecho

otros muchísimos, ha sido seguram[en]te

mas p[o]r sobra de sumisión y decidia

 

{f.086ª}

 

{No tiene texto}

 

{f.086b}

 

{No tiene texto}

 

{f.087}

87

q[ue] por falta de razones y fundam[en]tos p[ar]a ello.

 

{175} Si yo hubiera combatido alg[un]as sutilezas

realzadas del ingenio de tales opinadores

no hay duda q[u]e tubieras muchísima ra-

zon de notar mi corta suficiencia de

atrevida y aun temeraria; pero ya vez

q[u]e no me he metido en otra cosa q[u]e en

rebatir unas crasas[48] ignorancias y ato-

londramientos, cuya facil empresa

puede poner por obra qualq[uier]a que es-

tubiere adornado de las tres potencias

del alma, si no las tiene cojas ó tullidas.

 

{176} Ojala hubiese alguno de los muchos

q[ue] hay dotados de mayores luces q[u]e yo,

q[ue] se dedicase con mayor extensión

á tan noble y util empresa, animado

del zelo desinteresado de ilustrar a

muchos ignorantes, que yo seria el p[rimer]o

en tributarle el agradecimiento.

 

{177} Pero si en lugar de ocuparte como

buen patriota en una loable tarea (de

que todos somos deudores á la republica

 

{f.088}

88

y al estado, cada uno seg[u]n sus fuerzas

y talento) te entretienes en censurar

los defectos grandes ó chicos q[u]e hallares

en esta obra, es una señal evidente

de q[ue] no te hallas con suficiencia p[ar]a

ello; y asi te advierto q[ue] te será mas

decente usar la prudente discreción

de dejar rodar la bola, tragándola

como pudieres; pues no será mucho

q[ue] acaso no sepas  discernir ni aun

los errores de los aciertos; previni-

endote q[ue] aunq[u]e te parezca q[u]e tiene

muchos de los primeros, como se ve-

rifican algunos de los segundos, yo

mismo me hago el favor, p[o]r si acaso

tu no me lo quisieres hacer, de q[ue]

soy acreedor a tu benevolencia.

 

{178} No es incompatible la amplificac[i]on

de un quantioso trafico de comercio, con

la reformacion de una desordenada

avaricia. Aquel terrible é infalible

testo del evangelio q[ue] ya dije en otra

 

{f.088a}

{No tiene texto}

 

{f.088b}

 

{No tiene texto}

 

{f.089}

89

23

parte y vuelvo a repetir en esta que

es mas facil que entre un camello por

el ojo de una aguja, q[u]e un rico en el

cielo. No habla no, con los que poseen el

dinero, sino con los q[u]e tienen el corazon

poseído de él.

 

{179} De esta clase eres tu comerciante que

tienes 100[mil] p[eso]s que acaso la mitad de esta

crecida adquisición se las debes á tus fala-

cias, á tus simulaciones y a tus engaño-

sos ardides, de modo q[ue] la respiración q[ue]

Dios te dio p[ar]a alabarle y servirle, pare-

ce q[ue] te la dio p[ar]a no alentar palabra de

verdad en tus tratos y contratos; tan en-

tregado en adquirir mas y mas inte-

reses, y sea como se fuese, q[ue] parece que

ellos son el ultimo fin para q[u]e naciste

y el Dios de tu corazon.

 

{180} De esta clase eres tu comerciante q[u]e

te aprovechas de la necesidad, y precisi-

on de ese que llamas tu protegido, ó

tu habilitado p[ar]a en los tratos y contratos

que tienes con él, imponerle las leyes ar-

 

{f.090}

90

bitrarias q[ue] te dicta tu avaricia y tira-

nia. Tu eres por una parte actor de tus

iniquidades, y por otra participante de las

agenas ¿porque ese otro p[ar]a poder correspon-

derte y conservar su credito hace con otros

lo que tu hiciste con el: mra si eres cris-

tiano como te librarás de la continua

inquietud de los remordimientos de tu

conciencia, en vano te cansas de andar

moliendo al mundo con simuladas con-

sultas preciandote de escrupoloso p[ar]a

aquietarla, si hermano mio porq[u]e no

haces otra cosa q[ue] afanarte en buscar

apoyos y escapatorias p[ar]a no restituir

q[ue] es lo mismo q[u]e poseer un infierno

es esta vida y labrar el de la otra.

 

{181} ¡ Oh quan comodo te seria espiritual

y temporalm[en]te q[ue] tu caudal se com-

pusiese de algunos miles menos, de

lo q[ue] se compone!

 

{182} csa graciosa es ver á unos piadosos

de prespectivas hipócritas de la piedad

q[ue] forman un misterioso escrúpulo

 

{f.090a}

 

{No tiene texto}

 

{f.090b}

 

{No tiene texto}

 

{f.091}

91

de traficar en cosas q[u]e llaman preciosas y

necesarias á la vida humana; haciendo

alarde de seguir al pie de la letra aquellas

opiniones q[ue] tratan de restringir este tra-

fico comercio ¿y p[o]r ventura q[u]e opiniones

son estas? unos entusiasmos cuyos auto-

res parece están comisionados con am-

plios poderes de aumentar la pobreza

la hambre y la miseria q[ue] indiscretam[en]te

juzgan evitar.

 

{183} No está la felicidad no en traficar ó

dejar de traficar en esto, ni en lo otro, ni

en lo demas allá, sino en la integridad

en el modo de traficar. No seamos como

aquella vieja q[ue] hacia escrúpulo de

escupir en la iglesia [etcete]ra.

 

{184} Que otra cosa es un comerciante de

aquellos grandes trapazeros simulados

q[u]e hay, escrupuloso de lo q[ue] no puede

abarcar su codicia y su ambicion, sino

un hipocriton de la piedad y la caridad

cristiana, un santon de la ingenuidad

y formalidad; un entretengas de la

 

{f.092}

92

religión y un herege tirano de la socie-

dad humana: si posible fuese arrancar

de sobre la tierra a semejantes mons-

truos, se podria decir con alguna pro-

piedad q[ue] ya la tierra era similitud

del cielo.

 

{185} Lo peor es q[ue] la pasión desordenada

y p[o]r los intereses, es una plaga casi tan

dilatad como la descendencia de n[ues]tro

padre Adan. Los demas vicios parece

como que están ligados y anexos a

determinadas clases de gentes, ó á de-

terminadas gerarquias de personas,

pero el de la codicia se puede decir

con bastante propiedad, q[u]e es el topa

con todos; de modo q[ue] extiende su im-

perio a la mayor parte de esas mis-

mas clases y gerarquias q[u]e tienen

gran facilidad de preservarse de los

demas: a esas mismas personas digo,

q[ue] abominan todo lo de mas q[u]e es malo

{186} ¿y que diremos de tales personas?

¿que diremos de tales santones? lo

 

{f.092a}

 

{No tiene texto}

 

{f.092b}

 

{No tiene texto}

 

{f.093}

93

que diremos es, que poner todo su conato en

no irse al infierno letra p[o]r letra como los de-

mas viciosos, por tal de ejecutarlo en abre-

viatura q[ue] es el arte mas liberal, y menos

honoroso a las incomodidades, á los riesgos, y a

la boísa; pues que meritos podrán tener de

la preservación de unos vicios, en cuya abs-

tinencia tiene mas parte la repugnancia de

su misma naturaleza, y otros fines particu-

lares mas vergonzosos q[ue] el devido amor

a Dios, y observancia de sus divinos preceptos?

 

{187} dice aquel adagio ( y dice bien) q[ue] unos

tienen la fama y otros cargan la lana.

 

{188} Los comerciantes tienen la fama de ser los

mayores usureros del mundo, en q[uan]to a la

cantidad yo lo concedo de medio a medio;

pero en quanto a la entidad reflexiona

tu el asunto desapasionadam[en]te discurri-

endo p[o]r todas las demas clases y gerar-

quias y hallarás con evidencia q[u]e por

lo mas comun son los menos ladrones de

los hombres: quiero decir q[ue] los excesos

q[ue] en esta parte cometen las demas clases

 

{f.094}

94

aunq[u]e muchas veces son de menor ta-

maño casi siempre son de mucho mayor

malicia, y p[ar]a que me entiendas mas

claram[en]te me explicaré con un (simil)

 

{189} un mercader suele vender 10[mil] varas de

un genero en que usura con su falasia

10 [mil] quartillas de r[eale]s que son 312 pesos

4 v[aras]. Un abogado suele llevar 50 p[eso]s por

un escrito que no vale arriba de 10 p[eso]s

(traslado a las tasaciones q[u]e suelen ha-

cerse) en q[u]e usurea los 40 valiendose

de la ocasión (si no se vale de otras peores)

de q[ue] los escritos no se venden en la

otra puerta, ni en la otra, ni en la de

mas allá. Es constante q[u]e el mercader

estafó mucha mayor cantidad, y tal

vez en menos tiempo, q[ue] el q[ue] gastó el

abogado en hacer su escrito, y sin

embargo de todo esto pregunto ¿qual

de estos dos prójimos será el mas picaro?

 

{190} te aseguro hermano mio q[ue] si echa-

ras un compás matemático p[ar]a medir

 

{f.094a}

 

{No tiene texto}

 

{f.094b}

 

{No tiene texto}

 

{f.095}

95

todas las clases de gentes en punto de usuras,

p[ar]a cada mercader usurero q[u]e encontremos

semejante al comerciante de n[ues]tro simil,

hemos de encontrar en las demas clases

10 docenas de individuos al tenor de

aquel abogado. No quiero meter en

cuenta aquellas cosicosas q[ue] llaman ga-

jes, regalias, y percances, de miedo de

que se engrian los comerciantes, y pre-

tendan ser canonizados aun los mayores

ladrones de ellos.

 

{191} Aquellas frecuentes declamaciones

q[ue] se oyen contra los comerciantes

son regularm[en]te producidas a manera

de allá va eso, sin conocim[ien]to de causa,

sin haver visto los autos, a Dios te la

depare buena y pescala como pudieres.

 

{192} De estos errados principios, resulta q[u]e

quedan casi intactos los abusos, llevándose

de encuentro sin distinción la profesión

y la integridad.

 

{193} Tales efectos son los q[u]e se pueden espe-

rar, simpre q[u]e las causas estén envuel-

 

{f.096}

96

en la pasión de fines particulares; como

quando en tales declamaciones se dispara

atropelladam[en]te el zelo de la equidad é

integridad p[o]r libras, y el de la emula-

cion y envidia por quintales.

 

{194} Todos, todos queremos justicia, y pocos

pocos la queremos p[o]r nuestra casa. El

trascendente vicio de la lujuria tan abo-

minado de muchos, y de q[u]e efectivam[en]te

se libertan bastantes, se puede decir con

alguna propiedad, q[u]e está vestido de su

propio traje; pero el de la codicia ¡o

Santo Dios! está disfrazado con mas colo-

res que quantos ha producido la natu-

raleza. No se á q[u]e edad, estado, clase, ó

gerarquía deje de extender su imperio

y dominio: los mas escrupulosos en los

demas vicios, los rezadores, los mas san-

tularios suelen estar contraminados

y poseídos de esta casi universal plaga.

 

{195} El que juega limpio en materia de

intereses, ya tiene lo mas andado p[ar]a

ser santo; sin esta indispensable baza

 

{f.096a}

 

{No tiene texto}

 

{f.096b}

 

{No tiene texto}

 

{f.097}

97

25

es escusado  calentarse la cabeza sobre todo

lo demas.

 

{196} Todos (hablo de los codiciosos) hallan razo-

nes p[ar]a apoyar su conducta; ellos huyen

como el diablo de la cruz, de los libros

que les dicen las verdades p[ar]a el acierto de

su conducta, pensando que con ignorar-

las se eximen de la obligación de seguir-

las ¡o escapatoria infeliz y desdichada!

¡o camino derecho y trillado del infierno!

 

{197} apenas hay ninguno de todos estos

q[ue] deje de fabricarse su pedazo de teolo-

gia en la fantasia de su cerebro p[ar]a el

gasto de casa á medida de su paladar

y á medida de sus afectos y pasiones. Unos

p[ar]a sostener contra viento y marea el fa-

usto, el lujo, y otros vicios q[u]e juzgan in-

dispensables á su estado. Otros creyendo

q[ue] si se apartan de los malos medios

de que se valen p[ar]a adquirir, se verán

en la dura necesidad de perecer, y los

mas de todos hallan á su parecer un

 

{f.098}

98

grande salvo conducto con cierta practi-

ca corr[ien]te q[ue] ven establecida en el mundo.

 

{198} No hay duda q[u]e esta practica cor[rien]te los

autoriza p[ar]a proceder a su imtacion

porq[u]e desde luego tienen a cosa indeco-

rosa el irse al infierno sin su poco

q[ue] mucho de fausto y comitiva, y en

una palabra porq[u]e parece q[u]e quieren

mas bien irse al infierno acompaña-

dos q[ue] no al cielo solos.

 

{199} Oigamos todos a la majestad de Cris-

to: tratad pues de buscar el fin para

q[ue] fuisteis criados, q[ue] todo lo temporal

de q[ue] necesitareis lo tendréis no por

premio pr[incip]al de vuestras obras, sino

por añadidura= que bien viene esta

infalible promesa del q[ue] es el ser de

todas las cosas, y la suma verdad que

no nos puede engañar, con aquella

sacrílega blasfemia de los q[ue] piensan

que si apartan de los infames medios

 

{f.098a}

 

{No tiene texto}

 

{f.098b}

 

{No tiene texto}

 

{f.099}

99

de que se valen p[ar]a adquirir pereceran de

ambre.

 

{200} Estos todos a boca llena dicen q[ue] creen en

Dios, y yo les digo a boca cerrada q[u]e des-

de luego no creen a dios; pues si creen

a Dios no dudarán de sus promesas, y el

dudar de ellas es lo mismo q[ue] no tener

fee, luego su fé y creencia no es mas q[u]e

de boca; no andemos con aquí la puse.

Como quiera q[u]e el fin q[ue] me he prop[ues]to

en el presente asunto, ha sido precisam[en]te

efecto del deseo de entresacar y distinguir

lo bueno de lo malo, esto es lo licito y be-

nefico al bien comun, de lo inlicito y per-

judicial al mismo comun en el trato

y contrato; tanto de los mercaderes de

profesion, como de los q[u]e no lo son; no

deverás extrañar, ora seas comerciante

moralista, abogado, medico, alcaba-

lero, cura, arzobispo, magistrado, es-

cribano, sastre, ó peon de albañil e[tcétera]

q[ue] ya q[ue] me dediqué a promover lo

 

{f.100}

100

primero me haya tomado tambien el

pequeño trabajo de no callar lo según-

do, haciendote cargo de q[u]e de no haver-

lo hecho asi, mas bien pareceria la

obrita asunto de adulación, y lisonja

a los comerciantes, q[u]e de ilustración

y desengaño a todos los q[u]e lo son, y los

que no lo son; previniéndote tambien

q[ue] p[ar]a unas y otras reflexiones mas bi-

en me he valido del sufragio de una

dilatada practica maestra principal

de todas las artes y ciencias, q[ue] de la

fantasia de la teorica, sugeta por lo

comun a los mas crasos[49] errores, quan-

do carece del auxilio de la primera.

 

{201} Finalmente no te parezca q[u]e me

he alargado demasiado p[ar]a prologo

de una obra tan corta, pues a mi me

parece que antes me he quedado corto

en unas materias q[u]e si bien se miran

no son de menor importancia q[u]e el

asunto é idea pr[incip]al de la obra. Si

 

{f.100a}

 

{No tiene texto}

 

{f.100b}

{No tiene texto}

 

{f.101}

101

consideras q[u]e no soy acreedor á tu agra-

decimiento, no será suficiente tu ingra-

titud de apartarme del fraternal afec-

to q[ue] me debes, deseandote todo el bien

que puedo desear p[ar]a mi mismo, q[u]e es la

gracia de Dios, prenda segura del

ultimo fin para que nos crio.

 

Fin.

 

{f.102}

102

{Aparece el sello de la Biblioteca Nacional}

 

{f.102a}

 

{No tiene texto}

 

{f.102b}

 

{No tiene texto}

 

{f.103}

103

 

Ill[ustrici]mo s[eñ]or

{sello de la Biblioteca Nacional}

 

{202} En cumplimiento de lo que V[uestra] S[eñoria] I[lustricima] ordeno pase inme-

diatamente a tomar declaracion y recoger el qua-

derno de D[on] Bartolomé Arechavala, el que inmediata-

mente manifiesto su insubordinación, dudando de que

no le constaba fuese comisario del tribunal, y rehu-

sando de hacer el juramento, y aunque lo hizo despu-

es, por su decaracion, conocera V[uestra] S[eñoria] I[lustricima] su libertinaje

y como traspaso  los sagrados deberes del juramento

y que entre las expresiones que virtio fue que ni

podia ni havia de decir mas para que se perjudi-

casen otros, y que eran investigaciones que no

venian al caso sonriéndose de quando en quando

por lo que mande se suspendiese la diligencia

haciendo que el notario certificase lo que havia

declarado en forma en donde resulta perjuro, y aun-

que le hize entender la censura si revela el sigi-

lo, pero el en vista de que no quiere declarar

adonde esta el sugeto que ha fingido tiene el

libro, dice que lo recogera de el, en el termino

que cita en su declaracion. En vista de lo qual y de

q[u]e V[uestra] S[eñoria] I[lustricima] provea lo que juzgue oportuno, para prover lo

que puede resultar me ha parecido dar quenta y

no ratificarlo, pues bastante se burlo, aunque la

política, e integridad con que trate manejarme le

contubo algun tanto.

 

{203} Dios gu[ard]e a V[uestra] S[eñoria] I[lustricima] m[ucho]s a[ño]s.

 

{f.104}

 

{204} Convento de S[an] Diego de Mejico y en[er]o 19 de 1817

Ill[ustrici]mo S[eñ]or

Fr[ay] Joaquin Yañez /…/ {rubrica}

 

{f.104a}

 

{No tiene texto}

 

{f.105}

105

{205} Fr[ay] Antonio Blanco religioso Presbitero del sagrado ord[e]n de los menores, ex lector de teología, y sagrad[o]s canones Predicad[o]r conventual en el de n[uestro] s[antisimo] p[adre] S[an][50] Fran[cis]co de esta capital, y Capp[ita]n de las Capuchinas de Corpu[u]s Chisti: Como Not[ari]o de una diligencia q[u]e p[o]r superior decreto del muy Yll[ustrici]mo y S[an]to Tribunal de la Inquisición de México, practica el r[eligioso] P[resbitero] Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez, q[u]e en derecho lugar haya, digo: q[u]e=

 

{206} certifico q[u]e procediendo el r[eligioso] p[adre] Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez a practicar

su comision, p[o]r ante mi, á quien p[ar]a ella nombro de not[ari]o en la

tarde del dia catorce del presente enero, pasó conmigo á la calle

de porta=cali, y en la casa n[umero] 3 se presentó un sugeto, ya citado

de ante mano, q[u]e dijo ser , y llamarse D[o]n Bartolomé Arechabala.

 

{207} Hallándonos los tres solos, el nominado r[eligioso] p[adre] comisario exigio del

citado Arechavala el juram[en]to de estilo en los asuntos del s[an]to ofi-

cio; reusó este con alguna acrimonia[51] el prestarlo, dando p[o]r cau-

sal, el q[u]e no le constaba ser el referido r[eligioso] p[adre] legitimo, y verdadero

ministro del s[an]to tribunal. Convencido de ello, hizo la señal de la

cruz, y otorgo el juram[en]to aunq[u]e al parecer con alguna repugnan-

cia. Habiéndose procedido al interrogatorio satisfizo a las pregunt[a]s

q[u]e en su declaracion aparecen, aunque con incomodidad, q[u]e manifes-

to bastante q[uedan]do apretezado de otras preguntas dijo, q[u]e parecia se tra-

taba de examinarle hasta las sejas, y q[u]e ya no decia mas sobre el

particular aunq[u]e le costase un brazo, p[o]r q[u]e no queria q[u]e p[o]r su dicho

se siguiese incomodidad á otra persona. Por esto quedaron sin res-

puesta algunos miembros de la ultima pregunta, q[u]e se halla en
su declaracion; y sin q[u]e se le hicieran las otras, q[u]e el s[an]to tribunal

previene, p[o]r haber cerrado la puerta á ellas con su negativa ab-

soluta, el r[eligioso] p[adre] comisario mandó a mi el infrascripto not[ari]o q[u]e

cerrase la diligencia, como lo hize leyendo su dicho de verbo

ad verbum al referido D[o]n Bartolomé Arechavala, q[uie]n con el cita-

do r[eligioso] p[adre] comisario, y ante mi lo firmo de su proprio puño.

 

{208} En feé de todo firmo la presente en esta ciudad de México

en diez, y seis dias del mes de enero del año de mil ocho-

cientos diez, y siete.

 

Fr[ay] Ant[oni]o Blanco /.../ {rubrica}

 

{f.106}

 

{No tiene texto}

 

{f.107}

107

{209} Este santo oficio tiene noticia, de ha-

berle entregado a D[o]n Juan Cantera un cua-

derno manuscrito titulado ,,Consulta que

,,hizo un curioso de la ciudad de la Puebla de

,,los Angeles. Respuesta que puso un religioso

,,de la misma: replica que hizo el mismo curiozo

,,producción de un s[eñ]or d[oct]or s[ob]re el asunto, producci-

,,on de otro religioso s[ob]re el asunto. Conclusión

,,por el mismo consultante. Igualmente sabe es-

te tribunal que el expresado Cantera se presen-

to al s[eñ]or provisor por escrito solicitando la li-

cencia para su impresión, y conviniendo al

s[an]to of[ci]o averiguar, quien es el autor del expresa-

do quaderno, el dia que se lo entregaron, los su-

getos que tengan iguales ejemplares, donde

viben, sus nombres y apellidos, calles, numeros

de sus casas: para lo qual hemos acordado librar

comision en forma a n[ues]tro Comisa[ri]o de Corte Fr[ay]

Joaquin Yánez, para que haciendo comparecer

al mencionado Cantera le reciba su decla-

racion con areglo a los puntos insinuados, ha-

siéndole que exprese con toda la claridad, y

extensión s[ob]re d[ic]hos particulares: y evacua-

das que sean estas diligencias nos las re-

mitira n[ues]tro comisario, informándonos

s[ob]re el credito, ó asenso q[u]e le merezca

 

{f.108}

 

el dicho de Cantera; por cono/.../ {dificil su lectura}

al servicio de Dios que gu[ard]e a n[ues]tro co-

misario m[ucho]s a[ño]s ynq[uisicio]n de Mex[i]co 9 de enero

de 1817.

D[octo]r D[o]n Manuel de Flores /.../ {rubrica}

D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubrica}

 

A V[uestro] Fr[ay] Joaquin Yánez, Comisario de corte

de este Santo oficio.

{210} En la ciudad

 

{f.109}

109

de México en once dias del mes de enero del año de

mil ochocientos diez y siete para proceder a lo que el s[an]to

oficio me previene nombraba y nombre por notario al

r[eligioso] p[adre] Fr[ay] Antonio Blanco Capellan del conv[en]to de religiosas dez-

calzas de Corpus Cristi y habiendo aceptado el nombram[ien]to lo

admitió y juro in verbo sacerdoty [52]de hacerlo con fedelidad

y guardar secreto y lo firmó conmigo.

 

Fr[ay] Joaquin Yánez comisario /.../ {rubrica}

 

Fr[ay] Ant[oni]o Blanco /.../ {rubrica}

 

{Declaracion de D[o]n Juan de la Cantera me parece hablo verdad}

 

{211} En la ciudad de México en trece dias del mes de enero

del año de mil ochocientos diez, y siete siendo poco mas de

las quatro de la tarde ante el r[eligioso] p[adre] Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez pres-

vitero, y comisario de corte del s[an]to oficio de la inquisición

de México, y del p[adre] Fr[ay] Ant[oni]o Blanco q[u]e hace de not[ari]o en es-

tas diligencias camparecio haviendo sido llamado, y juró p[o]r

D[io]s N[uestro] S[eñ]or y una señal de cruz de decir verdad, y guard[a]r

secreto en q[uan]to supiere, y fuere preguntado una persona q[u]e dijo

ser, y llamarse.

 

{212} D[on] Juan de la Cantera natural de la ciudad de Or-

duña en el señorio de Vizcalla de treinta años de edad, no

casado, de empleo librero, q[u]e vive en la calle de las capuchin[a]s

n[umero] 5.

 

{213} Preguntado si sabe o presume la causa p[o]r q[u]e ha sido llama-

do? dijo:

que la ignora.

 

{214} Preguntado si sabe, ó ha oido decir q[u]e alguna perso-

na halla dicho ó hecho alguna cosa q[u]e sea, ó parezca ser

contra n[ues]tra s[an]ta feé catolica, ley evangelica, ó contra el rec-

to proced[e]r del s[an]to oficio? dijo

que no.

 

{215} Preguntado si sabe de un quaderno manu=escrito, sin

nombre de autor? dijo:

que no.

 

{f.110}

 

{216} Preguntado declare si ha presentado un quaderno intitu-

lado consulta curiosa, solicitando la licencia p[ar]a su impresión? dijo

que si.

 

{217} Preguntado q[uie]n es el autor de dicho cuaderno? dijo:

que lo ignora.

 

{218} Preguntado conq[u]e motivo vino quaderno a sus manos: dijo

que con ocasión de estar dando a el publico el papel titulado

noticia universal se lo franqueo un amigo p[ar]a q[u]e si le parecia

lo diese en d[ic]ho periodico.

 

{219} Preguntado q[u]e tanto t[iem]po ha tenido dicho quaderno, en

q[u]e dia se lo dieron, y q[uie]n es el sugeto de q[uie]n lo hubo, como se llama

y en donde vive? dijo:

 

{220} que no se acuerda del dia en q[u]e lo recibio, q[u]e lo tubo de D[o]n

Bartolomé de Arechavala á q[uie]n le devolvió desp[ue]s de haverlo co-

piado, y es el q[u]e tiene presentado solicitando licencia p[ar]a su impre-

sion, que el citado sugeto vive en los bajos de Porta celi n[umer]o 3.

 

{221} Preguntado si sabe q[uan]tos suget[o]s han visto dicho lib[r]o y si han

sacado algunas copias, ó tan[to]s del? dijo

 

{222} que entiende q[u]e ninguno otro sino el q[u]e declara le ha copi-

do, y asi mismo esta cierto, q[u]e mientras le ha tenido solo lo

han leido el dicho D[o]n Juan Barquera, q[u]e vive en la calle de

Jesús n[umer]o 13, y el q[u]e lo copio q[u]e no sabe en donde vive, ni como

se llama aunq[u]e le conoce de vista.

 

{223} Y habiéndole leido esta declaracion dijo q[u]e estaba bien es-

crita conforme ha lo q[u]e ha dicho, y declarado, q[u]e conforme está

escrito es la verdad, y q[u]e esto lo dice en descargo de su conciencia

se le encargó nuevamente el secreto lo prometio guard[a]r y lo

firmo de q[u]e certifico.

 

Juan de la Cantera /.../ {rubrica}

 

Fr[ay] Ant[oni]o Blanco /.../ {rubica}

 

{224} En la ciudad de México en diez y nueve dias del mes de

enero del año de mil ochocientos diez y siete, siendo las

quatro de la tarde ante el /.../{no se lee la abreviatura} Fray Joaquin Yánez Pres-

bitero y Comisario de Corte del S[an]to Oficio de la Inquisición

de México y de Fr[ay] Antonio Blanco q[u]e hace de notario en

estas diligencias, comparecio y juro por Dios N[ues]tro S[eñ]or decir

verdad y guardar secreto.

 

{f.110a}

 

{No tiene texto}

 

{f.111}

111

{225} D[o]n Juan Cantera y estando  presentes en calidad de

honestas y religiosas personas los padres Fr[ay] Jose Mar[ia]no

Montes, y Fr[ay] Fran[cis]co Gutierrez presbiteros regulares q[ue]

han jurado secreto fue preguntado.

 

{226} Si se acuerda y hace memoria haber declarado

ante ministros del s[an]to oficio contra alguna cosa

perteneciente a su conocimiento.

 

{227} Dijo y refirio substancialmente lo q[u]e convie-

ne su declaracion y pidio se le manifestace y leyese.

 

{228} Fuele dicho se le hace saber q[u]e el s[eñ]or ynquisid[o]r

fiscal del s[an]to oficio le presenta por testigo ad perpetua, rei

memoria[53] q[u]e este atento y se le lera su dicho y si en el hu-

biese q[u]e alterar, añadir o innovar lo haga de manera

que en todo diga la verdad se afirme y ratifique

en ello y luego le fue leido de verbo ad verbo el di-

cho arriba contenido, y habiendo dicho y contestado

q[u]e lo habia oido y entendido.

 

{229} Dijo que ello mismo su dicho, q[u]e el

lo havia declarado según se le havia leido y esta-

ba escrito y asentado que en ello se afirmaba y afir-

mo se reatificaba y ratifico, y si necesario era

lo decia de nuevo en descargo de su conciencia y lo

firmo de q[u]e certifico.

 

Fr[ay] Joaquin Yánez comis[ari]o /.../ {rubrica}

Juan de la Cantera /.../ {rubrica}

Fr[ay] Jose Mariano Montes /.../ {rubica}

Fr[ay] Fran[cis]co Apolinar Gutierrez /.../ {rubica}

Fr[ay] Ant[oni]o Blanco notario /.../ {rubica}

 

{230} En la ciudad de México en catorce dias del mes

de enero del año de mil ocho cientos diez, y siete p[o]r no ha-

verse encontrado en la mañana del dia, siendo las quatro, y

quarto de la tarde ante el r[eligioso] p[adre] Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez, Presbítero, y

Comisario de Corte del S[an]to Oficio, y del p[adr]e Fr[ay] Ant[oni]o Blanco, q[u]e

hace de notario en las presentes diligencias comparecio havien-

do sido citado é hizo juramento p[o]r Dios N[uestro] S[eñ]or y una señal de

cruz de decir verdad, y guard[a]r secreto en q[uan]to  supiese, y fuese pregun-

tado, una persona q[u]e dijo ser y llamarse. 

 

{f.112}

 

{231} D[o]n Bartolomé Arechavala, nativo de Gordojuela en el seño-

rio de Vizcaya, edad de treinta años no casado, comerciante, q[u]e vive

en la calle de los bajos de Porta=celi, n[umer]o 3.

 

{232} Preguntado si sabe ó presume la causa p[o]r  q[u]e ha sido llamado

dijo q[u]e no.

 

{233} Preguntado si sabe, ó ha oido decir q[u]e alguna persona halla di-

cho, ó echo alguna cosa q[u]e sea, ó paresca ser contra  n[ues]tra s[an]ta fee

catolica, ley evangelica, ó contra el resto proced[e]r del s[an]to oficio?

dijo, q[u]e no llama especie de haver oido a nadie nada.

 

{234} Preguntado declare q[uie]n es el autor de un manuscrito q[u]e tiene

y lo exiva de ord[e]n del tribunal en el acto mismo, e igualmente de-

clare q[uan]tos ejemplares hai, de q[uie]n huvo el q[u]e tiene?

 

{235} dijo, q[u]e ignora q[uie]n es el autor, q[u]e el libro no es suyo, ni lo tiene

q[u]e lo ha entregado a D[o]n Ramon de Zalazar, de q[uie]n ofrece recogerlo, y

entregarlo, y q[u]e no puede declarar mas  sobre este particular, en  con-

sideracion a q[u]e de q[uan]to exponga no se podra sacar otro resultado, q[u]e

el de entregar el unico ejemplar q[u]e sabe existe, y q[u]e ofrece present[a]r

dentro de  quince dias.

 

{236} Y habiéndole leido esta declaracion dijo q[u]e estaba bien escri-

to, p[o]r lo q[u]e el p[adr]e comisario me mando á mi el infrascripto n[otari]o

certificase la presente diligencia, y lo firmo.

 

Fr[ay] Joaquin Yánez comisario /.../ {rubica}

B[artolo]me Arechavala /.../ {rubrica}

Fr[ay] Ant[oni]o Blanco Not[ari]o /.../ {rubica}

 

S[an]to Oficio de Mex[i]co 15 de enero de 1817

S[eño]r inquisidor Flores.

 

{237} Citese por el nuncio de este s[an]to oficio a la

porteria de el tribunal a D[o]n Bartolomé de Arecha-

vala para  el dia de mañana a las diez, donde se le

reciba declaracion en forma por el comis[ar]io de corte

Fr[ay] Joaquin Yánez, y pres[en]te s[ecreta]rio, s[ob]re los puntos que,

resultan de la declaracion de D[o]]n Juan Cantera, ha-

siéndole entender q[u]e de no obedecer al mandato

del tribunal se procedera contra el como inobe-        

diente a lo q[u]e haya lugar en derecho.

/.../ {rubica}

 

{f.112a}

 

{No tiene texto}

 

{f.113}

113

{238} En la inquisición de México en diez y

seis dias del mes de enero de mil ochocien

tos diez y siete, por la mañana por ante

el Comisario de Corte Fr[ay] Joaquin Yánez

y por ante el presente secretario, parecio

siendo citado D[o]n Bartolomé de Arecha-

bala, el qual siendo presente le fue

recibido juramento en forma debida de

d[erec]ho so cuyo cargo prometio decir verdad

en lo que supiere y fuere preguntado

y de guardar secreto de lo que viere, en-

tendiere, y con el pasare.

 

{239} Preguntado como se llama, de donde

es natural, que edad, y oficio tiene.

Dijo: llamarse D[o]n Bartolomé

de Arechavala, natural del valle

de Gordojuela en el señorio de Viz-

caya, de edad de treinta años, de

ejercicio comerciante.

 

{240} Preguntado si sabe, o presume

la causa porq[u]e ha sido citado de or[de]n

del s[an]to oficio.

 

{241} Dijo que presume sea por la decla-

racion recibida por el mismo comi-

sario, de resaltar de haber quedado

en entregarle al comis[ari]o el qua-

derno, que presenta.

 

{242} Preguntado quien es el autor

de d[ic]ho quaderno. Dijo.

 

{f.114}

 

{No tiene texto}

 

{f.115}

115

para q[u]e lo leyese en ella D[o]n Jose

Maria Baroco, q[u]e se halla en el dia

en Durango: y que el quaderno lo

tubo en su poder un dia, o dos, pasados

estos se lo entrego a su dueño: y

que esta es la verdad so cargo del

juramento fecho, y q[u]e no tenia

q[u]e alterar, añadir, ni innovar,

por q[u]e como estaba escrito era

la verdad, y lo firmo de q[u]e certifico.

 

Fr[ay] Joaquin Yánez Comisario /.../ {rubica}

B[artolome] de Arechavala /.../ {rubica}

D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubrica}

 

{243} [54]Inmediatamente en d[ic]ho dia mes y año, y por

ante los mismos com[isari]o y presente s[ecreta]rio volvio a com-

parecer del orden verbal del tribunal (en q[u]e yo

el s[ecreta]rio doy fe) el d[ic]ho D[o]n Bartolomé de Arechaba-

la de quien el citado comisario recibio juramento

de decir verdad de lo que supiere y fuere pregunta-

do: y siéndolo de, por que viviendo en su misma

casa D[o]n Ramon de Salazar, que dice tenia el

quaderno q[u]e há presentado pidio en su primera

declaracion quince dias de termino para exhi-

virlo? dijo:[55] que pidio d[ic]ho termino

posi el d[ic]ho Salazar lo hubiere dado

á alguna persona de esta, ó de

 

{f.116}

 

fuera, y asi tuviese el tiempo nece-

sario p[ar]a recojerlo, mas no habiendo-

se verficado el estar prestado co-

mo lo supo horas después en que

dio la declaracion antecedente

lo recogio, y sin usar de aquello

quince dias lo ha presentado oy al

tribunal.

 

{244} Preguntado quien es D[o]n Vicente

Alvistur y Torres, cuyo nombre apare-

ce en la primera oja en blanco de

d[ic]ho quaderno.

 

{245} Dijo: que no conoce a semejan-

te hombre, ni sabe quien es.

 

{246} Fuele d[ic]ho q[u]e se hace muy imvero-

simil q[u]e viviendo con el dueño de

d[ic]ho quaderno, y habiéndolo franquea-

do p[ar]a su impresión ignore quien es

su autor, y asi por las entrañas de

Jesucristo, y por el juram[en]to q[u]e tiene

fecho se le amonesta y encarga re-

corra su memoria, y diga la verdad;

entendido en q[u]e si en algun tiempo

se supiere q[u]e ha tenido noticia de

quien es el autor de d[ic]ho papel se le

aplicaran las penas que haya lu-

gar en d[erec]ho, de las q[u]e puede libertarse

manifestando lo q[u]e se le preg[un]ta.

 

{247} Dijo: q[u]e se ratifica de nuevo q[u]e

no puede afirmar quien sea el

autor, q[u]e de oidas sabe haberse

encontrado entre los  papeles del

 

{f.116ª}

 

{No tiene texto}

 

{f.117}

117

finado D[o]n Manuel Arechavala, veci-

no que fue de la Puebla de los Angeles y

que esta es la verdad so cargo del jura-

mento fecho, y lo firmó de q[u]e certi-

fico.

Fr[ay] Joaquin Yánez comisario /.../ {rubrica}

B[artolom]é de Arechavala /.../ {rubrica}

D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubrica}

 

{248} En la Inquisición de México en diez y siete

dias del mes de enero de mil ochocientos diez

y siete, por la mañana, por ante el comisario

de corte Fr[ay] Joaquin Yánez y por ante el pres[en]te

secretario, parecio siendo citado D[o]n Ra-

mon de Salazar, el qual siendo pres[en]te le

fue recibido juram[en]to en forma debida de

derecho, so cuyo cargo prometio decir

verdad en lo que supiere y fuere pregun-

tado, y de guardar secreto de lo que

viere entendiere, y con el pasare.

 

{249} Preguntado como se llama, de donde

es natural, que edad, y oficio tiene.

 

{250} Dijo: llamarse D[o]n Ramon de Salazar

natural del valle de Gordojuela, en el

señorio de Vizcaya, de edad de quaren-

 

{f.118}

 

ta y quatro años, de ejercicio C/.../rredor

 

{251} preguntado si sabe, ó presume la cau-

sa por que ha sido citado de or[d]en del s[an]to

oficio.

 

{252} dijo: que presume sea s[ob]re un qua-

derno que le pidio d[o]n Bartolomé de

Arechavala, para entregarlo al s[an]to ofi-

cio.

{253} Preguntado: quien es el autor de

d[ic]ho quaderno.

 

{254} Dijo: que ha oido decir, que hizo una con-

sulta D[o]n Manuel de Arechavala al con-

vento de S[a]n Fran[cis]co de Puebla, s[obr]e los  puntos

q[u]e en el se contienen, y no sabe quien sea

el autor, y que d[ic]ho papel se encontro en-

tre los bienes del d[ic]ho Arechavala.

 

{255} Preguntado quien es el dueño de d[ic]ho

papel.

Dijo: ser el mismo declarante, y que

lo hubo de la casa del difunto D[o]n Jose Pala-

cio, quando este fallecio.

 

{256} Preguntado si sabe quantas copias ha-

ya de d[ic]ho, papel, y que sujetos las tengan.

 

{257} Dijo: q[u]e D[o]n Bartolomé de Arechavala

lo llebó a la librería de Benavente

y lo entrego a Cantera, con el designio

de que se imprimiera, y aun no sabe si va-

cio alguna copia p[ar]a presentarla a los di

nacio. Y que este papel se lo presto para

que lo leyesen a D[o]n Juan de Yturbide, y D[o]n

Emeterio Pastor, ya difuntos.

 

{f.118ª}

 

{No tiene texto}

 

{f.119}

119

{258} Preguntado, si sabe que alguna persona

haya dicho, o hecho alguna cosa, que sea

ó paresca ser contra n[ues]tra s[an]ta fe cato-

lica, ley evangelica, q[u]e predica, y enseña

n[ues]tra s[an]ta madre Iglesia, o contra el rec-

to modo de proceder del s[an]to oficio.

 

{259} Dijo: q[u]e nada sabe de lo q[u]e contie-

ne la pregunta. Y habiéndosele leydo

dijo q[u]e estaba bien escrito y asentado, y todo

la verdad so cargo del juram[en]to fecho, y

lo firmo de q[u]e certifico.

 

Fr[ay] Joaquin Yánez Comisario /.../ {rubica}

Ramon de Salazar /.../ {rubrica}

D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubica}

 

{Ratificación}

{260 [56] En la ynq[uisici]on de México en veinte dias del mes de enero

de mil ochocientos diez y siete por la mañana por ante

Comisario de Corte S[eñ]or Joaq[ui]n Yánez, y presente secretario

parecio D[o]n Ramon de Salazar vecino de este ciudad

del qual estando presente por honestas y religiosas-

personas los r[eligiosos] p[adres][57] Fr[ay Jose Eutor Berra y Fr[ay]

José Arenas del orden de predicadores que tienen

jurado el secreto fue recibido juramento en forma y

 

{f.120}

 

prometio decir verdad.

 

{261} Preguntado si se acuerda haver despuesto ante algun

comisario contra persona alguna sobre cosas tocantes

a la fé.

{262} Dijo que se acuerda haver echo una declaracion en es-

ta ynq[uisici]on sobre un folleto, y refirio en sustancia lo en el ello

contenido, y pidio se le leise.

 

{263} Fuele d[ic]ho, que {se} le hace saber que el s[eñ]or ynq[uisid]or fiscal del

s[an]to oficio le presenta por testigo ad perpetuam rei memo-

riam en una causa que trata con el autor de d[ic]ho fo-

lleto que este atento y se le leera su declaracion, y si en

ella hubiere que alterar, añadir, ó emendar lo haga

de manera que en todo  diga verdad, y se afirme, y ra-

tifique en ella por que lo que haora dijere para perjui-

cio a d[ic]ho autor y le fue leida de verbo ad verbum /.../

su declaracion arriba contenida, y haviendo el citado

D[o]n Ramon de Salazar d[ic]ho que la havia oydo  y entendido.

 

{264} Dijo que aquella era su declaracion, y el la havia d[ic]ho

según se le havia leido, y estaba bien escrita, y asentada

[58]y que solo tiene que añadir, que el folleto se-

gun le parece lo pudo remitir desde Puebla

D[o]n Rafael de Voz y Monforte, q[u]e al sa-

zon se halla en España, y que habiéndolo

visto el declarante un cajon de la mesa

de D[o]n Vicente Alvitrea q[u]e vivia en la ca-

sa de D[o]n Matheo Palacio, y q[u]e este se

embarcó p[ar]a el otro reyno, q[u]e no escru-

pulizo[59] p[ar]a cojerlo por parecerle ser un pa-

pel inútil; y que esta es la verdad so

cargo del juram[en]to hecho, y que no tiene

que alterar, añadir, ni enemendar.

 

{f.120a}

 

{No tiene texto}

 

{f.121}

121

en la que se afirma y ratifica, y lo fir-

mó de q[u]e certifico.

 

Fr[ay] Joaquin Yánez Comisario /.../ {rubrica}

Ramon de Salazar /.../ {rubrica}

Fr[ay] Jose Eustaq[ui]o Berra /.../ {rubrica}

Fr[ay] Eusebio Arenas /.../ {rubrica}

D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubrica}

 

{265} [60]En la inquisición de México en veinte dias del mes de ene

ro de mil ochocientos diez y siete por la mañana por

ante el comisario de corte Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez y presente se-

cretario parecio D[on] Bartolomé Arechavala vecino de esta

ciudad del qual estando presente por honestas y religiosa

personas los r[eligiosos] p[adres][61] Fr[ay] Jose Eustaquio Berra y Fr[ay] Eusebio

Arenas del orden de predicad q[u]e tienen jurado el secreto fue

recivido juram[en]to en forma y prometio decir verdad.

 

{266} Preguntado si se acuerda haber depuesto ante algun

comisario contra persona alguna sobre cosas tocantes a la

fee.

{267} Dijo: que se acuerda haber hecho una declaracion

en esta inquisición sobre un folleto y refirio en substan-

cia lo en ella contenido y pidio se le leyese.

 

{268} Fuele dicho q[u]e se le hace saber q[u]e el s[eñ]or ynquisid[o]r

fiscal del s[an]to oficio, le presenta por testigo ad perpetua rei

memoria en una causa q[u]e trata contra el autor de d[ic]ho

folleto, q[u]e este atento y se le lera su declaracion y si en

ella hubiere q[u]e alterar añadir o enmendar lo haga de

manera que en todo diga verdad y se afirme y ratifique

en ella por q[u]e lo q[u]e ahora digere parara perjuicio al d[ic]ho

 

{f.122}

122

autor. Y le fue leida de verbo ad verbu d[ic]ha su declarac[io]n

arriba contenida. Y habiendo el citado D[o]n Bartolomé Are-

chavala dicho q[u]e la habia oido y entendido.

 

{269} Dijo: q[u]e aquella era su declaracion y el la ha-

via dicho según se le havia leido y estaba bien escrita

y asentada, [62]y que no tenia que añadir, ni quitar

por q[u]e como  estaba escrito era la verdad

y en la que se afirmo, y ratifico, y lo fir-

mo de q[u]e certifico.

 

Fr[ay] Joaquin Yánez Comisario /.../ {rubrica}

B[artolo]me Arechavala /.../ {rubica}

Fr[ay] Jose Eustaq[ui]o Berra /.../ {rubrica}

Fr[ay] Eusebio Arenas /.../ {rubrica}

D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio

 

{Aparece el sello de la colección a la que pertenece este documento y aunque el doc[umento] actualmente tiene el número 371, en el sello aparece el número 370}

{Debajo del sello aparecen unas anotaciones que no parecen ser del documento, pues estan escritas con otra letra y lengua}

 

{f.123}

 

{No tiene texto}

 

{f.124}

 

{No tiene texto}

 



[1] Aparecen dos anotaciones, una es de Goupil, y la otra parece ser posterior, estas no se transcribieron.

[2] En todo el párrafo se nota otra letra, lo que nos indica el cambio de escribano.

[3] A partir de este párrafo vuelve a cambiar la letra, lo cual indica el cambio de escribano.

[4] Otros significados de la palabra: discute litiga o disputa.

[5] Se desligó el símbolo que representa a la palabra etcétera.

[6] Otros significados de la palabra: laico novicio o profano.

[7] Tal vez estos nombres corresponden a los autores de los libros citados en el texto.

[8] Las palabras en cursivas, parecen ser de otra lengua, pues no se comprenden.

[9] En estos párrafos se observa una letra distinta, lo que nos indica el cambio de escribano.

[10] En este párrafo se observa distinta letra, lo que nos indica el cambio de escribano.

[11] Al parecer es una estrofa en latín.

[12] Las notas o renglones en latín se pondrán en cursivas para su mejor identificación.

[13] No se distinguen bien las letras, para desencadenar la abreviatura.

[14] En estas abreviaturas donde solo parecen D.D. se infiere que su significado sea de acuerdo al contexto.

[15] Todo el párrafo tiene diferente letra, lo que indica el cambio de escribano, además no sigue la secuencia de lo argumentado en el texto de la foja anterior.

[16] En esta abreviatura puede ser m[ay]or o m[en]or, pues la terminación corresponde a estas dos palabras.

[17] La P. que aparece en el texto probablemente corresponda al termino Padre pues en fojas anteriores si se escribe la palabra completa.

[18] En todo el párrafo se observa el cambio de letra, lo que nos indica el cambio de escribano.

[19] Disenso, quiere decir, desacuerdo o discordia.

[20] Sofismas, quiere decir argucias, falsedades, falacias, engaños etcétera.

[21] Cavilaciones, quiere decir, preocupaciones, pensamientos, reflexiones, abstracción, etcétera.

[22] Sediciosos, quiere decir insubordinados, revolucionarios, o insurgentes etcétera.

[23] En toda la foja se observa letra diferente a la de la foja anterior, lo que nos indica el cambio de escribano, pero también en la parte inferior de la foja aparece la silaba “Me” misma que puede corresponder a la continuación de la foja 000s, pero que por cuestiones técnicas aparece antes de esta.

[24] Al parecer esta foja es la continuación del texto de la foja anterior f.000r.

[25] En todo el texto se observa diferente letra a la anterior foja, lo que nos indica el cambio de escribano.

[26] En esta abreviatura podría ser señor o santo, pues es difícil plantearlo con seguridad, ya que solo aparece la s. lo mismo para la abreviatura anterior donde aparece la p.

[27] A partir de este renglón la letra cambia, lo que indica el cambio de escribano.

[28] A partir de este renglón se observa diferente letra lo cual indica el cambio de escribano.

[29] La abreviatura pudiera ser padre, pues es difícil saber ya que solo aparece la P.

[30] El número uno tal vez indique aun, pero es difícil precisarlo.

[31] La palabra significa  petición o postulación.

[32] La palabra significa: obstáculos, dificultades, dolores o penas.

[33] En esta abreviatura se tiene duda.

[34] Otros significados para esta palabra, son: honorable, venerable o respetable.

[35] Otros significados para esta palabra, son: fiador, asegurador o responsable.

[36] Significados de la palabra: incuestionables, innegables o indiscutibles.

[37] Se desconocen la otras dos abreviaturas R.P.

[38] Significados de la palabra: termino, finalizar, concluir.

[39] Significados de la palabra: terminar, concluir,  completar.

[40] Significado de la palabra: penetrarse, atravesarse, pasarse.

[41] Significado de la palabra: lacra, falla o falta.

[42] Significado de la palabra: depurados o refinados.

[43] Significado de la palabra: asombro, admiración o ademan.

[44] En estas palabras como: magistrado, religioso y padre, que en el texto aparecen como abreviaturas M.R.P., se desencadenaron de acuerdo al contexto del discurso que presenta el Doc. Por ello las palabras pudieran estar en duda.

[45] En el texto solo aparece P., por lo que de acuerdo al contexto se desencadeno la abreviatura a padre.

[46] Probablemente la palabra correcta sea paralelo.

[47] Se desencadenó la abreviatura, pero el significado puede variar solo se leeyó de acuerdo al contexto.

[48] El sinónimo de la palabra es: gordas, obesas o gruesas.

[49] El sinónimo de la palabra: es grande, o gordo.

[50] En estas abreviaturas N. S. P. S.  es difícil saber cual su exacta lectura y se desencadenan de acuerdo al contexto, pero tomando en cuenta que no necesariamente sea esta su lectura pues se puede caer en el error.

[51] Otros significados de la palabra son: irritación, aspereza.

[52] Al parecer esta breve estrofa esta escrita en latín.

[53] Probablemente esta estrofa este escrita en latín y se transcribio en cursivas para su mejor identificación, por lo cual todas las estrofas que parezcan latin se identificaran con cursivas dentro de la transcripcion.

[54] A partir de este párrafo se observa el cambio de escribano.

[55] Hasta aquí se observó el cambio de letra.

[56] A partir de este renglón se observo el cambio de escribano.

[57] Probablemente en estas abreviaturas se repite R.R.P.P., porque son dos personajes a los que se nombran.

[58] A partir de este renglón de observó el cambio de escribano.

 

[59] Al parecer la palabra es escrupuloso.

[60] A partir de este párrafo se observa el cambio de escribano.

[61] Se repite la forma de abreviatura R.R.P.P.

[62] A partir de este renglón se observa el cambio de escribano.


 
Facsimilar Presentación