TRANSCRIPCION PALEOGRAFICA
{f.000a}
N. 371{aparece en la parte superior de la foja} INQUISITION DU MEXIQUE 1817
{f.000b}
Manuscrit un volume in-folio relié en basane rouge 136 pages Ynquisition du Mexique en 1817. No. 371{el número uno aparece sobre un cero}
{f.000c}
No. 370 {el número aparece dentro del sello de la colección a la que pertenece}
Volume composé de 2 parties: 1º- de 20 pages 2º- de 122 pages 23 fuillet 1898
{f.000d} 1 {1} Ynq[uisició]n de México año de 1817
No. 370{el número aparece dentro del sello que indica la colección a la que pertenece} {abajo sello de la Biblioteca Nacional de Francia}
{2} Expediente formado con motivo de un folleto remitido por el s[eñ]or provisor de este arzobispado titulado, consulta que hizo un curioso de la ciudad de la Puebla de los Angeles, respuesta que puso un re- ligioso de la misma, replica que hizo el mismo curioso, producion de un s[eñ]or d[oct]or s[ob]re el asunto, producion de otro religioso s[ob]re el asunto conclusión por el mismo consultante
S[ecreta]rio Chavarri /.../ {rubrica}[1]
{f.000e}
{no tiene texto}
{f.000f} 3 /México Noviembre de 1816. Pasé a el s[eñ]or D[oct]or D[on] José Mariano Bereistain Dean [decano], dinidad de esta s[an]ta Yglecia catedral; el quaderno q[u]e relaciona. este ocurso, para su s[eñ]or provisor. sensura, y con lo que su señoria informare dese cuenta: asi lo decreto el s[eñor] pro- visor [etcétera] y lo ru- brico Nicolas Paradina Not[ari]o May[o]r/ /.../ {rubrica} {todo el párrafo aparece con letra grande y fuera del renglón}
{3} D[o]n Juan de la Cantera ante la bondad de V[uestra] S[eñoria] con el debido respeto dice: que le han entregado el adjunto cuaderno sobre consulta que hizó un curioso de la Puebla acerca de los usureros para imprimirlo en el periodico titulado el noti- cioso general; por lo que siendo del agrado de V[uestra] S[eñoria] le suplica se digne concederle su licencia para su impresión.
{4} Por tanto en que V[uestra] S[eñoria] se digne concederla recivirá merced. S[eñ]or provisor. Juan de la Cantera /…/ {rubrica}
/S[eñ]or provisor: Sin embargo se q[u]e obligaciones urgentes, se que no me es posible prescindir, me ocupan y llenan los pocos huecos de tiempo y salud, que me permite/ {en este párrafo se observa letra distinta, lo cual nos indica el cambio de escribano el párrafo continua en la siguiente foja}
{f.000g} actual enfermedad bien publica, y bien notoria a V[uestra] S[eñoria] por complacerle y obedecer el decreto de V[uestra] S[eñoria] de 5 del corriente, que recibi el día 12 del mismo, he leido el papel anónimo, que remite, y le titula: Consulta que hizo un curioso de la ciudad de la Puebla: resp[ec]to á ella de un religioso: replica del curioso: produc- cion de un d[octor] sobre la consulta: dictamen de otro reli- gioso: y conclusión del asunto por el mismo consultante.
{5} La circunstancia de anónimo era en mi concepto suficiente para impedir la licencia de V[uestra] S[eñoria p[ar]a la impresión q[u]e le solicita o a lo menos para dificultarla. Y mucho mas quando la ma- teria de todo el manuscrito es de las mas delicadas; quando la intención del consultante es echar por tierra una doctrina de la teologia moral no solam[en]te recibida general- mente en las escuelas catolicas; sino fundada y autoriza- da por los teologos mas sabios, y los pontífices mas venera- bles; y quando con el mayor desprecio y osadia se burla de la opinión, credito y ciencia de todos los doctores indistantem[en]te y de las sagradas religiones en las personas de los religiosos y del don q[u]e supone le contestaron.
{6} Por otra parte el autor es un bellaco filoso- fo político, q[u]e para establecer el sistema de libertad en el comer- cio, cosa q[u]e pudo hacer como la han hecho mil estadistas político-economicos, se vale de insultar a los teologos
{f.000h} 5 moralistas con la /.../ /.../ de /.../ {no se pueden leer estas palabras} á consultarles sobre un punto, que el ya tenido decidido en su entendim[ien]to y en su corazon. Para ello ha compuesto una mole indigesta, y una algarabía de especies, en que ya tira contra los comerciantes, ya les defiende; ya declama contra los avarientos, codiciosos y usureros ; y ya les ensancha las conciencias y les paladea con la libertad de vender y comerciar al precio que quieran. Y al paso no perdona clases ni dignidades, á quienes no ase coja ó no salpique con su pluma ó con su lengua.
{7} En fin, s[eñ]or vicario gen[eral] por mi dictamen no debe imprimerse el papel, q[u]e V[uestra] S[eñoria] me remite, y q[u]e de- vuelvo V[uestra] S[eñoria] decretará como si[e]mpre lo mejor Me- gico 20 de nov[iembre] de 1816. D[octo]r Jose Mariano Beristain /…/ {rubrica}
{8} P.D. No estoi lejos de asegurar á V[uestra] S[eñoria] que en los papeles del consultante y en su pos=logo hai alguna proposición, q[u]e merece confiar teologica. D[octo]r Beristain /.../ {rubica}
Mexi-
{f.000i}
co noviembre 26 de 1816
{9} Con vista de lo q[u]e se expresa en el informe de la buelta, y para mejor prover, pase el quader- no q[u]e menciona, á el r[everendo] p[adre] exprior del convento de carmelitas de esta capital Fray José de San Bartolo- me y con lo que informare desde cuenta asi lo decreto el señor provisor vicario g[ene]ral [etcétera] y lo rubri- co.[2] R. /.../ {rubica} Juan Mariano Diaz Not[ari]o Oficial Ma[y]or. /.../ {rubica}
Señor provisor.[3]
{10} El asunto del adjunto quaderno que devuelvo á V[uestra] S[eñoria] es de lo mas espinoso y delicado que puede ocurrir, como que para hablar del dignamente nada basta la practica solo, ni tampoco solo la teo- rica de las doctrinas ó principios, sino que precisam[en]te se requieren ambas juntas. Por esta causa es ya mui frequente y antiguo en este reino despreciar nuevamente mercaderes y teologos moralistas, condenándolo estos á aquellos en todos sus estilos y tra- tos, en fuerza de doctrinas generales ó mal entendidas, ó mal a- plicadas, o sin encargarse de las excepciones que llevan consigo
{f.000j} 7 todas las reglas aun las mas universales, según la ocurrencia y concurr/a/{sobre el renglón} la circunstancia: y por el contrario dándose los mercaderes por libres y se- guros en todas sus cosas, á pr[e]testo de la ignorancia con que se producen m[uc]hos ministros del altar, de la impropiedad y generalidad con que hablan, en una materia en que faltándoles la practica y manejo proprio de ella, /...//.../ cre- en les falta lo mas: esencial para hablar /.../ con acierto. El folleto es innegable arguye[4] con razones, quando no indisolubles, si bien aparata- das y vestidas, que para desatarlas no bastan qualesquiera palabras ni dis- cursos: abunda en especies no comunes ni vulgares, que á manera del ar- gumento principal piden especial examen y conocimiento: trae ejemplos terminantes y evidentes para fundar excepcion ó /.../solucion separada, yá que no lo sean para las generalidades que pretende: distingue mui bien con falso ó verdadero zelo los usos de los abusos del comercio, declaman- do enérgicamente contra lo uno, quanto exige la protección de lo otro, para fomentar la libertad del comercio, que es un bien universal de to- dos, y á que todos deben cooperar mientras que á las claras no se com- prometa la religión y buenas costumbres [etcétera][5].
{11} Sin enbargo como al mismo tiempo se introduzga el amor sumamente penetrado de soberbia, presunción, y arrogancia, supo- niendo como inconcuso lo que a lo mas podia ser objeto de discusión, fun- giendo gages de maestro, inventor, y descubridor, en lo que debia /pro/{poner} como discípulo humilde que trataba de averiguar la verdad y no sacar gran- geria de ella, produciendo proposiciones censurables aun en el sentido
{f.000k}
benigno que pueden admitir, destruiendo {con equivocación} nociones antiguas entre juristas y moralistas, al paso que substituie otras nuevas, hablando de estas en gen[era]l y demas cuerpos literarios en cierto tono despreciante, yá satirico, ya ironi- co, principalmente en los tres consultores que fingida ó realmente hablan en el folleto, regulando á todos por ellos, y haciendoles hablar en termi- nos sumamente {vagos} y abstraídos para quedar el triunfante sobre todos: final- mente siendo cierto que de su impresión necesariamente se havia de seg[ui]r escandalo en los buenos, exaltación y engacimiento en los mercaderes, prin- cipalmente los menos arreglados, y sobre todo la mengua de todo el est[ad]o eclesiástico aun el respetable de nuestros mayores, viéndose como corregí- do y doctrinado por un triste lego[6] desconocido [etcetera] soy de dictamen conforme al juicioso y solido del s[eñor] Beristain precedente, no solo de que ninguna manera se imprima, si tamvien de que se delate yu mita por V[uestra] S[eñoria] al santo tribunal de la inquisición, por las razones sig[uien]tes yá generales yá particulares.
{12} Primera. En la regla 10 del expurgatorio se manda de- latar los libros anónimos de doctrinas dudosas y sospechosas. Ambas cosas se verifican en el presente folleto, y por lo mismo debe juzgarse prohibí- do para correr.
{13} Segunda. En el mismo expurgatorio regla 11, se prohíbe todo lo que de algun modo ceda en burla y satira de las perso-
{f.000l} 9 nas eclesiasticas y de sus cuerpo. En el particular se esmera este fo- lleto llevando de encuentro con sus mordaces y acres censura á todo el to- rrente de teologos, moralistas y juristas, sin distinción ni modificación al- guna, siendo así que muchos fueron pontificos, otros cardenales, otros doc- tores de la iglesia, otros obispos, otros catedráticos celebres de universi- dades, otros prelados de sacratísimas religiones [etcétera]. Asi lo hace en la pag. {17}, 22,78, y mas en la 87 adonde los trata de atolondrados é ignorantes, no como quiera sino ere[j]es ó culpables, sin reflejar que una doctrina comúnm[en]te asentada entre los teologos, funda argumento cierto seg[u]n los savios Cano y Ben[i]to 14.[7]
{14} Tercera. En la regla 16. del d[ic]ho espurgatorio se dan por prohibidos, primero las voces nuevas y profanas que pueden influir en las malas costumbres, segundo la exposición de la santa escriptura contra el sentido comúnmente recivido de padres y expositores, y lo tercero las palabras dudosas y equivocas que pueden mover á los lectores á opiniones ma- las y nocivas todas tres juntas se hallan en el folleto. Consta lo 1°. de la pag. 86 en que el mismo autor se reconoce y confiesa inventor de su doctrina lo qual como sea en materia de costumbres, y tan peligrosa como la de comercio y contratos, ya se deja entender que la novedad es de las mas temerarias y fanaticas, capaz de producir muchos males en las conciencias, y por eso es regla general que asi como en las ciencias na- turales pueden ser utiles las invenciones y novedades, en la teologia siem- pre son malas, por quanto toda ella la recivimos de J[esus] Christo, sus a- postoles y p[adres] de la iglesia. A esto se añade la novedad de otras va-
{f.000m}
ces, igualmente influentes en las costumbres: por ejemplo tomar por usu- ra todo lo mal adquirido en qualquiera contrato y no lo que se lleva por prestar, como se colige de las pag. 2 lin.2 pag. 40 y 41: item ase- gurar (pag.22, asta 28) que el valor de la moneda aun el extrimero, y que el con la mas torpe equivocación llama siempre intrínseco, es tan va- rio, inconstante, y mudable como el de qualquiera mercaduria, lo qual hace con el fin de que considerándose el dinero como tal, se pueda gan[a]r en el prestándolo, del mismo modo que se gana en aquellas, como claram[en]te se explica en las pag. 36 y 37.
{15} Consta lo 2°. de dos textos que expone contra el sentido comúnmente recivido de padres é ynterpretes. Vaya el prim[er]o.
{16} En la pag. 33. hablando del texto de S[an] Lucas, mutum date nil inde spe- rantes,[8] dice que es de consejo y no de precepto. Las primeras palabras es constante son de consejo, peroo no las segundas, y como el hable de estas, es manifiesto que su proposición es nueva, temeraria, falsa y escandalo- sa, según la comun de los a[postoles] a[utoridades]. En la pag. 43 y 89 hablando del texto que enseña es mas facil entrar un camello por el ojo de una aguja, que un rico en el cielo, y suponiendo como es cierto, se entiende de los ricos que tien[e]n apegado el corazon al dinero {no solamente} asegura que el tal texto habla juntamente de ricos y pobres, si tamv[ie]n que ese apego en que se funda el texto es mas co- mun á estos que aquellos. Esto es un error intolerable, cuia admisión causaria muchos perjuicios en las costumbres, y cuia doctrina trastornar{a} todas las recividas asta ahora. Una cosa es la razon formal del texto, otra las personas a quienes se aplica. En cuanto a lo primero ha- bla con todos, porque á todos conviene la posibilidad del apego. En
{f.000n} 11
{17} Rec[uer]da en 3 de enero de 1817. Señor Inquisidor Flores
{Formese expediente con este oficio, y diligencicias q[u]e remite el s[eñ]or provisor, acusesele el recubo, y librese comi-} sion en forma al comisario de corte Fr[ay] Joaquin Yánez, para el examen de D[o]n Juan Cantera, a fin de que exprese quien es el autor del folleto, que dia se lo entregaron, q[u]e sujetos tenyan igual ejemplar, donde viben, sus n[omb]res apellidos, calles numeros de casas, y con lo q[u]e resulte de su cuenta. /.../ {rubrica} {Con fecha de 9 del mismo se libro la comision con areglo al decreto.}
{Por decreto de hoy, hé mandado parár á ese santo tribunal de la inquisición, un folleto manuscrito que se presentó en este provisorato pidiendo licencia, q[ue] denegue, para su impresión. Lo acompaño á V[uestra] S[eñoria] juntamente con las censuras de las dos personas que lo revisaron y aunq[ue] el parece anomimo puede saverse su autor por medio de la persona que lo presentó. Dios}[9]
{f.000ñ}
guarde á V[uestra] S[eñoria] m[ucho]s a[ño]s México 2 de enero de 1817. {Felix Flores Alatorre /.../{rubrica}}
{18} Contestación Se ha recibido en este tribunal el oficio del V[uestra] S[eñoria] de 2 del pres[en]te con el folleto y censuras q[u]e le acompañan. Lo que comunico a V[uestra] S[eñoria] en contestación al precitado oficio. Dios gu[ard]e a V[uestra] S[eñoria] m[ucho]s a[ño]s Mex[i]co 4 de enero de 1817. Manuel de Flores. S[eñ]or D[o]n Felix Flores. Alatorre, Prov[iso]]r y Vic[ari]o Gen[era]l deste arzobis- pado.[10]
{19} S[eñ]or Inquisidor Decano D[octo]r D[o]n Man[ue]l de Flores}
{f.000o} 13 {probablemente esta foja sea la continuación de la f.000m, ya que el trazo de la letra es similar, por lo que puede inferirse la continuidad del texto en esta foja, pues el documento así fue enviado de la BNF}
{20} Quanto a lo 2º. habla precisamente de los {como consta de sus palabras} ricos, ya porque la sagrada escriptura está llena de cominaciones contra ellos y ninguna contra los pobres por pobres, yá porque haciendose aquellos tales por medio de la negociación, esta está llena de peligros, injusticias, mentiras y usura, por cuia causa se considera por los padres, canones, y autores graves, a- fecta de cierta torpesa inseparable, y yá porque para un pobre ape- gado al dinero, corresponden mui bien cien ricos [etcétera. Por tanto seme- jante exposición es ridícula, extravagante, {escandalosa} y temeraria, tanto mas que el anónimo ningun expositor ni autoridad cita por su parte tamvien con- funde (pag. 43, 44) la miseria con la pobreza.
{21} Consta la 3 parte de la enorme equivocación con que se produce en nociones comúnmente recividas, y que por solo su anto- jo y /.../ capricho quiere invertir tal es la de llamar (pag. 49.) al pedir limosna cierto genero de comercio tal la de decir que {en} las ca- pellanias (pag. 36.) y demas censos redimibles se da dinero á logro, queriendo de ese modo cohonestar el que se percive del dinero en quan- to prestado tal el asegurar absolutamente que todos son comerciantes (pag. 48) con el fin de santificar a los {mismos} comerciantes y todos sus tratos; proposiciones todas como se deja entender falsas, perniciosas, escandalosas, atentos los fines del autor, que son ampliar las costumbres y prac- ticas del comercio, sin las cortapisas y trabas que les pone la sana mo- ral, y queriendo contra todo derecho y razon, no solo ser jueces en una cosa en que son partes tan interesadas, si tamv[ie]n á mas de eso se les venere y den las gracias por sus inventos especiosos.
{f.000p}
{22} Quarta. La usura esta prohibida por todos derechos divinos, natural y humano, conforme a la comun de los a[postoles] a[utoridades] en terminos que el con- cilio vieneme general (elementin unica de usuris & unico)[11] mande se castigue como hereje al que pertinazmente afirmare no es pecado. El autor del folle- to no solamente lleva este error, sino que de su confesión se infiere la prac- ticó continuamente. Lo primero consta de su exposición al comun texto de S[an] Lucas apuntada arriba, y lo segundo de lo que dice (pag. 38) de haver recivido dinero á logro libremente al 0 por ciento, en todo el tiempo que lle- va de mercader, que según el (pag. 3) son como 30 años. Si esto lo dijese de ahora que es tiempo de insurreccion, no haria tanta fuerza, por ser suma la escased del dinero, y los titulos del daño emergente y lucro cesante que cohonestan el darlo y recivirlo, con /.../ el del peligro de perderlo, mas ciertos y fuertes que nunca. Pero entendido de atrás en que el dinero abundaba tanto, y que mucho se daba {asta} el 4 por ciento, hace sospechoso ó de que el hecho no fue cierto, ó de que si lo fue se cometia verdadera usura, por el exceso del premio. Si por llevar la usura toca su conocimiento al santo oficio, por practicarla toca á V[uestra] S[eñoria] conforme al sapientísimo Papa Ben[ito] 14 de syno dieces. ubi de usuris[12] cap[itulo]9 ib[ro] 9 f[oja] 2. Es verdad que el anónimo pare- ce a las veces condenar las usuras, pero es solo aparentemente y en virtud de la suma equivocación con que las toma, según apunté arriba. Segun el toda ganancia que lleva consigo alguna trampa ó injusticia es usu- ra, y deja de serlo quando no existe nada de eso; y aun hablando de la q[u]e se adquiere por el dinero intransitivamente sin intervenir otro contrato,
{f.000q} 15 solo la llama usuraria (pag[ina] 47) quando el mutuataria este en /.../ y padecen violencia en pagarla, de que se sigue que siendo por su utilidad y con su voluntad, ya no lo sea en fuerza de sus principios (pag[ina] 47). La ma- ior prueva de que la usura con esta restricción es conforme a su mente, es que en toda su obra no mienta siquiera una vez los titulos de lucro ec- sante, daño emergente, ni peligro extraordin[ari]o del capital, que son los que co- munmente se alegan para recibir logro del dinero. Por esta razon con- cluie mui bien el s[apientisimo] bendi[to] 14 citado por el p[adre]. Belza (tom[o] 3 de perm/.../ne[13] n[úmero] 59) que los cambios /.../ {obliguen}, son usurarios.
{23} Quinta. Aunque la razon natural la numeran los teologos ent[r]e los lugares teologicos para provar sus aserciones, es solo como lugar extrince- co dependiente y subordinado a los intrínsecos quales son la santa escript[ur]a, concilios, padres y teologos, á quienes debe servir como una mera esclava y criada. A la falta de esta doctrina (suenan hablando de ese lugar) atribuyen los soveranos pontífices condenadores de muchas proposiciones del provabilísimo.
{24} Como lajas, escandalosas, y perniciosas [etcétera] el que sus autores huvieran desba- rrado tan temerariamente, estribando demasiado en la razón y despreciando la autoridad, y en el mismo principio han estribado muchos herejes que- riendo medir p[o]r aquella los dogmas de la religión. Aunque el anónimo no tenga este error en la mente, es constante que en la practica lo sigue, como se vee en la pag[ina] 7, adonde hablando con el religioso franciscano consultor, le pone por condicion el omitir toda autoridad, y si solo ponerle razones con- vincentes. Dejando aparte la suma implicancia con que procede, usando
{f.000r}
y exponiendo textos a sus fines, (pag[ina] 24,44,98) al tiempo mismo que los prohíbe al otro, es preciso graduar su proposición de subversiva del buen or- den, nociva a las costumbres, y errónea en materia gravísima, qual es la seguridad de la conciencia en los tratos de que se trata aquí, tanto mas q[u]e los autores fundan sus determinaciones no en su dicho, sino en razones for- tisimas, sin querer sean creidos como quando se trata de articulos de fé.
{25} Sexta. Que la practica mercantil haia de ser total raz[o]n decisiva, como quiere el anónimo pag[ina] /.../ {30 y 100} en el asunto presente, tiene dos equivocaciones mui erróneas y perjudiciales. Primera. Que en ninguna facultad puede servir ella sola para todo, y menos para en- señar á todo el mundo y en todo genero de tratos y contratos como pre- tende pag[ina] 99. Para enseñar es necesario {no solo} lo que se ha de hacer, sino el porque y como, lo qual no puede hacerse sin el conocimiento cienti- fico de aquellos. Segunda. Una cosa es la practica mercantil en orden á buscar y aumentar el caudal, otra en orden á rectificar y asegurar la con- ciencia. Para lo 1°. es innegable su conducencia y tino, como que el mas ruin mercader save mas en el caso que el mas consumado teologo. Para lo segundo es una ilusion y capsiosidad alegar la {tal} practica, una doctrina errónea, inductiva de falsa confianza temerarias presunciones, como que sus resoluciones no dependen de los principios mercantiles, aunque ayudan para instruir los hechos, sino de los propios y especificos de la jusrispru- dencia civil y moral.
{26} Séptima. Que adonde prospera la religión hai a de pro-
{f.000s} 17 [Mé]xico y enero 2 de 1817
{27} Vistas las censuras que anteceden del s[eño]r Dean [decano] D[octor] D[on] [14]Jose Mariano Beristain y del r[eligios]o padre Fr[ay] Jose de San Bartolomé, de conformidad con lo que en ellas se califica: no ha lugar á la im- presion del folleto anónimo presentado por Don Juan de la Cantera: pasese todo original al s[an]to tribunal de la inquisición, dirigiéndoselo cerra- do, y con el correspondiente oficio, por medio del señor inquisidor decano, para las providencias que s[u] s[eñoria] y ma[s] tenga á bien tomar. Assi lo prover el s[eño]r provisor vic[ari]o g[ene]ral de este arz[o]b[is]p[ado] y lo fir- mó por ante mi de que doi fee.[15]
At[entamente] Flores /.../ {rubrica}
Juan Mariano Diaz /.../ {rubrica}
{28} Por orden verbal de los s[eño]res ynq[uisido]res Pereda, y Tirado manda not[ari]o oficial m[ay]or[16] [manda]ron sacar copia de las dos calificaciones anteriores, y que se le remitiesen al p[adre][17] Fr[ay] Jose de S[a]n Bartolomé, las q[u]e se le remitieron en veinte y siete de sep[tiemb]re de mil ochocientos diez y siete[18]
Chavarri s[ecreta]rio /.../ {rubrica}
{f.000t}
{No tiene texto}
{f.000u} 19 creer que los padres no entienden de comercio para decretar lo licito é ilicito: finalmente que no hai mas regla que vender como se puede y com- prar del mismo modo [etcétera] fui mercader, y aunq[u]e entonces no estaba la pro- fesion tan corrupta como ahora, puedo asegurar que ese conocimiento produjo mi vocación. El autor del folleto es de lo mas sobervio y arro- gante que se quiera penar, pues no solo há creido bá a ensenár a todo el mundo, sin excluision del s[eñor] arzobispo, (pag[ina] 99) sino que parece ha- ce un desafio á todo el estado eclesiástico, sobre el seguro de no poder perder, (pag[ina] 22) aunq[u]e le asalten dice 70 mil moralistas, y soltando continuam[en]te contra las escuelas ridículas satiras, las mas veces sobre sup[ues]tos falsos.
{29} En este concepto juzgo conveniente una impugn[acio]n seria del tal folleto, como que metiendose el mismo en el fuego, solicitando la impres[io]n en una cosa en que debe suponer el disenso[19], es lastima perder ocasión tan oportuna. De este modo los buenos que nunca faltan aun en la misma mercancía, seran sostenidos, la verdad se vera defendida de tan- tos sofismas[20], cavilaciones, y apariencias, y los malos quedaran confun-[21] didos y aterrados, sopena que de lo contrario nuestro silencio sera con- firmac[io]n de sus errores y orgullo. Este es mi sentir, salvo otro me- jor. Convento de N[uestra] S[eñora] del Carm[e]n y dic[iembr]e 29 de 1816.
Fr[ay] José de S[an] Bartolomé /.../ {rubrica}
{30} Posdata. Su modo de explicarse del folleto sobre los magistrados y potestad publica puede con fundam[en]to graduarte de sediciosos[22]. Vease pag[ina] 19 y 67. En la 1ª. esta se funde generalm[en]te las posturas publicas en motivos particular[e]s. En la 2ª. parece negar la oblig[acio]n de sus precios, quando no admite mas generos q[u]e lo estanca den y no estancados, excluiendo los aranceladados p[o]r los magistrados.[23]
{f.000v}
{31} perar el comercio, es una ilación natural de causa á efecto, aunque no sea mas que por el sagrado texto que alega el anónimo pag[ina] 98 pero que por el contrario adonde florece el comercio hai a de florecer la religión asta llamarse /.../ aquel un firme apoyo de esta, es una es- pecie original, reservada al extravagante cerebro (pag[ina] 49) de su autor.
{32} Si asi fuera en ninguna pajar huviera mas religión que en Holanda y Inglaterra, quando quizas esa es una de las razones de que alli la haci[a] tan menoscabada. Y si los mercaderes por tales han de merecer ese epi- teto, será preciso preguntarles ¿qual nos dejan á los eclesiaticos? resta pues que esa deducion sea del todo infundada y arbitraria injuriosa al estado eclesiatica, y su proposición mal sonante, soberbia y temeraria y blasfema.
{33} Acave señor provisor la enumeración de las proposi- ciones y doctrinas principales, censurables de este folleto, porque aunq[u]e quedan otras es facil sacarlas por aquellas tengo en mi poder un folleto impreso en Madrid á mitad del siglo pasado, el qual á ma- nera del presente se propuso el fomento y amplitud del comercio, y de consiguiente incurrio en las mismas doctrinas {erróneas} que el, defendiendo como cosa corriente y en que no havia que tropezar el contrato trino, la usura bajo ciertas restricciones [etcétera. De aquí infiero yo que esta doct[rin]a mercantil es mui antigua, y que á beneficio de una practica no impug- nada ex profeso, bá cundiendo y progresando demasiado, pues nada hai mas comun en esta capital que la usura asta en la gente pobre: q[u]e dar dinero á reditos y recivirlo en terminos enormemente excesivos[24]
{f.000w}
{No tiene texto}
{f.000x}
{No tiene texto}
{f.001} 1 {34} Consulta que hizo un curioso de la ciudad de la Puebla de los Angeles. /.../{sello de la biblioteca}
{35} Respuesta que puso un religioso de la misma:
{36} Replica que hizo el mismo curioso.
{37} Producción de un s[eño]r d[octo]r sobre el asunto producción de otro religioso sobre el asunto. Conclusión por el mismo consultante.[25]
/.../ No. 370{sello de la colección a la que pertenece y número del documento, aunque probablemente fue cambiado pues actualmente tiene el número 371}
{f.002} 2 Consulta
{38} Para arreglar la conducta de los tratantes, o ne- gociantes, tocante al punto de usuras, y las que no lo son, entre las muchas cosas que asientan los teologos y los moralistas, una de ellas es, que en el valor de los efectos, hay tres precios, que llaman, infimo medio, y supremo: sobre esta basa forman sus ila- ciones, sus consecuencias, sus difiniciones para concluir sus soluciones; y arreglar la justa balanza de ellas, por lo respectivo á cada uno de los dichos tres precios.
Proposición.
{39} Es falso que haya tales, tres precios en el valor legitimo de las cosas, y por consiguiente, es necesario que salgan falsas erróneas las ilaciones, consecuencias, difiniciones y solu- ciones de que hablamos arriba.
{40} Para lo cual se pregunta ¿cuáles son estos tres precios infimo, medio, y supremo? y responden los moralistas con v[erdi] g[racia] que cuando una cosa vale de 8 á 10 p[eso]s esto es, q[u]e el precio infimo es de 8 p[esos] el precio medio de 9 p[esos] y el su- premo es de 10 p[esos] que es lo mismo que decir Pedro, Juan, y Martín, tienen azucar de
{f.002a}
{No tiene Texto}
{f.002b}
{No tiene texto}
{f.003} 3 venta (se supone que es de una misma ca- lidad) Pedro quiere ocho r[eale]s: por ella: Juan quiere a nueve, y martín quiere a diez.
{41} ¿Por qué hemos de decir de aquí, que la azu- car tiene tres precios? si esto es valido, yo di- go que la d[ic]ha azucar, no solo podra tener tres precios, sino tambien treinta, o tresci- entos, o los que quisiere el antojo de los hom- bres; y no por esto le hemos de asignar otros tantos valores á la azucar; pues está de manifiesto que Antonio, Sebastián, Domin- go, Frans[is]co [etcétera] puede querer por este mismo genero, qual seis r[eale]s qual seis pesos, y cual diez [etcétera]
{42} Tan distante estoy de asentir á tanta multitud de precios, ó valores, que antes por el contrario, afirmo resueltam[en]te como propuse arriba: que no se verifica nunca mas que uno real y verdadero: asi me lo ha enseñado la experiencia diaria de cerca de treinta años: asi está recivido /.../ por todos los comerciantes que tienen alg[u]n ente de razon; y no puede justamente ne- garse que estos son un voto de mucho pe- so en materia de intereses: por algo se di- ce que la experiencia es m/.../e de la ciencia.
{43} Ya se, que si una cosa valiera de díez á veinte r[eale]s se le podria asignar los men- cionados tres precios, infímo, medio, y su-
{f.004} 4 premo, del mismo modo que valiendo de ocho á diez; pues en el caso, diez r[eale]s seria el infimo premio: quince seria el medio, y veinte el supremo.
{44} Sé tambien, que muchas vezes cuan- do se compra fiado, se suele pagar la cosa á diez ó doce r[eale]s mas valiendo a ocho; pero esto de ninguna manera debe establecer regla para el presente a- sunto, ni para el caso de mi proposición, con respecto á que en el que compra no sue- le intervenir la misma libertad que en el que vende.
{45} Igualmente sé, que algunas vezes no comprando fiado sino con el dinero se suele comprar una cosa á doze r[eale]s haviendo en otra parte la misma a díez, pero aquí interviene, ó malicia del vendedor, ó ig- norancia del comprador, ó uno y otro jun- to; por cuia razon tampoco, debe establecer reglas de ningun modo p[ar]a d[ic]ho caso.
{46} Beamos ahora: ¿qual es la razon p[o]r qué una cosa no puede darse el caso de q[u]e valga de ocho a diez r[eale]s: ó por mejor de- cir, diferentes precios, sino uno solo? esto es a un mismo t[iem]po. No nos equivoquemos.
{47} Para lo que debemos dar por sentado, que quando v[erdi] g[racia]. Pedro bá a comprar
{f.004a}
{No tiene texto}
{f.004b}
{No tiene texto}
{f.005} 5 una cosa, que en una parte quieren á ocho r[eale]s en otra quieren a nueve, y en otra quieren a diez; es claro que no com- prarara d[ic]ho Pedro, á nueve, ni a diez, sino á ocho. Esto mismo que hace Pedro, hacen constantemente Juan, Martín, Sebastián, y Domingo y todo el genero hu- mano; luego, ¿dónde está este valor de ocho a diez, y por consiguiente, donde es- tan los precios, infimo, medio, y supremo?
{48} Si se le pregunta a uno v[erdi] g[racia] corredor ¿qué precio tiene una cosa; no sera una insigne necedad (por tal se tiene justamente en el comercio) el que diga que vale á diez r[eale]s fundado en que Pedro quiere á este precio por ella, quando se sabe que hay la misma cosa a ocho r[eale]s en otra parte? y hé aqui demostrada la razon, por que no se verifica tal multiplicacion de precios, ó valores, sino uno solo, y este es, legítimamente en nues- tro caso el de ocho r[eale]s y no el de nueve, ni el de diez: y mucho menos seria el de do- ze, catorce, veinte, treinta e[tcétera] que es evi- dente puede querer el antojo, la fantasia, la extravagancia, ó la codicia de otros cantos individuos, como con efecto suele verificarse.
{49} Mucha mas extravagancia sería cier- tamente querer sobre este pie establecer
{f.006} 6 los decantados precios, infimo, medio, y supremo: siendo cierto que la razon que dán p[ar]a establecerlos corre una mis- ma pariedad en un caso, que en el otro; esto es, en el precio de ocho a diez r[eale]s que en el de doce, catorce, veinte, treinta e[tcétera] pues tan fundada es la una, como la otra, en el antojo, la fantasia, la extrabagan- cia, o la codicia de los hombres, como dije arriba; esto no puede ni debe servir de baza en nuestro caso p[ar]a establecer ninguna regla.
{50} No se me diga que cuando la cosa que valia á ocho r[eale]s se acaba, necesariam[en]te se ha de ir a comprársela al q[u]e quiere nu- eve por ella, y cuando esta se acaba se la ha de comprar al que quiere diez: digo que es escusado que se me diga, pues yo digo lo mismo, y añado, que sera necesario com- prarla tal vez no solo á los precios otros, sino tambien a doce, catorce, veinte [etcétera] pe- ro no por esto puede decirse, que tienen á un mismo t[iem]po, semejante numero de preci- os, por que ciertamente no lo puede tener, como llebo demostrado.
{51} Esta especie de consulta, /.../{fue} dirijido, á un de los hijos de mi p[adr]e S[an] Fran[cis]co de /.../{la} ciu- dad de la Puebla, a quienes amo tiernam[en]te y por el tanto deseo de su mano la ins-
{f.006a}
{No tiene texto}
{f.006b}
{No tiene texto}
{f.007} 7 truccion, la ilustración, y el desengaño.
{52} Todo lo cual espero con la condicion que sea fundado en razones convincentes, y so- lidas, omitiendo autoridades sean las que fuesen. Y asi el que gustare responderme lo hará al pie de esta por escrito. No pon- go mi nombre por que no es del caso.
{53} Respuesta que puso, un religioso de n[uestro] p[adre] s[anto][26] Francisco.
{54} En atención a el buen corazon con que un v[e]m[o]s en la anterior consuta; pregunta, y el afecto que profesa a los hijos de n[uestro] p[adre] S[an] Fran[cis]co se responde por uno de ellos: que el uso de los tres precios, supremo, medio, e infimo, se estableció[27] para que asi los vendedores, como los compradores, no traspasen los terminos de lo justo en este contrato, p[ar]a lo cual se debe suponer que muchas co- sas, de las que sirven de hacer su negocio a los comerciantes, tienen puesto precio por la justicia, que es la pos- tura que cada cuatro meses, hace la diputación, asi de trigo, como de sebo, /.../ jabon e[tcétera] y esta sirbe p[ar]a q[u]e
{f.008} 8 si el comerciante vende á precio de postura (v[erdi] g[racia]) hoy el trigo á diez pesos un real venda justamente, sin embargo de ser este el precio su- premo, se vende á nueve y medio, que es el precio medio, vende bien, y si vende al precio infimo que son 9 p[eso]s. Tambien vende bien, o a precio justo; pues como no pase de la mayor estimación que la justicia señalo a el genero lo vende lícitamente, y si quie- re vender a menos con corta diferencia como es 4 p[eso]s o un peso menor, esto cede- ra en beneficio de el que compra, el cual no puede lícitamente comprar a menos del precio infimo pues para esto se inventaron estos tres, pre- cios; y p[ar]a q[u]e el vendedor, no pueda vender, a mas del precio justo, que es el supremo: esto es licito y lo que
{f.008a}
{No tiene texto}
{f.008b}
{No tiene texto}
{f.009} 9 no tiene duda. [28](después se dira cuan- do ruegan con el genero lo que no tiene mu- chas espinas p[ar]a comprar a menos del pre- cio infimo) esto es de las cosas que tienen precio por la justicia, pero de las cosas q[u]e no tienen por ella, sino que los comerciantes se los dan, como son los generos de mar en fuera, digo que por lo regular a ninguno le es licito ganar en estos generos, mas del veinte y cinco por ciento (que es lo mismo que dos r[eale]s en cada peso) este es el precio supre- mo justo a que se deven arreglar los co- merciantes, para vender estos generos; pu- es la ganancia mayor que por su trabajo, y por el veneficio que le hacen el publico con tener en sus cajas lo que este necesita, se les concede, y se les ha concedido por vari- as juntas de sabios teologos y juristas que han expuesto sus dictamenes, a lo que se han arreglado varias ordenanzas que hai sobre los mercaderes; en cuia aten- cion no le es licito á el mercader exceder- se en lo que vende de d[ich]a ganancia, como que es el precio supremo; si solo ganan veinte por ciento, tambien le es licito, pues vende al precio infimo de lo que se esti- ma el genero justamente, y vé aquí los tres precios supremo, medio, e infimo.
{f.010} 10 {55} Tambien en las cosas que no tasa la jus- tisia, sino que el comun les dá la esti- macion, p[ar]a que ni el que compra, ni el que vende, traspasen el termino de lo justo.
{56} De el mismo modo los que com- pran estos generos, no pueden por lo re- gular comprar a menos de el /.../ infimo precio, y aunque se vé frecuente- mente el venderse lo que llaman de quiebra, casi h[as]ta la mitad menos de lo que valen en los almacenes, o de prime- ra mano, esto es abuso, quiero decir, con mucha dificultad se puede dar por licito: como tambien el que solo por que es tiem- po de guerra comprados sobre modera- do precio le suben á mas del veinte y cinco por ciento. Ni vale el que lo hacen todos, pues en todas materias los que obran mal son muchos, y mui pocos los que obran bi- en: mayormente quando todo el anelo es enrriquecen y amontonan mucho caudal, que es el fin de los comerciantes, entre quie- nes se estan mirando muchos contratos mui iniquos, y nunca se vé una restitución.
{57} Yo quisiera s[eño]r que todos los comer- ciantes, tubiesen siempre presente aquel pre- cepto de Dios por San Mateo: todas aque- llas cosas que quereis os hagan los hombres
{f.010a}
{No tiene texto}
{f.010b}
{No tiene texto}
{f.011} 11 á vosotros, hacedlas vosotros a ellos; y que consideren perpetuamente lo qué dice San Lucas: lo que tu aborrece las que otro tu hagas, guarda tu/.../ de hacerlo jamas a otro.
{58} De este modo sin duda procurarian algu- nos vender siempre las cosas por su justo precio, no engañando al prójimo con mercaderias engañosas o corruptas por verdaderas y sanas: usarian de peso, me- dida, numero o regla justos; por q[u]e escri- to está en el Deuteronomio: No tendras en la talega diversas pesas. Y en el Le- vitico: no querais hacer alguna cosa in- justa, en el juicio, en la regla, en el peso, ni en la medida: sea justa la balanza, é iguales las /.../ pesas, justo el medio, e igual el sestario. Querrian así mis- mo, para otro lo que para si quieren, restituyendo á cada uno lo que hubie- sen usurpado, conociendo la necesidad q[u]e dios puso a todos de restituir, por q[u]e como dice S[an] Augustin. No se perdona el pecado, sino se restituye lo hurtado. La cual res- titucion quan difícil sea á qualquiera que está hecho á qualquiera que está hecho á enriquecerse de lo ageno, demas de que cada uno lo puede juzgar, tan- to por lo que vé en otros, quanto por la propria razon, y discurso; se deja entender por el testimonio de Habacuch, Profeta, q[u]e
{f.012} 12 dice: hay de aquel que multiplica, lo q[u]e no es suio ¿hasta quando amontona contra si lodo craso? lodo craso llaman a la posesion de las cosas agenas, de donde con dificultad pueden salir, y desembarazar- se los hombres: haced ahora penitencias ri- cos, llorad aullando vuestras miserias que se os vendrán. Con esta concideración, huiri- an de recibir de mas del capital que se dio, ya sea dinero, ya otra qualquiera cosa, que se pueda comprar, ó estimar por él, por que dize el s[eño]r por S[an] Lucas, dad pres- tado sin esperar demas cosa alguna. Y lo contrario es un gravísimo pecado q[u]e aun los gentiles lo tenian por tal, y mui odio- so: y de aquí salio aquel dicho ¿que cosa es dar a logro? que, ¿sino matar al hom- bre. Los que dan a logro, venden dos veces una misma cosa, o venden lo que no hay.
{59} Acabo diciendo con S[an] Pablo, que los que quieren ser ricos, caen en el lazo del dia- blo: des qual deseo se vea libre el que consulta; pues tiene tanto afecto a el q[u]e á imitación de los apóstoles, lo dejo todo siendo hijo de mercader, por seguir á Jesucristo pobre= fin
{60} Replica q[u]e hizo el mismo curioso. {61} il[ustrisi]mo p[adr]e /.../mio, con notable admiración, he leido, y re-
{f.012a}
{No tiene texto}
{f.012b}
{No tiene texto}
{f.013} 13 leido la doctrina que V[uestra] R[everendicima] expone en su res- puesta si p[adre][29] Il[ustrici]mo con notable admiración digo. En primer lugar, por que ciertam[en]te no he encontrado solucion, ni mala, ni buena, á mi proposición: de modo que todo lo q[u]e V[uestra] R[everendicima] dice sobre este particular, está tan distante de persuadirme sobre la ma- teria de mi sistema, que antes por el con- trario, me dá un vehemente motibo de afirmarme y ratificarme en ella. Tal es el carácter de las reglas de que V[uestra] R[everendicima] echó mano p[ar]a convencerme; y tambien es el carácter de una respuesta, o llamemosle solucion, que ni es solucion, ni es respuesta.
{62} Assi se lo hare ver a su tiempo á V[uestra] R[everendicima] con el favor de Dios, con la mayor claridad q[u]e pudiere. Mientras tanto diremos que V[uestra] R[everendicima] a quien supongo sugeto de los de primera clase, en materia de ciencia; no encontró solucion legitima que dar. Es evidente que no la hay.
{63} En segundo lugar, por que trahe V[uestra]R[everendicima] a colación (sin haver yo consultado tal cosa) por un lado que no se puede dar dinero a lo- gro (con San Lucas) y por otro, que en las mercaderias de mar en fuera, se puede ga- nar hasta un 25 p[orciento] lícitamente; doctrina es en si tan opuesta y contraria, como lo son los dos polos del mundo: asunto es este, no para el
{f.014} 14
lugar de un triste papel, sino para el de libros enteros y de a folio: deseo ver como sostiene V[uestra] R[everencia] esta doctrina, sobre uno y otro punto; pues el animo mio es para que se verifique el expo- nerle los fundamentos que tengo, p[ar]a tenerla por opuesta, y no tan solamente opuesta, si no tambien por falible una y otra.
{64} Y en tercero y ultimo lugar, porque la pa- ternal caridad y piadoso zelo de V[uestra] R[everendicima] no se limitó tan solamente á la esfera del argu- mento, sino que se extendio a la de un genero de misión, ó exhortación que le agra- dezco sobre mi corazon, como producida del bien de las almas, especialmente de la mia, la cual acaso considera V[uestra] R[everendicima] en- teramente extraviada, ó grandem[en]te aluci- nada; o para que vienen aquellos textos, de hacer daño al proximo= de pesos= de me- didas= de restitución= de multiplicación= lo- do craso= llorar= ahullar= dar prestado= matar al hombre= ser ricos [etcétera] a todo está muy bueno pero á su tiempo, ya me hago cargo que dira V[uestra] R[everendicima] que esto en todo ti- empo es bueno, yo digo lo mismo; pero tambien añado, que no porque todas las medicinas sean buenas, las debe aplicar
{f.014a}
{No tiene texto}
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{No tiene texto}
{f. 015} 15
indistintam[en]te el medico a todas las enfermedades, y mucho menos si acaso no hay ninguna.
{65} No deberá estrañar V[uestra] R[everendicima] el q[u]e me alargue alguna cosita en el asunto tal vez saliendo del ilo de la materia con algun genero de di- gresion, pues si tal hiciese no haria mas que imitar á V[uestra] R[everendicima] quien me ha abierto un an- cho campo p[ar]a ello.
{66} Hasta aquí ha sido una especie de introducción ó prologo, vamos ya á n[ues]tros argumentos.
Dice V[uestra] R[everendicima] que cuando la justicia pone el pre- cio del trigo v[erdi] g[racia] a 10 p[eso]s el que vende a 10 p[eso]s ven- de lícitamente, y por consiguiente el que vende a 9 p[eso]s 4 r[eale]s y lo mismo q[u]e vende á 9 p[eso]s y á este modo tambien forma V[uestra] R[everendicima] los tres decantados pre- cios de infimo, medio, y supremo, y yo digo q[u]e vendiendo á 10 p[eso]s aunque le haya puesto este precio la justicia, se puede cometer una gran- de usura, y por consiguiente, que nunca hay mas q[u]e un precio, y que este solo es aquel en q[u]e lícitamente se vende, voy á explicarme con un simil.
{67} Pedro, vecino de Tlaxcala, encarga ó pide
{f.016} 16
á Juan vec[i]no de Puebla, cien cargas de trigo, este trigo tiene la postura de 10 p[eso]s, lo hay al pre- cio de 9 p[eso]s 4 r[eale]s y tambien al de 9 p[eso]s Juan tie- ne del mismo trigo en su casa, y según la doc- trina de V[uestra] R[everendicima] que dá p[o]r licita, se lo carga, se lo aplica, y se lo remite á Pedro á 10 p[eso]s que es la postura de la justicia; digo y me afirmo q[u]e en este caso, comete Juan no solam[en]te usura sino tambien estafa y latrocinio, por mas q[u]e la justicia le haya puesto el precio de 10 p[eso]s la razon es porque Juan puede y debe (quan- do no quiera dar el trigo que tiene en su casa) comprarlo á aquella persona que lo dá á 9 p[eso]s y hacerle la remision á Pedro, cuya operación haria sin duda este Pedro si se hallase presente; para esto le pagará á Juan la comision de este trabajo, esto es, quando Juan no tenga motivos p[ar]a servirlo de valde, y la justicia padre mio no puede autorizar el q[u]e Juan estafe á Pedro. El caso y la gracia es, q[u]e los mismos comerci- antes que tienen algun juicio: esos hom- bres q[u]e tanta fama tienen de usura, están
{f.016a}
{No tiene texto}
{f.016b}
{No tiene texto}
{f.017} 17 animados de este mismo conocimiento que lo ejecuten ó no lo ejecuten, asi en pocas ó en muchas partes, es punto aparte y vuelvo a in- sistir, que si Juan le remite á Pedro del tri- go q[u]e tiene en su casa, se lo debe cargar á 9 p[eso]s q[u]e es el precio a q[u]e se encuentra, y no al pre- cio de la postura, pues en este caso el cargar- selo á 10 p[eso]s será lo mismo q[u]e estafarle un peso en cada carga que son 100 p[eso]s cabales, a cuya restitución esta obligado, y cate V[uestra] R[everendicima] aquí de lo que suelen servir las posturas de la justicia, la opinión de V[uestra]R[everendicima] las de los de- mas moralistas, y la invención de los precios infimo, medio, y supremo.
{68} Para corroborar V[uestra] R[everendicima] su sistema, añade: que para que asi los compradores, como los vendedores, no traspasen los terminos de lo justo en este contrato, se estableció y se in- ventó el uso de los tres precios infimo, medio y supremo. Esto P[adre] R[everendisi]mo V[uestra] R[everendicima] no me ponga de manifiesto quien los inventó, si supo lo q[u]e inventó, si es practicable la
{f.018} 18 invenció, si esta existe ó puede existir si el mundo era, ó no era en aquel tiem- po de distinto calibre que en el presente, si ocasiona perjuicios ó beneficios a la republi- ca [etcetera] se quedará en la esfera de mera inven- cion; y parece que los hombres no deben go- bernarse, ni dirigirse por meras invencio- nes, y mas en materias en q[u]e se interesa tanto su salvación, y tambien su conser- vacion. Por tanto quedan en su fuerza y vigor las razones que expendi en mi primera proposición.
{69} Todavía queda si bien se reflexiona, un mundo de material p[ar]a esforzarlas, y quien será capaz de abrazar la bastisima masa y convinación de motivos q[u]e las ha- cen inocentes, justas, y recomendables, p[ar]a expenderlas todas con disgrecion con inte- ligencia y con acierto? yo padre mio no puedo preciarme de tanto, pero si de ex_ poner algunas de las q[u]e están mas de bulto, pues no es lo mismo concebir q[u]e parir.
{f.018a}
{No tiene texto}
{f.018b}
{No tiene texto}
{f.019} 19 {70} Y volviendo a nuestro asunto digo: que las posturas, quotas, aranceles, y abastos de que se suele encargar la justicia, mas se suelen dirigir a la conservación de ciertas regalias, preminencias, privilegios, ó sisas, q[u]e á beneficio del publico: pues las dichas posturas solo pueden ser utiles al publico en uno, ú otro caso muy remoto. Prueba de esto es el q[u]e son en el mundo las ciuda- des en q[u]e no se practica esto, muchas mas q[u]e las en que se practica. Yo he estado en una dentro de nuestra España, q[u]e con de- cirle á V[uestra] R[everendicima] que el pan mismo no tie- ne tasa, ni medida, ni arancel, está dicho todo lo demas. En esta ciudad es panadero el q[u]e quiere; amaza el pan del tamaño que le dá la gana, lo hace de la calidad que se le antoja, y lo vende al precio que puede sin que la justicia tenga intervención en ello, porq[u]e cuida mas /.../ beneficio /.../ publico, q[u]e de sus privilegios ¿a que le parece á V[uestra] R[everendicima] que
{f.020} 20
se dirige esta sabia máxima de la justicia? ¿a que? a facilitar la abundan- cia, la buena calidad, la comodidad del precio, y el beneficio no de los panade- ros, sino de los que comen el pan; de este modo se consigue completam[en]te el mejor pan, el mas abundante, y el mas barato. En esta ciudad, q[u]e es una de las principales de España, y en todas las que llevan esta prudente máxima, en la vida, ó por rara contingencia se ve criar caudal á ningun panadero, y por el contrario en las ciudades donde hay tales quotas y posturas, se les vé cri- ar caudalitos, y caudalosos á montones.
{71} Esto es tan evidente, que quien 1[30] no lo ha visto, ha visto muy poco, ó no tie- ne ojos p[ar]a estarlo mirarlo bastante bien de cerca: este mismo caso, es apli- cable a todo genero de mercancías, cuya abundancia y baratura, regularm[en]te depende de la no limitación ó postura
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{No tiene texto}
{f.021} 21
en precios, y de la no limitación del num[e]ro de tratantes. Esta es una máxima que mi- rada por encima, sin la debida reflexion, sin la debida inteligencia, sin la debida es- peculacion, y sin la debida practica, pare- ce que abre un ancho campo a cometer grandes usuras, latrocinios y tiranias; pero sucede regularm[en]te tan al contrario, que an- tes las evita evidentem[en]te en el modo q[u]e son evitables. No por esto digo, que la perversa avaricia y codicia de los hombres malos de que tanto abunda al mundo, mude de metal, ni mude de propósito con este metodo pero si digo, q[u]e la extraviada vocación de estos, se hallará sin el apoyo de la auto- ridad, para no tener tanta ocasión de hacer de las suyas.
{72} Y volviendo a las muchísimas ciudades en donde no hay tales establecimientos de precios por los magistrados; en estas digo, ¿de que reglas, ni malas ni buenas, echarán mano los moralistas mas q[u]e
{f.022} 22
se incluya tambien su pan nuestro de cada dia? Larraga para establecer los mencionados precios, infimo, medio, y supremo, para fijar por ella la justa y segura conducta de los hombres, solo en los espacios imaginarios.
{73} Vamos a la segunda parte, p[ar]a cuya mayor intelig[enci]a y especulación, digo asi:
{74} El oro la plata y la moneda, son unas mercancías, como todas las mercancías, y por consiguiente sujetas a mas y me- nos valor.
{75} Ya me parece q[u]e estoy oyendo a V[uestra] R[everendicima] decir: Jesús, Jesús, Jesús, que del propósito, que desatino, que extravagancia, que necedad, que disparate, que error; pues mas que diga V[uestra] R[everendicima] lo que gustare, y mas que digan lo mismo otros 70 [mil] mora- listas, yo en mis tres me estoy, lo dicho dicho, y añado q[u]e si todos los moralistas, y tambien muchos magistrados, estubie- ran animados de este conocimiento, de
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{No tiene texto}
{f.023} 23 esta verdad tan palpable, oh q[u]e de yerros se evitaran, que de perjuicios se omitierán los unos con sus opiniones, y los otros con sus providencias. Para probar mi proposic[io]n me explicaré con un simil, por cierto bien trivial, pero sencillo, e inteligible echando mano de la moneda, que es a la q[u]e con mas vigor le atribuyen el fijo valor con el riveretaco del intrínseco, y digo asi; ayer me daban cinco tamales p[o]r medio, y hoy me dan seis, luego tiene hoy el medio mas valor, ó mas estimación q[u]e ayer. No padre mio, no es este ningun sofisma de los q[u]e se suelen usar en las escuelas, sino una verdad tan clara y patente, como la luz del sol; bajo de este mismo simil se puede comprender toda la basta maquina de tratos y con- tratos, ventas y compras, y negociantes y pecuniarias, ó no pecuniarias de los hombres. En haver yo usado de semejan- te simil p[ar]a que me entienda el que
{f.024} 24 quisiere entenderme, no he hecho mas q[u]e imitar a la magestad de Cristo en su evangelio: sino diganlo, el de los talentos, el de la mostaza, el de los operarios, el de las vírgenes necias, el del trigo, el de la sizaña, el de las si mientes [etcétera] y a la verdad padre mio, en todo el evangelio no encuentro que hubiere usado la eterna sabiduría de aquellos famosos terminillos de las aulas, extrinsier, é intrínsico; por esto y p[o]r no aplicarlos mal, como hacen muchos moralistas, y aun doctores teologos, no quiero usar de ellos, p[ar]a decir q[u]e las dichas tres especies en si na- da valen, hasta que llega el caso de adquirir por medio de ellas aquellas cosas necesarias, ó no necesarias á la vida humana, y entonces es quando se verifica este accidental valor (ó llamese como se llamase) que vemos establecido ya mayor, ya menor, según la mayor
{f.024a}
{No tiene texto}
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{No tiene texto}
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ó menor cantidad, ó numero de las d[ic]has cosas q[u]e se adquieren con ellas.
{76} Esta si (hablo del oro y la plata) que se puede decir con alguna propiedad, se in- ventaron (quiero decir su regular uso) p[ar]a la facilidad y claridad de las cuentas, ó conmutaciones en el trafico y comercio de todas las demas cosas q[u]e hace necesaria la subsistencia y conservación del genero humano: siendo ciertísimo q[u]e si no hu- biera en el mundo estos metales, no p[o]r eso seria mas pobre de lo que es, ó por mejor decir, no por eso habria mas ne- cesidades de las que hay. Antes por el contrario, hay grandes motivos para pensar q[u]e en semejante caso las nece- sidades serian menos de lo que son. Esto es aun dando p[o]r sentado el buen uso para que se inventaron dichos metales.
{77} Atención. Los que llevan la con- traria opinión, esto es, q[u]e la moneda tiene siempre su fijo valor, no dán
{f.026} 26
mas razon p[ar]a defenderla (yo á lo menos no he oido otra) que la de q[u]e un peso si- empre vale ocho reales cabales nada mas ni nada menos, y asi las demas monedas, encajando p[ar]a probarla un intrínseco del tamaño de una casa y no mas. Ella es ciertisimam[en]te una verdad tan eviden- te q[u]e no la puede ignorar ni aun el entendimiento mas rudo, y por lo mis- mo es una verdad atontada de las que llaman de Pedro Grullo, porq[u]e es lo mismo q[u]e decir que un peso vale un peso; pues es qüestion de nom- bre q[u]e este peso lo dividan en 8,, en 16,, en 32,, ó en 100,, partes iguales, ó no iguales, de la misma entidad de que se compone ¿y que sacamos de aquí en resumidas cuentas? aquello que llamamos morles de morles y nada mas.
{78} ¿Es posible q[u]e una filosofia matemática de esta jerarquía tenga lugar en
{f.026a}
{No tiene texto}
{f.026b}
{No tiene texto}
{f.027} 27
el mundo?¿es posible q[u]e p[ar]a aprender esto se revuelban libros, se pateen cate- dras, y se estrujen bonetes? ¿y es posible tambien que por esta regla se quiera fijar el valor de las monedas, y la justa balanza de las cosas? daca[31] y torna, q[u]e un peso no puede valer mas q[u]e 8 reales; como ha de valer mas ni menos de 8 rr[eale]s; si estos 8 r[eale]s son nada mas y nada menos q[u]e el mismo peso? un entero, sea doblon, sea peso, sea melon, sea bola de truco, se puede dividir en las partes iguales q[u]e se quiera, y todas juntas compondrán nada- mas y nada menos, q[u]e el mismo entero; y no será una cosa ridiculísima, si le preguntamos á uno qual es el valor de un real; el q[u]e responda q[u]e quatro qu- artillas. Lo mismo digo si le pregunta- mos á otro qual es el de una vara de paño, y respondiese que 4 quartas:
{79} Esta es nada mas, y nada menos, la definición q[u]e los moralistas, q[u]e dije
{f.028} 28
arriba dan al valor de la moneda; defini- cion por cierto q[u]e queriendo decir mucho en el sonido, nada dicen en la substancia ¿pues q[u]e definición le darán no siendo esta? yo no lo sé ni mi corta capacidad alcanza otra, que la del simil de los tamales. Si hubiere alguno q[u]e pueda dar otra mejor, le agradecere q[u]e me la manifieste en terminos que yo la pue- da conocer, que en tal caso seria una insigne temeridad una el oponerme a ella. Desengañemos padre mio, que de un principio tan evidentem[en]te erróneo y de una definición tan perfectamente torpe, no puede resultar mas que un caos de absurdos sobre absurdos.
{80} Con este motivo traheré a la memo- ria un caso que me sucedió con un re- ligioso de alguna fama en letras, de la misma religión q[u]e V[uestra] R[everendicima] ofreciose la conversación de si se puede, o no se pue- de licitam[en]te llevar algun interés de más
{f.028a}
{No tiene texto}
{f.028b}
{No tiene texto}
{f.029} 29 en la feria de la moneda de oro, por la de plata v[erdi] g[racia] por 1[mil] doblones de á 16 pesos lle- var 16.200 p[eso]s. El defendió que por ningun caso se puede llevar, y yo defendi que hay muchos en que se puede: para defender y probar su opinión no dio mas razon q[u]e la de su adorado intrínseco, de manera q[u]e á mi, y a otros circunstantes nos intrinse- queo al derecho y al revéz, la alma y el cuerpo, y de aquí no salió, ó no pudo sa- lir, que es lo mas cierto; y yo si no me engaño le encuentro a la mia, no una salida, sino un manojo de ellas: vaya un simil á cuenta. Pedro y Juan tiene que bajar v[erdi] g[racia] al mogol, cada uno tie- ne 16 [mil] p[eso]s que llevar: Pedro los tiene en moneda de oro, y Juan los tiene en mo- neda de plata: á Pedro le ha de costar el transporte de su moneda de oro 100 p[eso]s no mas; y a Juan le ha de costar el de la suya de Plata 1[mil] p[eso]s (q[u]e no es estra- ño) ó ya sea p[o]r razon de su mayor vo-
{f.030} 30
lumen, ó ya sea porq[u]e los d[e]r[ech]os q[u]e se pagan en el mogol son diferentes en el oro q[u]e en la plata, ó ya sea por otras causas, que no es precioso q[u]e sepamos. Con este conocimiento tratan expontaneam[en]te los dos el feriar su moneda, y se con- viene en que Juan le dará á Pedro 200 pesos de ribete, ó sean 500 ¿por- que no será licito este contrato? Pedro sabrá muy bien la comodidad de que se priva con la d[ich]a moneda ó feria, é igualm[en]te Juan sabrá muy bien la que adquiere ¿y quien que tenga alg[u]n entendimiento podrá negar q[u]e esta co- modidad ó ventaja q[u]e se trasfiere, es acreedora á alguna compensación ya mayor, ya menor, según las cir- cunstancias del tamaño de la comodidad q[u]e se trasfiere? no puede darse regla mas fija, q[u]e aquella en que se convinieren las dos partes in- teresadas. Aquí r[eligioso] p[adre] mio, no intervie-
{f.030a}
{No tiene texto}
{f.030b}
{No tiene texto}
{f.031} 31 ne ninguna tirania, ninguna simulac[i]on, ninguna violencia, ningun engaño; antes p[o]r el contrario puede muy bien salir ventajoso el que dio el ribete por otras razones á mas de las expuestas; una de ellas es, y fuertisi- ma, el que acaso en el mogol se podrán comprar con mas comodidad las mercancías haciendo el pago en oro, que haciendolo en plata, ó por el contrario; pues es evidente q[u]e en diferentes paises del mundo, se re- gula la diferencia del valor del otro, al de la plata, de distinto modo de lo q[u]e aca está regulado, y no se me diga q[u]e lo que se ha- bla es solo p[ar]a el pais en q[u]e vivimos, pu- es en este punto el mundo todo compone un mismo cuerpo, y lo mas lastimoso es, q[u]e el lugar q[u]e regularm[en]te damos al oro y á la plata, es por el q[u]e ha de tener en los paises en donde sin remedio se consume, tal vez p[ar]a hacernos cruda guer- ra con ello; por cuya razon (volviendo al asunto de nuestra qüestion) es-
{f.032} 32
aplicable a los empleos de Xalapa, y qualesq[uier]a usos y destinos, aunque entre tambien en cuenta, el de buscar doblones p[ar]a dar galas; el simil propuesto, y dejémonos del intrínseco, para aplicarlo bien {para} y no alu- cinar á tontos. Si solo este religioso fue- se el unico que lleva esta opinión tan extravagante, ridícula, y generalm[en]te perjudicial, fuera ciertam[en]te una gran simpleza mia, el haver tomado el tal qual trabajo de tocar tal especie p[ar]a refu- tarla, quando ella misma p[o]r su propia virtud y naturaleza está ya refutada pero la lastima es, que el numero de los que la llevan es tan considerable que se puede tener por una conocida plaga: /.../
{81} Con los puntos q[u]e hemos tocado hasta aquí tenemos ya un grande conocimiento para el deseado acierto de los q[u]e faltan
{f.032a}
{No tiene texto}
{f.032b}
{No tiene texto}
{f.033} 33 9 q[ue] tocar en esta t[ercer]a parte q[u]e vamos a proponer, y p[ar]a q[u]e no nos detengamos hemos de dejar sen- tado, q[u]e una cosa son los puntos q[ue] vienen de- ribados por via de precepto, y otra los q[u]e vie- nen derivados por via de consejo, como el pasaje de s[an] Lucas q[ue] trahe V[uestra] R[everendicima] dad pres- tado sin esperar de mas cosa alguna, en el qual no nos detendremos aora, por quanto pertenece á las obras de misericordia, y si no como hemos de componer aquello, de que no se puede dar dinero a logro, por un lado; y por otro el q[u]e lícitamente se puede ganar un 25 p[orciento] en los generos de mas en fuera, y yo entiendo que lo mismo es atrás que en las espaldas.
{82} Los primero si lo hemos de entender asi como suena, es lo mismo q[ue] decir, q[u]e no se puede dar dinero ni a 25 p[orciento] ni á 20,, ni á 15,, ni a 10,, ni á 5,, ni a cosa ning[un]a por pequeña que sea.
{83} En quanto a lo segundo, es lo mismo que decir q[u]e el flotista (v[erdi] g[racia]) puede ganar
{f.034} 34
un 25 p[orciento] en los generos; el poblano que se los compra al flotista otro 25 p[orciento]; el de fuera de la Puebla q[ue] se los compra al poblano otro 25 p[orciento] y á este tenor otros tantos 25 por cientos, quantas son las manos por donde pasaren, y es corr[ien]te y aun inevitable el que pasen estos ge- neros, no digo yo por el numero de manos q[u]e he expresado, sino tambien por muchas mas. Ni aun la mano del flotista q[u]e acaso V[uestra] R[everendicima] considerará que es la [primer]a, no es la [primer]a porque quando me- nos es la [tercer]a, otros hay que son la quarta otros hay que son las [quint]a y no estrañe V[uestra] R[everendicima] que se verfique [sext]a, [septim]a y [octav]a mano [etceter]a de aquí, y de otros muchos principios nace el q[ue] infinitas veces un hombre sea flotista ó no lo sea, podra licitam[en]te ganar un 25 p[orciento], y otro hombre ganan- do 15 p[orciento] pero tambien ganando 10,, 5,, ó nada, pues es evidente y practico que aquel ganando un 25 p[orciento] suele
{f.034a}
{No tiene texto}
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{No tiene texto}
{f.035} 35
dar mas barato que este otro ganando 15,, ó nada, ó tal vez perdiendo; y otra digame V[uestra] R[everendicima] quien obligará al que compra, si compra á este ultimo á darle la ganancia, ni in- fima, ni media, ni suprema que V[uestra] R[everendicima] dá por licita? y por el contrario q[uie]n obligará al flotista á ganar solo un 25 p[orciento] si por razon de sus especiales licitos arbitrios pue- de aun dando mas barato q[ue] los demas ofrecerle de ganancia 30,, ó 40 p[orciento] [etceter]a
{84} Dije licitos arbitrios, porq[ue] puede haber fabricado por su misma mano los generos, porq[ue] puede haber hallado quien por ha- cerle bien, se los haya querido dar á mu- cho menos de su valor; porque pudo tener dinero para haverlos comprado diez años antes, en cuyo tiempo valian mucho me- nos; porque vino al reyno y halló las cosas que valian (pongo por ejemplo) á 6,, y las vendió a 6,, y aun á menos de lo que las halló valiendo, y porque aunque las cosas q[u]e trahe le tengan
{f.036} 36
de costo vv[erdi] g[racia]) á 10,, si halla q[u]e aquellas mismas cosas las hay aquí a 8,, se vé precisado á darlas á 8,,, sin q[u]e halle quien tenga obligación de pagárselas á mas; y es evidente que hay muchos ejemplares en varios generos q[ue] aquí suelen valer menos que en Europa, ha- viendo venido de allá, y no por razon de especial quiebra que llaman, sino corrientemente en los almacenes ri- cos, y carentes de necesidad.
{85} Y volviendo al dinero á logro, ¿qué otra cosa son las fincas y capellanias y obras pias q[ue] un honrado dinero a logro? que otra cosa son los generos que se dan con un 25,, 15,,10,,5,, [etceter]a de ga- nancia que un dinero a logro: si el que recibe estos generos, recibe comodidad, y esta es digna de compensación ( y no pe- queña según V[uestra] R[everendicima]) el q[ue] recibe dinero, porque no ha de recibir tambien como- didad, y tambien digna de compensac[i]on?
{f.036a}
{No tiene texto}
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{f.037} 37
{86} No echa de vez V[uestra] R[everendicima] q[ue] el que tiene dinero le es cosa facilísima convertirlo en generos, p[ar]a con ellos lograr el salvo conducto de ganar el 25 p[orciento] que le concede la opinión de V[uestra] R[everendicima] y no echa de ver tambien V[uestra] R[everendicima] que el que recibe dinero v[erdi] g[racia] a un 8 p[orciento] de gravamen en lugar de generos a 25 vá a ahorrar un 17 p[orciento]; y no andemos con el intrínseco porque para el q[ue] lo quiera entender ya tengo manifestado bien claram[en]te que el dinero por un lado nada vale, y por otro está sugeto á mas y menos va- lor, ó por mejor decir, el dinero (una de dos) ó nada vale, ó vale ya mas, ya menos como todas las demas cosas. Com- prender su legitimo valor (o llamemos- le intrínseco) de otra manera es un error de los mas torpes del mundo, y por con- siguiente sobre unos principios tan ma- nifiestam[en]te equivocos y errados; ¿qué ilaciones y consecuencias pueden resultar?
{87} Este p[adr]e mio, este r[everendisi]mo padre este
{f.038} 38 punto del valor, ó no valor de la mo- neda, este, digo, es el punto critico que rigorosam[en]te debe ser examinado con la mayor atención, con la mayor re- flexion, con la mayor especulación p[ar]a evitar las perniciosísimas conseqüen- cias, tanto espirituales como temporales.
{88} Yo, padre mio, nunca he dado dinero á logro, ni lo he tenido p[ar]a darlo. Lo he recibido si, y no 10,, 20,, ni 40 [mil]. p[eso]s sino mucho mas , y á 9 p[orciento] muy caba- les V[uestra] R[everendicima] dice con S[an] Lucas dad prestado sin esperar de mas cosa alguna , y un poco mas abajo ¿qué cosa es dar á lo- gro? que si no matar al hombre
{89} En la actualidad me he puesto á mi- rarme á mi mismo a ver si yo soy al- gun muerto resucitado, y no me encu- entro señas ningunas de haver sido en ningun tiempo cadáver; antes p[o]r el contrario me reconozco sano y bueno
{f.038a}
{No tiene texto}
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{f.039} 39
a Dios gracias, gordo, robusto y guapo como 8 r[eales] y dejando aparte jocosidades festivas, puedo ase- gurar á V[uestra] R[everendicima] que á este dinero q[ue] recibi a logro, le debo ( prescindiendo de las altas pro- videncias de Dios) inaccesibles a n[ues]tro enten- dimiento) el tener en el día lo necesario p[ar]a ir pasando esta triste vida, el mantener con honradez mi familia, y el lograr otras comodidades espirituales y temporales q[u]e escuso referir. No es esto lo mas, porque muy bien pudo haver resultado mi perdi- cion, y estoy en ese conocimiento; sino q[ue] efectivam[en]te lo hizo el sujeto q[ue] me los dio p[o]r hacerme beneficio; privándose de otras ma- yores ventajas, y proporciones q[u]e le ofre- cian el estado y situación de su casa, cu yos centros sabia yo tan a fondo, como pue- do saber los de la mia a demas de esto lo dio con un evidentísimo riesgo de perderlo, ó mucha parte de ello, como yo bien lo sé, y el no lo ignoraba. Ya el sugeto está en la eternidad, y en verdad que
{f.040} 40
se fue alla sin restituirme nada ¿luego se habrá condenado? yo lo juzgo tan al contrario q[ue] los muchos beneficios q[ue] hacia, y entre ellos el q[ue] me hizo á mi, pienso q[ue] le han de haver servi- do de mucho merito p[ar]a lograr la sal- vacion eterna. Y padre mio vamos cla- ro si yo no me quejo de una cosa en que pudiera ser el doliente ¿de que se queja V[uestra] R[everendicima] habiéndolo, ni pudiendolo serlo? no seria cosa graciosa ver ir p[o]r la calle que le hiban dando de palos á Pedro, y q[ue] este se iba riendo, y q[ue] Juan iba gritando y quejándose en su lugar? ademas de que yo p[o]r que me he de quejar si no tengo de que? porque me he de quejar de un hombre que no tan solam[en]te no me hizo perjuicio, sino q[ue] me hizo especialm[en]te mucho beneficio?
{90} ya yo sé q[ue] un hombre puede muy bien libertar de la muerte á otro
{f.040a}
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{f.041} 41 11 hombre, y en el mismo hecho de libertarlo puede incluirse pecado (prevengo esto an- tes q[ue] V[uestra] R[everendicima] me lo prevenga) porque si Pedro v[erdi] g[racia] viene aora á pedirme dos r[eale]s pres- tados porq[ue] en ellos consiste el conservar la vida que posee, respecto a la urgente necesidad en q[ue] se hallá, y yo se los doy con condicion de q[ue] mañana me vuelva quatro, quien ha de dudar q[ue] esta es una grandísima usura y barabara tirania; pues no tan solamente estoy obligado a darselos sin retribución alguna, sino q[u]e el no darselos dados, será tal vez un enormísimo pecado contra la caridad; pero de este caso a aquel hay tanta di- ferencia, como la que hay de el ser ál no ser.
{91} R[everendisi]mo Padre Mio, si el dinero no vale mas ni menos q[ue] aquella cantidad ó numero de cosas que se hallan por el, si estas cosas no valen mas, ni menos q[ue] aquella cantidad de dinero q[ue] se
{f.042} 42
halla por ellas ¿por qué tan estrecha res- titucion en quanto a lo primero, y porque tan enorme amplitud en q[uan]to a lo segundo? ¿no echa de ver V[uestra] R[everendicima] q[ue] en quanto a la substancia, las dos cosas son una misma? ¿no echa de ver V[uestra] R[everendicima] que la [primera] opinión puede oca- sionar infinitos perjuicios al genero hu- mano? ¿no hecha de ver V[uestra] R[everendicima] que la segunda puede ocasionar la perdicion de muchas almas por el ancho campo que abre á cometer las mas horribles usuras? estas conseqüencias amado padre mio resultan de unos equivocos principios fundados sin mas especula- cion que porq[ue] lo dijeron los sabios teologos y juristas q[u]e V[uestra] R[everendicima] cita: estos teologos y juristas sabios a la verdad, y zelosísimos en extremo ¿quién ha de negar que sus intenciones fueron buenas y santas? pero sin embargo me atrevo á afirmar q[u]e carecieron
{f.042a}
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{No tiene texto}
{f.043} 43
de la intelig[enci]a necesaria para poder resolver en estos puntos con el acierto q[u]e se necesita.
{92} No piense V[uestra] R[everendicima] que soy yo algun fac- cionario del probabilisimo, ni quiera Dios que lo sea. Ni diga V[uestra]R[everendicima] con aquellas de clamaciones que vertió en su respuesta contra los ricos que yo soy partidario de ellos; asi como ni yo diré q[ue] V[uestra] R[everendicima] es par- tidario de la miseria. Lo q[ue] si afirma- re para confusión de unos y de otros, y mia, q[ue] lo que estamos mirando en el mundo es, q[u]e si las riquezas aun las bien adquiridas tienen en su poces[i]on muchas espinas. La miseria trahe con- sigo muchos abrojos[32]. No ignoro padre mio que aquel infalible texto del evangelio que desde luego se le pasó a V[uestra] R[everendicima] citar en su paternal exhortac[io]n que dice que es mas facil que entre un camello por el ojo de una aguja, q[ue] un rico en el cielo. Sentencia a la verdad terrible, y mas espantosa de
{f.044} 44 lo que piensan muchos de los q[u]e no tie- nen dinero; pues con ella se forman a su modo un salvo conducto para encajarse de falondres en el cielo, sin advertir que la majestad de cristo: hablo igualm[en]te con los que tienen di- nero que con los que no lo tienen, pu- es ni los lujos de n[uestro] p[adre] S[an] Francisco sin embargo de su solemne voto de pobreza y de carecer de posesiones publicas se escaparon de ella: bien lo prueba aquella respuesta que le dio la cabeza de la iglesia a la eter- na sabiduría quando vuelve la cara y le dice: pues señor ¿enton- ces quien se salvará? Y San Pe- dro no podia ignorar que el mun- do estaba lleno de pobres.
{93} En el buen uso está todo el ne- gocio: aora falta que saber á q[uie]n le será mas facil usar bien y con- forme, si al pobre se su miseria
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{No tiene texto}
{f.044b}
{No tiene texto}
{f.045} 12 45 ó al rico de su abundancia. Problema es este q[ue] ha de tener vigotes, si no me engaño, el que lo hubiere de resolver con el debido acierto, sin embargo de tener delante de si la flaqueza y miseria de unos y otros que estamos palpan- do en el mundo para poder decir de él, como te veo te juzgo.
{94} No obstante lo dicho me tomo licencia de poner á V[uestra] R[everendicima] un calculo q[ue] acaso le agra- dará, aunque no sea con el devido acierto, que dije, y es q[ue] echemos mano de cien ricos con la imaginación sin escogerlos, y y al mismo tiempo echemos mano de otro igual numero de pobres tambien sin esco- gerlos p[ar]a cotejar sus virtudes y vicios en general, y en particular las falacias, las mentiras, los malos tratos, los engaños, los latrocinios, las estafas, las usuras, los homicidios, los amancebam[ien]tos, los adul- terios, las embriaguezes, los estrupos, los incestos, los sacrilegios, la doctrina, la crianza y aun el mismo lujo vanidad
{f.046} 46 quien lo creyera [e]t[cete]ra y veremos.No quiero decirlo sin embargo de q[ue] co- nozco mediante el mundo; V[uestra] R[everendicima] lo dirá q[ue] puede q[ue] lo conozca mejor que yo.
{95} Ya yo sé que mayor maldad puede cometer un rico en un instante, que un pobre en diez años; pero esto es asi como un mal general de un ejerci- to puede sin disputa matar mas hom- bres en un dia, que un mal medico en 50 años ¿y que tenemos con eso? porque no por eso podremos justam[en]te decir q[ue] los yerros de todos los gene- rales puedan equivaler a los de todos los medicos.
{96} No puede ignorar la pobreza re- comendada p[o]r Jesucr[is]to que es la volun- taria, no la forzada, pues esta regu- larmente acarrea las mas fatales con- secuencias, como es evidente.
{97} El [séptimo] precepto de la ley de Dios dice
{f.046a}
{No tiene texto}
{f.046b}
{No tiene texto}
{f.047} 47 {98} no quitar, tener, ni querer lo ageno contra la voluntad de su dueño, tengase presente que dice contra la voluntad de su dueño.
{99} Los contratos, ganancias, ó digamos a logro sean en dinero ó sean en generos: esto es dando p[o]r sentado el espontáneo alvedrío de los dos contratantes, sin q[ue] intervenga nin- gun dolo, engaño, ó violencia; es un que- rer lo ageno con la voluntad de su dueño.
{100} Si esto no es licito, tampoco lo será el pedir limosna, porq[ue] que otra cosa es pedir li- mosna, que un querer lo ageno con la voluntad de su dueño. Ah señor q[ue] estos contratos son muy peligrosos y sujetos a mil resbalones: digo que es verdad, pero tambien digo que el pedir limosna está sugeto a los mismos en su clase; porq[ue] si el q[ue] pide limosna come v[erdi] g[racia] pollas me- chadas, y el que la da apenas tiene p[ar]a frijoles ¿en que quedamos? y no por esto hemos de decir que es malo el pedir li- mosna, y mucho menos el darla.
{f.048} 48 {101} Mas diré: el q[ue] pide limosna, nada dá de efectivo, antes suele quitar la paciencia á ratos, y con todo eso es acre- hedor á compensación, qual es la limos- na que recibe. El que dá su dinero, ó sus generos, todo lo dá de efectivo, tras- fiere la posesión, trasfiere la comodi- dad [etce]t[e]ra y si esta comodidad q[ue] logro el que recibe, y de q[u]e se priba el que subministra, está sujeta á diferentes tamaños, como sin disputa lo está; por que la compensación no ha de estar tam- bien sujeta a diferentes tamaños? y que moralista será capaz de fijar estos tamaños son acierto.
{108} Y que ¿solo los que tienen tiendas, al- macenes [etce]t[e]ra comercian? no hay clase estado ó geraquia que no tenga co- mercio, como tan necesario que es p[ar]a su conservación. El pobre, el rico, el sastre, el religioso, el abogado, el cura, el escribano [etce]t[e]ra todos en
{f.048a}
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{f.049} 13 49 su clase tienen comercio; pues ya hemos visto que hasta el mismo pedir limosna es una especie de comercio; y no asi como quie- ra sino sugeto á resbalones y muchos ¿qué será lo demas?
{109} quien le ha de negar á V[uestra] R[everendicima] q[ue] hay mu- chisimos contratos iniquos, muchas falacias mentiras, engaños, simulaciones tiranicas [etce]t[e]ra en el comercio; acaso muchas mas que las que puede pensar V[uestra] R[everendicima]
{110} combátaseles á estos intolerables vicios de la humana sociedad, hágaseles cru- da querra á sangre y fuego hasta ex_ tunguirlos, y exterminarlos enteram[en]te destrúyanse, digo, estos vicios, y dejese intacta una noble profesion, q[ue] es uno de los principales nervios de la subsist[enci]a y esplendor del estado político civil; y por consiguiente un firme apoyo de la misma religión q[ue] profesamos quiero decir, q[ue] no se confundan los q[ue] son licitos arbitrios con los q[ue] no lo
{f.050} 50 son.
{111} Escusado es el q[ue] V[uestra] R[everendicima] me diga, como me dijo en su respuesta, q[ue] es muy ma- la regla el hacer una cosa sin mas ex_ men que p[o]r q[ue] lo hacen todos tan dis- tante estoy de seguir esa regla brutal, y soy tan opuesta a ella, quanto con- sidero q[u]e no puede haver mas intole- rable y mas al gusto del mismo de- monio: de manera que si la tal regla estuviera sepultada en los abismos, cree firmem[en]te que el mundo estaba reme- diado en la mayor parte; pues casi quanto malo vemos en el, es hijo le- jitimo de esta fatal regla.
{112} Finalm[en]te digo q[ue] el comercio y tra- to de los hombres está sembrado de si- zaña y q[ue] al mismo tiempo hay mu- cho trigo, arranquese la zizaña, y dejese el trigo que le queda; y no que
{f.050a} {No tiene texto}
{f.050b}
{no tiene texto}
{f.051} 51 se suele lastimosam[en]te confundir el trigo y la zizaña p[ar]a arrancar uno y otro junto y sin distinción a red barredera.
{113} Los que no tubieren la suficiente inte- ligencia para distinguir el trigo de la zizaña p[ar]a segregarlo y apartarlo en aquel grado que merece, no se metan á arrancadores porq[ue] dejarán al mundo sin tener q[ue] cegár, y de- jarán al mundo sin tener q[ue] cose- char. Conténtense con aquel for- mulario g[ene]ral de la doctrina cris- tiana de cajon: que no se cometan usuras, que no se cometan tiranias q[ue] no se cometan fraudes, que no se cometan engaños [etce]t[e]ra no andemos con la cantinela de q[ue] lo dijeron los otros, pues ya hemos visto lo q[ue] es seguir una cosa sin mas exa- men q[ue] el q[ue] lo hacen otros, ademas
{f.052} 52 de q[ue] lo q[ue] dijeron otros suele estar mal fundado, ó suele estar alterado en el original, ó suele estar mal extendido ó suele estar mal apli- cado. Ve V[uestra] R[everendicima] lo q[ue] suele suceder con algunos abogados caminando debajo de la capa de unas mismas leyes.
{114} Son unos puntos amado padre mio los q[ue] se han tocado, de la mayor importancia, de la ma- yor gravedad, y p[o]r tanto de la mayor reflexion. En ello se inte- resan las monarquias, los reynos, las republicas, las provincias, las ciudades, los pueblos, y en una pa- labra el bien espiritual y tem- poral de todo el genero humano.
{115} En ninguna cosa está mas preciso el evangelio q[ue] en
{f.052a}
{No tiene texto}
{f.052b}
{No tiene texto}
{f.053} 14 53 punto de proximidad. El amor á esta y al bien universal es el q[ue] princi- palmente me ha movido a tratar de un asunto que si bien se reflexio- na es de la mayor importancia.
{116} No ha sido posible haverme ceñido mas de lo q[ue] me he ceñido en los varios puntos q[ue] he tratado; y son estos de tal naturaleza q[ue] son inse- parables los unos de los otros, de manera q[ue] todos juntos componen un mismo cuerpo: á este me ha de responder el que gustare hacer- lo. Si lo hiciere con razones mas fuertes de porque si y porque nó, ú otras semejantes, nos quedaremos en la misma; previniendo tam- bien que si hubiere producido al- gun termino, razon, o palabra impropia, se me disimulará con
{f.054} 54 prudencia, protestando, como pro,- testo, ante Dios q[ue] me ha de juzgar, que mi deseo ha sido, es, y será, acertar con lo mejor, p[ar]a lo qual pido á su divina ma- gestad nos alumbre el entendi- miento, y que nos veamos todos gozándole eternamente en la gloria.
Fin.
{f.054a}
{No tiene texto}
{f.054b}
{No tiene texto}
{f.055} 55 Producción de un s[eño]r d[octo]r sobre el asunto.
{117} El precio de las cosas generalm[en]te hablan- do, dicen todos los doctores, q[ue] se divide en dos {primero} legitimo ó legal segundo na- tural ó vulgar. El {primero} se llama leji- timo por estar tasado ó fijo por ley publica, decreto del principe, ó ma- gistrado que para ello tiene potestad el qual después de ver con madurez la cosa pone determinado precio p[ar]a beneficio del comun.
{118} El precio natural ó vulgar, no es por ley sup[erio]r este se mide por el prudente juicio y estimación de los hombres, considerando la nece- sidad ó utilidad, la abundancia ó la escacés del efecto; y como este
{f.056} 56 prudente juicio, y estimac[io]n de los hombres es imposible adivinarlo; de aquí nace q[ue] es imposible señalar a las cosas un precio indivisible, ó matemático, y por esto con apla- uso de todas las naciones se inven- taron los tres precios, supremo, me- dio ó moderado, infimo o piadoso, para q[ue] de esto no se exceda en las ventas mirando al bien comun.
{119} En la misma consulta supone el dubitante, con el ejemplo de la azucar q[ue] siendo de igual ca- lidad, uno quiere á 8,, otro quiere á 9,, y es otro quiere a 10,, he aquí lo q[ue] dicen y llaman los doctores los tres precios, y en realidad en la estim[aci]on de cada uno de los vendedores tiene uno solo, pero respecto de la multitud de los compradores tiene tres.
{f.056a}
{No tiene texto}
{f.056b}
{No tiene texto}
{f.057} 15 57 Producción de otro religioso de d[ic]ho convento s[ob]re el asunto.
{120} S[eño]r mio estos apuntes son de un d[octo]r que por contingencia oyó la propuesta, mas como solo es teologo, y de los intrínsecos que á V[uestra] M[erced] no le quadran, y con razon digo: que todas las objeciones de V[uestra] M[erced] están, ó me parecen muy fundadas y tube particular fluicion en leerlas.
{121} En el punto pr[incip]al del precio de las cosas atendiendo á lo que es comprar v[erdi] g[racia] en su etimologia comprar, com- praremos la cosa con la pectima dinero ó sea lo q[ue] fuere precio: y no tenien- dolo en si las cosas sino en la estima- cion de los hombres, pues entonces valdria mas un raton por viviente que no un diamante [etce]t[e]ra deben todos con arreglo al d[ic]ho de las gentes
{f.057ª}
{No tiene texto}
{f.058} 58 que los juristas llaman d[e]r[ech]o natur[a]l secundario q[ue] sigue á la ley na- tural, comercio, y sufragio de unos hombres con otros en las ocur- rentes necesidades, parece debemos decir que aunque por un sinzontle se den 50 p[eso]s, por un cavallo mas, por una pintura esquisita ó sus se- mejantes como sabe V[uestra] M[erced] muy bien, sin embargo no podrá regularse asi la Bretaña, ni el trigo, y todo quanto es necesario util y conve- niente a la vida humana, y asi á juicio prudente de mercaderes sensatos será un precio justo; y si esta justicia lo tempera alguna vez con la caridad ó misericordia (llamenle en hora buena) ó precio mo- derado, ó como quisieren, viene a
{f.058a}
{No tiene texto}
{f.058b}
{No tiene texto}
{f.059} 59 ser qüestion de nombres; porque ya la escaces en la mercaderia, ya la adund[anci]a altera sin duda alguna el precio y las circunstancias.
{122} Es verdad q[ue] en la instrucción de V[uestra] M[erced] no es necesario, ni reproducirle especies, ni hablar mucho, pues buscan- do solo como estoy persuadido la sere- nidad cabal de su conciencia, ó aquella satisfacción de su dictamen, hallando este con las mas maduras reflexiones que se vé, no diré mas sino q[ue] qui- tando v[uestra] M[erced] de q[ue] hablemos quando le pareciere, resolveremos entonces las es- pecies q[ue] mas nos parezcan conducir al examen puro de la verdad. Dios nos la dé á conocer, y gu[ard]e la vida de V[uestra] M[erced] muchos años. R[e]ver[endicim]o [33]de V[uestra] M[erced] su afecto capellan y serv[id]or Fr[ay] Jose María.
{f.060} 60 Conclusión por el mismo consultante.
{123} Quando yo esperaba un terrible ma- motreto mas grande q[ue] el gigante Goliat, capaz de aterrar y horrorizar al mismo Hercules si viviera, q[uan]do yo pensaba digo que el mismo religio- so q[ue] havia tomado á su cuenta el abatir, tirar por el suelo, y desterrar del mundo mi primera proposición y a su conseqüencia las demas q[ue] se siguieron; salimos tan solam[en]te con una empanada muy mal guisada, con una nada entre dos platos, con nada q[ue] te conté.
{124} Esto parece fabula, esto parece cu- ento, esto parece sueño ó letargo pero ello ha sucedido asi al pie de la letra.
{125} Pecados mios ¿á donde vamos a parar? es posible q[ue] una doctrina
{f.060a}
{No tiene texto}
{f.060b}
{No tiene texto}
{f.061} 16 61 sentada de muchos siglos á esta parte en el augusto[34] trono de nuestros sabios teo- logos, moralistas, juristas, colegios, escue- las, universidades, librerias, [etce]t[e]ra. Es posible digo que este religioso no encontrase (ya que S[u] R[everendicima] no se halló con suficiencia para ello) q[uie]n entre tanta multitud de sequazes saliese por garante[35] de unas opiniones á su parecer tan inconcusas[36], de una aplicación de textos á su pare- cer tan irrefragables, de unas asercio- nes á su parecer tan solidam[en]te fun- dadas y autorizadas por tan espanta- ble numero de sabios? no lo creyera si no lo hubiera visto, siendo cierto q[u]e al observar yo q[ue] estos papeles se detubie- ron én /.../ {en el conv[en]to: fuera del renglón} como mes y medio de tiempo, ya me estaba preparando p[ar]a sostener con mayor vigor mis propo- siciones, con la bien fundada satisfac[ci]on
{f.062} 62 de q[ue] las q[ue] pudieran reproducir los r[eligiosos] p[adres][37] me subministrarian un dilatado campo, no solam[en]te para sostenerlas con esfuerzo, sino tambien p[ar]a aumentarlas con su ceso[38], bien sa- tisfecho de q[ue] me quedaba bastante tela de q[ue] cortar p[ar]a acabalar[39] un tomo completo si fuese necesario, pero Dios se los pague q[u]e me ahor- raron este trabajo p[ar]a expenderlo mas utilm[en]te en mis peculiares ocu- paciones inseparables de la obligac[io]n en q[ue] me hallo constituido.
{126} Dije nada produgeron, y debe entenderse que asi sucedió efecti- vamente en q[uan]to a la substancia.
{127} Sin embargo pasaré a examinar lo q[ue] sus producciones tubieron de apariencia y digo.
{128} Que haviendo dirigido estos pape- les á las mismas manos del relig[io]so
{f.062a}
{No tiene texto}
{f.062b}
{No tiene texto}
{f.063} 63 q[ue] havia tomado á su cargo (porq[ue] quiso) el contestarme lo hizo la [primer]a vez; no tubo por conveniente el hacerlo en esta ó por mejor decir y no andar con rodeos no se halló desde luego con la suficien- cia necesaria p[ar]a ello, de modo q[u]e harto hizo en calarse[40] su ven[d]e capilla, y dar traslado á sus hermanos.
{129} Uno de ellos q[ue] es el q[u]e suena lla- marse Fr[ay] Jose M[arí]a como hemos visto arriba expresó su dictamen, y al mismo tiempo incluyó el de uno q[u]e parece ser doctor pasaré á examinar- lo q[ue] dijo este s[eño]r d[octo]r y luego segui- remos examinando lo que dijo el M[agistrado] R[eligioso] P[adre] Fr[ay] Jose M[arí]a
{130} lo que mas hallo q[u]e notar en el dictamen de este s[eño]r d[octo]r es el q[u]e me le- vanta un terrible falso testimonio; bien que le concederé que este es se- guram[en]te hijo lejitimo mas bien
{f.064} 64 de una candidez q[u]e tiene algunos aso- mos de inadvertencia, que de una ig- norancia con resabio[41] de malicia.
{131} Esto se evidencia bien claram[en]te con hacerle presente q[ue] yo traje a la memoria el ejemplo de los tres pre- cios fantásticos de la azucar, como se puede ver en su lugar, no p[ar]a establecer los decantados[42] infimo,me- dio, y supremo, como quiere el s[eño]r d[octo]r porque le da la gana, sino p[ar]a desterrarlos del mundo p[o]r carecer del sabio fundamento q[u]e los pudie- ra hacer justam[en]te recomendables p[o]r arrancar de entre los hombres esta fantasma ó pasmarota[43] que trae consigo las perniciosimas con- secuencias q[u]e he demostrado y acaso muchas mas q[u]e podrá demostrar qualquiera otro de los muchos que seguram[en]te tendran mas suficiencia
{f.064a}
{No tiene texto}
{f.064b}
{No tiene texto}
{f.065} 65 que yo, si quieren tomarse este trabajo.
{132} No es un grandísimo disparate el que este s[eño]r d[octo]r me venga á adver- tir lo que dicen sus compañeros los doctores sobre este punto de los tres pre- cios? quando yo ya sé lo que dicen, y lo tengo expresado en mi [primer]a proposic[io]n en donde se puede ver que les tengo con- cedidos no solo los tres precios de la clase q[u]e ellos los inventan, sino tambi- en mas de tres docenas, y les concederé liberalm[en]te todos quantos quisieren.
{133} Para haver dicho algo este s[eño]r d[octo]r nos havia de haver probado q[ue] lo q[ue] dijeron sus compañeros sobre este punto estubo bien dicho, respecto a que mientras disputa rueda sobre si dijeron bien, ó dijeron mal, p[o]r lo q[u]e sacamos p[o]r conseqüencia q[ue] n[ues]tro dicho d[octo]r nada dijo en substancia, y á q[uie]n
{f.066} 66 nada dice, con nada está respondido.
{134} En este supuesto mi resp[ues]ta vá dirigi- da p[ar]a desengaño de aquellos hombres que hay de tan flaco espiritu y escaso dicernim[ien]to q[u]e su pusilanimidad no les permite apartarse ni un punto de qualq[uier]a opinión, ó asecion aunq[u]e sea el mayor disparate del mundo, como venga apoyada de qualq[uier]a au- toridad ó dignidad, q[u]e p[ar]a aquellos q[u]e tengan un poco de buen juicio, es- cusado era este trabajo; y yo no pretendo q[u]e se haga aprecio ni de mi merito, ni de mi dignidad, sino de mis razones, tales quales son ellas.
{135} Lo mismo digo en q[uan]to á aquella baraunda q[ue] metió n[ues]tro d[octo]r en el principio de su famoso dictamen aquella distinción de dos precios (digo) q[ue] hizo entre [primer]o lejitimo ó legal
{f.066ª}
{No tiene texto}
{f.066b}
{No tiene texto}
{f.067} 67 y [segund]o natural ó vulgar; añadiendo q[ue] el [primer]o se llama lejiimo por estár tasado ó fijo por ley publica, decreto del principe ó magistrado q[u]e p[ar]a ello tiene potestad, el qual después de ver con madurez la cosa, pone determinado precio p[ar]a beneficio del comun. El precio natural ó vulgar no es por ley sup[eri]or. Este se mide p[o]r el prud[en]te juicio y estimac[i]on de los hombres [etce]t[e]ra.
{136} Y yo por ahorrar semejante pastelón mal quisado de terminos, hubiera distin- guido de esta manera d[ic]hos dos precios, diciendo así: el [primer]o pertenece ó debe perte- necer a todo lo q[u]e está estancado, y el [segund]o pertenece á todo lo q[u]e no está, pues en saliendo de aquí, todo lo demas son ma- marrachos aprendidos de memoria.
{137} Mas valiera q[u]e este s[eño]r d[octo]r hubiera gastado el tiempo en componer unos versos consonantes en el ocio de las
{f.068} 68 comodidades de una buena prebenda.
{138} Mientras tanto le prevendré q[u]e yo no me meto ni puedo meterme con lo q[u]e está estancado, y sobre todo lo demás tengo d[ic]ho lo suficiente p[ar]a desengaño de q[uie]nes lo quisieren ó lo pudieren entender. A esto me ha de contestar derecham[en]te el q[u]e quisiere, si pudiere hacerlo con solido fundam[en]to, pues de lo contrario quedará mucho mas lucido con el silencio.
{139} En vano me cansé en prevenir q[u]e el q[u]e gustare me havia de contestar al todo de los varios puntos q[u]e he tra- tado p[o]r la intima é inseparable co- nexion q[u]e tiene unos con otros, pues ya veo que es gana de pedir guin- das al naranjo.
{140} Por lo q[u]e mira á lo q[u]e dijo el M[agistrado] R[eligioso] P[adre][44] Fr[ay] Jose M[arí]a respecto á q[u]e me
{f.068a}
{No tiene texto}
{f.068b}
{No tiene texto}
{f.069} 69 hace el honor de decirme en una parte que el doctor es uno de los intrínsecos q[u]e á mi no me quadran, y con razon. En otra, que todas mis objeción están, ó le pare- cen muy fundadas; y en otra, que haya mi dictamen con las mas maduras reflexi- ones q[u]e se vé; parece era escusada aquella impertinencia del sinsontle, el cavallo, y la pintura esquisita; bien q[u]e quizá lo haría por no dejar de decir algo, y aun parece que asi lo dá á entender. Sea como fuere, ello es, q[u]e se hace preciso examinar- la aunq[u]e no sea mas q[u]e por evitar er- rado eco q[u]e puede ocasionar en alg[un]as per- sonas de aquellas q[u]e parece tiene el en- tendimiento en las orejas.
{141}Para lo qual empezaré expresando lo q[u]e sobre este punto dice el p[adre][45] cuyas razo- nes son estas: parece devemos decir q[u]e aun- que p[o]r un sinzontle se dén 50 p[eso]s por un cavallo mas, p[o]r una pintura exquisita
{f.070} 70 ó sus semejantes como sabe V[uestra] M[erced] muy bien, sin embargo no podrá regularse así la Bretaña ni el trigo, y todo q[uan]to es necesario util y conviene á la vida hu- mana.
{142} Toda esta q[u]e parece una gran maquina y no lo es, ni chica ni grande, puede en- tenderser de dos maneras. La una compre- hendiéndola asi como suena, esto és, q[u]e no debe ni puede regularse de un mis- mo modo el precio de un sinzontle, un cavallo, ó una pintura exquisita, q[u]e el de la Bretaña ni el trigo e[tce]t[e]ra y la otra alusivam[en]te, á q[ue] un tratante pueda ga- nar sin limites en aquellas cosas, co- mo sinzontles, cavallos y pinturas exquisitas, y muy limitadam[en]te en aquellas cosas como bretaña trigo e[tce]t[e]ra
{143} gran cosa hemos hallado. No hizo igual descubrim[ien]to Cristóbal Colon.
{144} En q[uan]to a la [primer]a convengo lisa y lla-
{f.070ª}
{No tiene texto}
{f.070b}
{No tiene texto}
{f.071} 71 nam[en]te con la opinión del p[adr]e pues quien le ha de negar q[u]e el precio de las cosas debe ser regulado con atención á las cir- cunst[anci]as ya apreciables, ya despreciables que obtienen ellas mismas: ora sean ca- vallos, pinturas, sinzontles, bretañas ó calabazas. {145} Esto sentado, q[u]e mucho será q[u]e el q[u]e se den 1[mil] doblones p[o]r un caballo, si es seme- jante al bavieca del cid, q[u]e sabia ma- tar mas moros q[u]e su mismo amo; q[u]e mu- cho será q[u]e se dé otra tanta cantidad por una pintura tan exquisita como las ubas de ceuris, q[u]e hacian venir á los pajaros á picarlas como si fueran naturales, o co- mo la q[ue] hizo apeles de una persona de Alejandro y vendio en 20 talentos de oro q[ue] es el valor de 120 [mil] doblones. Que mu- cho será q[ue] un sinzontle se venda, no en 50 p[eso]s como dice el p[adr]e sino en 100 y mas, si acaso sabe hablar latin, que
{f.072} 72 no será mucho, pues ya la locución castellana se la atribuyen á algunos.
{146} En estos casos ya no se pagan ni los cavallos p[o]r cavallos, ni las pinturas por pinturas, ni los sinzontles p[o]r zin- sontles; lo q[ue] se paga y debe ser justam[en]te pagado es la habilidad y trabajo que expendieron los hombres en hacer salir estas cosas (digámoslo asi) de la esfera de su naturaleza; como el q[u]e enseño á un sinzontle á hablar latin; como al q[u]e supo infundir en el bavieca del cid aquel exorbitante espiritu mar- cial; como á seuxu y apeles el haver aprendido su arte con tanta excelen- cia y valentia.
{147} A este mismo tenor se pagarian cier- tam[en]te las bretañas y el trigo si hubiese alg[un]a invención q[u]e las pudise hacer sa- lir de la esfera de su naturaleza, v[erdi] g[racia] q[u]e hubiese un hombre q[u]e descubriese
{f.072a}
{No tiene texto}
{f.072b}
{No tiene texto}
{f.073} 73 un especial condimento p[ar]a hacer durar cincuenta años una camisa de bretaña usándola diariam[en]te a manera de la tela de amianto q[u]e arde peremnem[en]te en el fuego sin consumirse. Que se hubiese descubierto un trigo de tal virtud al ma- ná que Dios envió á su pueblo escogido.
{148} Sin embargo ya vemos q[u]e una vara de bretaña que ayer se compró p[o]r un peso se vende hoy en 25,, con solo el costo agregado de un poco de ilo con q[u]e se bordó, y catese aquí colocado en una misma esfera ó parelelo[46] (en n[uestro caso) cavallos, pinturas, sinzontles, tordos, tartas, gito- mates y lechugas.
{149} Para q[u]e esto se pueda entender mas clara y distintam[en]te pasaré á examinar la [segund]a parte que propuse, y distingui (ya que no lo hizo el p[adr]e) como alusiva á q[u]e en los g[rane]ros[47] que llaman superfluos se puede ganar sin limites, y en los
{f.074} 74 q[u]e llaman necesarios a la vida humana no se puede ganar sino limitadam[en]te. ella me subministra razones demos- trativas mas claras q[u]e la luz del sol p[ar]a hacer ver á los q[u]e no estuvieren ciegos q[u]e una y otra partes [primer]a y [segund]a no abrazan ni contienen en si mas q[u]e una piedad. mal comprendida, una caridad enten- dida al revez, un entusiasmo mons- truozo agarrado p[o]r el rabo, una política errónea carente de conocimiento, ca- rente de especulación, carente de inte- ligencia, y carente de practica, y ade- mas de esto unas fatales coseqüenc[i]as y tan erróneas como diré.
{150} Una de ellas es, y bastantem[en]te practi- cable en el mundo, q[u]e de aquí toman ocasión muchos de los q[u]e tratan en el mundo, y contratan en aquellas cosas q[u]e llaman no necesarias a la vida humana p[ar]a engañar, estafar, y
{f.074a}
{No tiene texto}
{f.074b}
{No tiene texto}
{f.075} 75 robar en este trafico á su salbo, y á tuta conciencia á todo el genero humano, con- siderandose autorizados p[ar]a ejecutarlo li- brem[en]te usado p[ar]a conseguirlo de q[uan]tos dolos y engaños les dicta su desordenada avaricia; de modo q[u]e p[ar]a dar salvo conduc- to a su malvado proceder, buscando erro- neam[en]te el apoyo de citar (lo he visto muchas veces) á los moralistas; como si no fuese tan latrocinio el robar en un monte espezo, como el ejecutarlo en un llano escampado; y por consig[uien]te tan digno de la horca y del infierno lo uno como lo otro. Pues no es dudable que estamos tan obligados a tratar verdad é integridad q[uan]do contratamos en perlas ó diamantes, como q[uan]do contratamos en maíz o trigo.
{151} En q[uan]to a las cosas q[u]e llaman necesar[i]as p[ar]a la vida humana hemos de dar p[o]r sentado q[u]e el numero de comerciantes
76 ó traficantes q[u]e giran en ellas, no está, ni debe estar reducido ni a unidades, ni á decenas, ni tampoco a centenas, sino á la libertad del numero q[u]e quiera ocuparse en este ejercicio tan preciso y necesario a la republica. Con este inexcusable principio sacamos la evi- dente deducción y conseqüencia, q[u]e no está en su mano ni en su fantasia el venderlas al precio q[u]e se les antojare luego ¿á q[u]e propósito viene el quererles prescribir la cantidad grande ó chica q[u]e pueden ganar? ¿acaso es lo mismo ser comerciante de las cosas necesar[i]as ó no necesarias a la vida humana q[u]e ser estanquero de ellas? ¿pero los comerciantes en q[uie]nes no reside ni po- testad regia ni pontificia, ni epis- copal, ni magistral p[ar]a vender al pre cio q[ue] quisieren, no es una grandisi- ma impertinencia quererlos confundir
{No tiene texto}
{f.076b}
{No tiene texto}
{f.077} 77 con este fantasma?
{152} Yo me figuro que si hubiese un ma- gistrado que pusiese al trigo, como tan necesario a la vida humana, la quota fija de 3,, ó 4,, p[eso]s la carga, y q[u]e nadie pudiese exceder de él, seria celebrado es- pecialm[en]te de los pobres, y tales moralistas como un divino acabado de bajar del cielo, dorado de las mas grandes qualidades de piadoso y de caritivo, y de benéfico al comun; ya le querrian canonizar por santo, y despacharlo a la bienaven- turaranza; yo le desterraria del mundo si tubiese autoridad p[ar]a ello, p[o]r ser ins- trumento humano de q[ue] todos rabiase- mos de hambre dentro de poco tiempo, pues es evidente q[u]e semejante prov[idenci]a ocasionaria infaliblem[en]te la consecuen- cia q[ue] no habria hombre q[u]e quisiese sembrar trigo.
{153} ¿Será posible q[u]e haya en el mundo
{f.078} 78 persona racional y de caracter q[u]e opine que en los g[ene]ros comestibles no es lici- to traficar? posible es y efectivam[en]te hay tales opinadores y no pocos. ¡ o q[ue] infelicidad! ¡ o q[ue] barbarismo! ¡ o q[ue] ignorancia tan crasa y tan into- lerable! ¡ o miseria de n[ues]tra noble na- cion española! todavía me hace me- nos fuerza q[ue] haya semejantes opi- nadores, q[ue] el q[ue] haya q[uie]n tolere á unos hombres enemigos declarados del preciosisimo ramo de la agri- cultura y la labranza; y p[o]r consig[uien]te enemigos capitales de la subsistencia de los mortales, y de la riqueza del estado.
{158} S[eño]res moralistas, s[eño]res magistrados s[eño]res comerciantes, s[eño]res ricos, s[eño]res po- bres no nos echemos tierra en los ojos, no seamos ciegos. No hay otro medio mas oportuno, ni otra clave mas
{f.078a}
{No tiene texto}
{f.078b}
{No tiene texto}
{f.079} 79 proporcionada p[ar]a promover la abundancia q[u]e la libertad del trafico, q[u]e la libertad de poder ganar, ó poder perder.
{159} Esta libertad es la q[u]e conmueve y alienta á los hombres, a los proyectos de labranza y emprezas de comercio; y q[u]e salga á promoverlo el dinero, q[u]e sin ella tal vez estaria sepultado en las arcas sin provecho de nadie.
{160} Este es un armonioso muelle, cuyo concertado resorte trasciende p[o]r su pro- pia virtud y naturaleza á fomentar y á vivificar todos los ramos de industria que destierran la ociosidad, el hambre, y la miseria.
{161} ¿Como es posible quererles prescribir á los traficantes reglas p[ar]a la cantidad q[u]e deben ganar, sino es posible prescribir otras p[ar]a examinarlos de la cantidad que deben perder?
{162} si estas dos reglas tan opuestas fuesen
{f.080} 80 conciliables ó compatibles ¡o q[u]e maqui- na tan armoniosa y tan hermoza se- ria la de la mutua y reciproca cor- respond[enci]a de los hombres! era una señal evidente de q[u]e se habia acabado el reato del pecado de n[ues]tros primeros padres, pero subsistiendo este, como subsite y subsistirá desde luego mi- entras hubiere hombres en el mundo, es un delirio querer encontrar un te- soro q[ue] no encontró aquel principe de las leyes solon, ni quantos hom- bres sabios le sucedieron hasta n[ues]tros dias.
{163} El mas rigido y estrecho moralista quando se le ofrece comprar alguna cosa, lo q[u]e veo es, q[u]e la procura com- prar al precio mas barato q[u]e puede, sin detenerse á considerar si al que vende le habrá costado á mucho mas precio, como suele suceder, no pocas veces.
{f.080a}
{No tiene texto}
{f.080b}
{No tiene texto}
{f.081} 81 {164} Todo el mundo hace lo mismo porque es cierto q[u]e es impracticable hacer otra cosa.
{165} El traficante a su turno, quando ven- de hace la contraria, porque de otra ma- nera bien presto se acabarian todos los traficantes del mundo; y en este caso el que quisiere ponerse un par de zapatos tendría que hacerlos por su propia mano, y no solo hacerlos, sino tambien pre- parar todos los materiales desde su ori- gen, haciendo hasta el tranchete.
{166} A este tenor sucederia con todo lo demas y entonces ya lamentaríamos infali- blem[en]te la falta de unos hombres á quienes el indiscreto zelo de la igno- rante preocupación procura acobardar y desterrar siendo tan precisos y nece- sarios en la sociedad.
{167} Y en una palabra ¿quando á uno se le ofrezca comprar una pieza de
{f.082} 82 bretaña p[ar]a hacer un par de camisas, qu- al le será mas comodo comprarla a la puerta de su casa, al precio q[u]e el tiempo ofreciere, ó despachar hasta Francia por ellas?
{168} finalm[en]te no es esta contienda como las lides de Cesar y Pompello q[u]e disputaban con la furia de las armas el dominio y aun la tirania sobre los hombres; sino promo- ver con la pluma la libertad de la repu- blica y del estado. Hablo de aquella na- tural libertad reciproca q[u]e promueve y facilita la comodidad, conservac[i]on y aum[en]to de todas las gerarquias de q[u]e se compone.
{169} Este ha sido el principal objeto de esta pequeña tarea, deseoso de remover unos obstaculos tan mal concebidos como lle- vo demostrado creido de q[u]e no son ellos los q[ue] menos embarazan el curso del comercio en nuestra nación Española
{f.082a}
{No tiene texto}
{f.082b}
{No tiene texto}
{f.083} 83 y acrecentamiento y mayor esplendor de su monarquia, bajo la cabeza del mayor monarca del mundo que Dios prospere dilatados siglos.
{f.084} 84 {No tiene texto}
{f.084a}
{No tiene texto}
{f.084b}
{No tiene texto}
{f.085} 85 22
Prologo.
{170} Amigo lector todos los libros llevan regular- mente su prologo al principio, no sé porq[u]e pues comunm[en]te se escriben desde hecha la obra y así no te detengas en notar q[u]e esta lo lleva al fin, pues me pareció q[ue] este es su mas propio lugar, atendiendo tam- bien a q[ue] hasta el fin nadie es dichoso.
{171} Por tal me consideraba yo si la obrita q[ue] te presento tuviera todas las recomen- daciones y la virtud q[u]e deseo capazes de desterrar todo abuso é ignorancia en el trafico del comercio y establecer el mayor arreglo é igualdad en la balanza de las cosas, de modo q[ue] la mutua corres- pondencia y sociedad de los hombres los hiciese menos infelices espiritual y temporalmente.
{172} Pero p[o]r desgracia nuestra sucede mu- chas veces q[ue] la reforma de algunos abusos y desordenes suele servir de escalon p[ar]a establecer otros mayores: tal es la es-
{f.086} 86 tructura condicion y malicia de n[ues]tra frágil naturaleza.
{173} Pero sin embargo, no puedo menos de lisongearme de q[u]e hay bastantes hombres q[ue] desean el mayor acierto en su conducta, y pensando yo, y deseando {ser} uno de ellos, no será mucho discurra q[ue] este pequeño trabajo q[u]e te presento no te sea enteram[en]te inu- til si te quieres aprovechar de él.
{174} Si te pareciere que ha sido dema- siado arrojo mio el meterme á refu- tar algunas opiniones tan general- mente recibidas, lo q[u]e no ha hecho ninguno antes de ahora (á lo menos no ha llegado á mi noticia) te diré q[ue] alguno ha de ser el [primer]o en todas las cosas; y q[ue] no debes estrañar q[ue] sea yo este alguno en la presente persuadido á q[u]e si no lo han hecho otros muchísimos, ha sido seguram[en]te mas p[o]r sobra de sumisión y decidia
{f.086ª}
{No tiene texto}
{f.086b}
{No tiene texto}
{f.087} 87 q[ue] por falta de razones y fundam[en]tos p[ar]a ello.
{175} Si yo hubiera combatido alg[un]as sutilezas realzadas del ingenio de tales opinadores no hay duda q[u]e tubieras muchísima ra- zon de notar mi corta suficiencia de atrevida y aun temeraria; pero ya vez q[u]e no me he metido en otra cosa q[u]e en rebatir unas crasas[48] ignorancias y ato- londramientos, cuya facil empresa puede poner por obra qualq[uier]a que es- tubiere adornado de las tres potencias del alma, si no las tiene cojas ó tullidas.
{176} Ojala hubiese alguno de los muchos q[ue] hay dotados de mayores luces q[u]e yo, q[ue] se dedicase con mayor extensión á tan noble y util empresa, animado del zelo desinteresado de ilustrar a muchos ignorantes, que yo seria el p[rimer]o en tributarle el agradecimiento.
{177} Pero si en lugar de ocuparte como buen patriota en una loable tarea (de que todos somos deudores á la republica
{f.088} 88 y al estado, cada uno seg[u]n sus fuerzas y talento) te entretienes en censurar los defectos grandes ó chicos q[u]e hallares en esta obra, es una señal evidente de q[ue] no te hallas con suficiencia p[ar]a ello; y asi te advierto q[ue] te será mas decente usar la prudente discreción de dejar rodar la bola, tragándola como pudieres; pues no será mucho q[ue] acaso no sepas discernir ni aun los errores de los aciertos; previni- endote q[ue] aunq[u]e te parezca q[u]e tiene muchos de los primeros, como se ve- rifican algunos de los segundos, yo mismo me hago el favor, p[o]r si acaso tu no me lo quisieres hacer, de q[ue] soy acreedor a tu benevolencia.
{178} No es incompatible la amplificac[i]on de un quantioso trafico de comercio, con la reformacion de una desordenada avaricia. Aquel terrible é infalible testo del evangelio q[ue] ya dije en otra
{f.088a} {No tiene texto}
{f.088b}
{No tiene texto}
{f.089} 89 23 parte y vuelvo a repetir en esta que es mas facil que entre un camello por el ojo de una aguja, q[u]e un rico en el cielo. No habla no, con los que poseen el dinero, sino con los q[u]e tienen el corazon poseído de él.
{179} De esta clase eres tu comerciante que tienes 100[mil] p[eso]s que acaso la mitad de esta crecida adquisición se las debes á tus fala- cias, á tus simulaciones y a tus engaño- sos ardides, de modo q[ue] la respiración q[ue] Dios te dio p[ar]a alabarle y servirle, pare- ce q[ue] te la dio p[ar]a no alentar palabra de verdad en tus tratos y contratos; tan en- tregado en adquirir mas y mas inte- reses, y sea como se fuese, q[ue] parece que ellos son el ultimo fin para q[u]e naciste y el Dios de tu corazon.
{180} De esta clase eres tu comerciante q[u]e te aprovechas de la necesidad, y precisi- on de ese que llamas tu protegido, ó tu habilitado p[ar]a en los tratos y contratos que tienes con él, imponerle las leyes ar-
{f.090} 90 bitrarias q[ue] te dicta tu avaricia y tira- nia. Tu eres por una parte actor de tus iniquidades, y por otra participante de las agenas ¿porque ese otro p[ar]a poder correspon- derte y conservar su credito hace con otros lo que tu hiciste con el: mra si eres cris- tiano como te librarás de la continua inquietud de los remordimientos de tu conciencia, en vano te cansas de andar moliendo al mundo con simuladas con- sultas preciandote de escrupoloso p[ar]a aquietarla, si hermano mio porq[u]e no haces otra cosa q[ue] afanarte en buscar apoyos y escapatorias p[ar]a no restituir q[ue] es lo mismo q[u]e poseer un infierno es esta vida y labrar el de la otra.
{181} ¡ Oh quan comodo te seria espiritual y temporalm[en]te q[ue] tu caudal se com- pusiese de algunos miles menos, de lo q[ue] se compone!
{182} csa graciosa es ver á unos piadosos de prespectivas hipócritas de la piedad q[ue] forman un misterioso escrúpulo
{f.090a}
{No tiene texto}
{f.090b}
{No tiene texto}
{f.091} 91 de traficar en cosas q[u]e llaman preciosas y necesarias á la vida humana; haciendo alarde de seguir al pie de la letra aquellas opiniones q[ue] tratan de restringir este tra- fico comercio ¿y p[o]r ventura q[u]e opiniones son estas? unos entusiasmos cuyos auto- res parece están comisionados con am- plios poderes de aumentar la pobreza la hambre y la miseria q[ue] indiscretam[en]te juzgan evitar.
{183} No está la felicidad no en traficar ó dejar de traficar en esto, ni en lo otro, ni en lo demas allá, sino en la integridad en el modo de traficar. No seamos como aquella vieja q[ue] hacia escrúpulo de escupir en la iglesia [etcete]ra.
{184} Que otra cosa es un comerciante de aquellos grandes trapazeros simulados q[u]e hay, escrupuloso de lo q[ue] no puede abarcar su codicia y su ambicion, sino un hipocriton de la piedad y la caridad cristiana, un santon de la ingenuidad y formalidad; un entretengas de la
{f.092} 92 religión y un herege tirano de la socie- dad humana: si posible fuese arrancar de sobre la tierra a semejantes mons- truos, se podria decir con alguna pro- piedad q[ue] ya la tierra era similitud del cielo.
{185} Lo peor es q[ue] la pasión desordenada y p[o]r los intereses, es una plaga casi tan dilatad como la descendencia de n[ues]tro padre Adan. Los demas vicios parece como que están ligados y anexos a determinadas clases de gentes, ó á de- terminadas gerarquias de personas, pero el de la codicia se puede decir con bastante propiedad, q[u]e es el topa con todos; de modo q[ue] extiende su im- perio a la mayor parte de esas mis- mas clases y gerarquias q[u]e tienen gran facilidad de preservarse de los demas: a esas mismas personas digo, q[ue] abominan todo lo de mas q[u]e es malo {186} ¿y que diremos de tales personas? ¿que diremos de tales santones? lo
{f.092a}
{No tiene texto}
{f.092b}
{No tiene texto}
{f.093} 93 que diremos es, que poner todo su conato en no irse al infierno letra p[o]r letra como los de- mas viciosos, por tal de ejecutarlo en abre- viatura q[ue] es el arte mas liberal, y menos honoroso a las incomodidades, á los riesgos, y a la boísa; pues que meritos podrán tener de la preservación de unos vicios, en cuya abs- tinencia tiene mas parte la repugnancia de su misma naturaleza, y otros fines particu- lares mas vergonzosos q[ue] el devido amor a Dios, y observancia de sus divinos preceptos?
{187} dice aquel adagio ( y dice bien) q[ue] unos tienen la fama y otros cargan la lana.
{188} Los comerciantes tienen la fama de ser los mayores usureros del mundo, en q[uan]to a la cantidad yo lo concedo de medio a medio; pero en quanto a la entidad reflexiona tu el asunto desapasionadam[en]te discurri- endo p[o]r todas las demas clases y gerar- quias y hallarás con evidencia q[u]e por lo mas comun son los menos ladrones de los hombres: quiero decir q[ue] los excesos q[ue] en esta parte cometen las demas clases
{f.094} 94 aunq[u]e muchas veces son de menor ta- maño casi siempre son de mucho mayor malicia, y p[ar]a que me entiendas mas claram[en]te me explicaré con un (simil)
{189} un mercader suele vender 10[mil] varas de un genero en que usura con su falasia 10 [mil] quartillas de r[eale]s que son 312 pesos 4 v[aras]. Un abogado suele llevar 50 p[eso]s por un escrito que no vale arriba de 10 p[eso]s (traslado a las tasaciones q[u]e suelen ha- cerse) en q[u]e usurea los 40 valiendose de la ocasión (si no se vale de otras peores) de q[ue] los escritos no se venden en la otra puerta, ni en la otra, ni en la de mas allá. Es constante q[u]e el mercader estafó mucha mayor cantidad, y tal vez en menos tiempo, q[ue] el q[ue] gastó el abogado en hacer su escrito, y sin embargo de todo esto pregunto ¿qual de estos dos prójimos será el mas picaro?
{190} te aseguro hermano mio q[ue] si echa- ras un compás matemático p[ar]a medir
{f.094a}
{No tiene texto}
{f.094b}
{No tiene texto}
{f.095} 95 todas las clases de gentes en punto de usuras, p[ar]a cada mercader usurero q[u]e encontremos semejante al comerciante de n[ues]tro simil, hemos de encontrar en las demas clases 10 docenas de individuos al tenor de aquel abogado. No quiero meter en cuenta aquellas cosicosas q[ue] llaman ga- jes, regalias, y percances, de miedo de que se engrian los comerciantes, y pre- tendan ser canonizados aun los mayores ladrones de ellos.
{191} Aquellas frecuentes declamaciones q[ue] se oyen contra los comerciantes son regularm[en]te producidas a manera de allá va eso, sin conocim[ien]to de causa, sin haver visto los autos, a Dios te la depare buena y pescala como pudieres.
{192} De estos errados principios, resulta q[u]e quedan casi intactos los abusos, llevándose de encuentro sin distinción la profesión y la integridad.
{193} Tales efectos son los q[u]e se pueden espe- rar, simpre q[u]e las causas estén envuel-
{f.096} 96 en la pasión de fines particulares; como quando en tales declamaciones se dispara atropelladam[en]te el zelo de la equidad é integridad p[o]r libras, y el de la emula- cion y envidia por quintales.
{194} Todos, todos queremos justicia, y pocos pocos la queremos p[o]r nuestra casa. El trascendente vicio de la lujuria tan abo- minado de muchos, y de q[u]e efectivam[en]te se libertan bastantes, se puede decir con alguna propiedad, q[u]e está vestido de su propio traje; pero el de la codicia ¡o Santo Dios! está disfrazado con mas colo- res que quantos ha producido la natu- raleza. No se á q[u]e edad, estado, clase, ó gerarquía deje de extender su imperio y dominio: los mas escrupulosos en los demas vicios, los rezadores, los mas san- tularios suelen estar contraminados y poseídos de esta casi universal plaga.
{195} El que juega limpio en materia de intereses, ya tiene lo mas andado p[ar]a ser santo; sin esta indispensable baza
{f.096a}
{No tiene texto}
{f.096b}
{No tiene texto}
{f.097} 97 25 es escusado calentarse la cabeza sobre todo lo demas.
{196} Todos (hablo de los codiciosos) hallan razo- nes p[ar]a apoyar su conducta; ellos huyen como el diablo de la cruz, de los libros que les dicen las verdades p[ar]a el acierto de su conducta, pensando que con ignorar- las se eximen de la obligación de seguir- las ¡o escapatoria infeliz y desdichada! ¡o camino derecho y trillado del infierno!
{197} apenas hay ninguno de todos estos q[ue] deje de fabricarse su pedazo de teolo- gia en la fantasia de su cerebro p[ar]a el gasto de casa á medida de su paladar y á medida de sus afectos y pasiones. Unos p[ar]a sostener contra viento y marea el fa- usto, el lujo, y otros vicios q[u]e juzgan in- dispensables á su estado. Otros creyendo q[ue] si se apartan de los malos medios de que se valen p[ar]a adquirir, se verán en la dura necesidad de perecer, y los mas de todos hallan á su parecer un
{f.098} 98 grande salvo conducto con cierta practi- ca corr[ien]te q[ue] ven establecida en el mundo.
{198} No hay duda q[u]e esta practica cor[rien]te los autoriza p[ar]a proceder a su imtacion porq[u]e desde luego tienen a cosa indeco- rosa el irse al infierno sin su poco q[ue] mucho de fausto y comitiva, y en una palabra porq[u]e parece q[u]e quieren mas bien irse al infierno acompaña- dos q[ue] no al cielo solos.
{199} Oigamos todos a la majestad de Cris- to: tratad pues de buscar el fin para q[ue] fuisteis criados, q[ue] todo lo temporal de q[ue] necesitareis lo tendréis no por premio pr[incip]al de vuestras obras, sino por añadidura= que bien viene esta infalible promesa del q[ue] es el ser de todas las cosas, y la suma verdad que no nos puede engañar, con aquella sacrílega blasfemia de los q[ue] piensan que si apartan de los infames medios
{f.098a}
{No tiene texto}
{f.098b}
{No tiene texto}
{f.099} 99 de que se valen p[ar]a adquirir pereceran de ambre.
{200} Estos todos a boca llena dicen q[ue] creen en Dios, y yo les digo a boca cerrada q[u]e des- de luego no creen a dios; pues si creen a Dios no dudarán de sus promesas, y el dudar de ellas es lo mismo q[ue] no tener fee, luego su fé y creencia no es mas q[u]e de boca; no andemos con aquí la puse. Como quiera q[u]e el fin q[ue] me he prop[ues]to en el presente asunto, ha sido precisam[en]te efecto del deseo de entresacar y distinguir lo bueno de lo malo, esto es lo licito y be- nefico al bien comun, de lo inlicito y per- judicial al mismo comun en el trato y contrato; tanto de los mercaderes de profesion, como de los q[u]e no lo son; no deverás extrañar, ora seas comerciante moralista, abogado, medico, alcaba- lero, cura, arzobispo, magistrado, es- cribano, sastre, ó peon de albañil e[tcétera] q[ue] ya q[ue] me dediqué a promover lo
{f.100} 100 primero me haya tomado tambien el pequeño trabajo de no callar lo según- do, haciendote cargo de q[u]e de no haver- lo hecho asi, mas bien pareceria la obrita asunto de adulación, y lisonja a los comerciantes, q[u]e de ilustración y desengaño a todos los q[u]e lo son, y los que no lo son; previniéndote tambien q[ue] p[ar]a unas y otras reflexiones mas bi- en me he valido del sufragio de una dilatada practica maestra principal de todas las artes y ciencias, q[ue] de la fantasia de la teorica, sugeta por lo comun a los mas crasos[49] errores, quan- do carece del auxilio de la primera.
{201} Finalmente no te parezca q[u]e me he alargado demasiado p[ar]a prologo de una obra tan corta, pues a mi me parece que antes me he quedado corto en unas materias q[u]e si bien se miran no son de menor importancia q[u]e el asunto é idea pr[incip]al de la obra. Si
{f.100a}
{No tiene texto}
{f.100b} {No tiene texto}
{f.101} 101 consideras q[u]e no soy acreedor á tu agra- decimiento, no será suficiente tu ingra- titud de apartarme del fraternal afec- to q[ue] me debes, deseandote todo el bien que puedo desear p[ar]a mi mismo, q[u]e es la gracia de Dios, prenda segura del ultimo fin para que nos crio.
Fin.
{f.102} 102 {Aparece el sello de la Biblioteca Nacional}
{f.102a}
{No tiene texto}
{f.102b}
{No tiene texto}
{f.103} 103
Ill[ustrici]mo s[eñ]or {sello de la Biblioteca Nacional}
{202} En cumplimiento de lo que V[uestra] S[eñoria] I[lustricima] ordeno pase inme- diatamente a tomar declaracion y recoger el qua- derno de D[on] Bartolomé Arechavala, el que inmediata- mente manifiesto su insubordinación, dudando de que no le constaba fuese comisario del tribunal, y rehu- sando de hacer el juramento, y aunque lo hizo despu- es, por su decaracion, conocera V[uestra] S[eñoria] I[lustricima] su libertinaje y como traspaso los sagrados deberes del juramento y que entre las expresiones que virtio fue que ni podia ni havia de decir mas para que se perjudi- casen otros, y que eran investigaciones que no venian al caso sonriéndose de quando en quando por lo que mande se suspendiese la diligencia haciendo que el notario certificase lo que havia declarado en forma en donde resulta perjuro, y aun- que le hize entender la censura si revela el sigi- lo, pero el en vista de que no quiere declarar adonde esta el sugeto que ha fingido tiene el libro, dice que lo recogera de el, en el termino que cita en su declaracion. En vista de lo qual y de q[u]e V[uestra] S[eñoria] I[lustricima] provea lo que juzgue oportuno, para prover lo que puede resultar me ha parecido dar quenta y no ratificarlo, pues bastante se burlo, aunque la política, e integridad con que trate manejarme le contubo algun tanto.
{203} Dios gu[ard]e a V[uestra] S[eñoria] I[lustricima] m[ucho]s a[ño]s.
{f.104}
{204} Convento de S[an] Diego de Mejico y en[er]o 19 de 1817 Ill[ustrici]mo S[eñ]or Fr[ay] Joaquin Yañez /…/ {rubrica}
{f.104a}
{No tiene texto}
{f.105} 105 {205} Fr[ay] Antonio Blanco religioso Presbitero del sagrado ord[e]n de los menores, ex lector de teología, y sagrad[o]s canones Predicad[o]r conventual en el de n[uestro] s[antisimo] p[adre] S[an][50] Fran[cis]co de esta capital, y Capp[ita]n de las Capuchinas de Corpu[u]s Chisti: Como Not[ari]o de una diligencia q[u]e p[o]r superior decreto del muy Yll[ustrici]mo y S[an]to Tribunal de la Inquisición de México, practica el r[eligioso] P[resbitero] Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez, q[u]e en derecho lugar haya, digo: q[u]e=
{206} certifico q[u]e procediendo el r[eligioso] p[adre] Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez a practicar su comision, p[o]r ante mi, á quien p[ar]a ella nombro de not[ari]o en la tarde del dia catorce del presente enero, pasó conmigo á la calle de porta=cali, y en la casa n[umero] 3 se presentó un sugeto, ya citado de ante mano, q[u]e dijo ser , y llamarse D[o]n Bartolomé Arechabala.
{207} Hallándonos los tres solos, el nominado r[eligioso] p[adre] comisario exigio del citado Arechavala el juram[en]to de estilo en los asuntos del s[an]to ofi- cio; reusó este con alguna acrimonia[51] el prestarlo, dando p[o]r cau- sal, el q[u]e no le constaba ser el referido r[eligioso] p[adre] legitimo, y verdadero ministro del s[an]to tribunal. Convencido de ello, hizo la señal de la cruz, y otorgo el juram[en]to aunq[u]e al parecer con alguna repugnan- cia. Habiéndose procedido al interrogatorio satisfizo a las pregunt[a]s q[u]e en su declaracion aparecen, aunque con incomodidad, q[u]e manifes- to bastante q[uedan]do apretezado de otras preguntas dijo, q[u]e parecia se tra- taba de examinarle hasta las sejas, y q[u]e ya no decia mas sobre el particular aunq[u]e le costase un brazo, p[o]r q[u]e no queria q[u]e p[o]r su dicho se siguiese incomodidad á otra persona. Por esto quedaron sin res- puesta algunos miembros de la
ultima pregunta, q[u]e se halla en previene, p[o]r haber cerrado la puerta á ellas con su negativa ab- soluta, el r[eligioso] p[adre] comisario mandó a mi el infrascripto not[ari]o q[u]e cerrase la diligencia, como lo hize leyendo su dicho de verbo ad verbum al referido D[o]n Bartolomé Arechavala, q[uie]n con el cita- do r[eligioso] p[adre] comisario, y ante mi lo firmo de su proprio puño.
{208} En feé de todo firmo la presente en esta ciudad de México en diez, y seis dias del mes de enero del año de mil ocho- cientos diez, y siete.
Fr[ay] Ant[oni]o Blanco /.../ {rubrica}
{f.106}
{No tiene texto}
{f.107} 107 {209} Este santo oficio tiene noticia, de ha- berle entregado a D[o]n Juan Cantera un cua- derno manuscrito titulado ,,Consulta que ,,hizo un curioso de la ciudad de la Puebla de ,,los Angeles. Respuesta que puso un religioso ,,de la misma: replica que hizo el mismo curiozo ,,producción de un s[eñ]or d[oct]or s[ob]re el asunto, producci- ,,on de otro religioso s[ob]re el asunto. Conclusión ,,por el mismo consultante. Igualmente sabe es- te tribunal que el expresado Cantera se presen- to al s[eñ]or provisor por escrito solicitando la li- cencia para su impresión, y conviniendo al s[an]to of[ci]o averiguar, quien es el autor del expresa- do quaderno, el dia que se lo entregaron, los su- getos que tengan iguales ejemplares, donde viben, sus nombres y apellidos, calles, numeros de sus casas: para lo qual hemos acordado librar comision en forma a n[ues]tro Comisa[ri]o de Corte Fr[ay] Joaquin Yánez, para que haciendo comparecer al mencionado Cantera le reciba su decla- racion con areglo a los puntos insinuados, ha- siéndole que exprese con toda la claridad, y extensión s[ob]re d[ic]hos particulares: y evacua- das que sean estas diligencias nos las re- mitira n[ues]tro comisario, informándonos s[ob]re el credito, ó asenso q[u]e le merezca
{f.108}
el dicho de Cantera; por cono/.../ {dificil su lectura} al servicio de Dios que gu[ard]e a n[ues]tro co- misario m[ucho]s a[ño]s ynq[uisicio]n de Mex[i]co 9 de enero de 1817. D[octo]r D[o]n Manuel de Flores /.../ {rubrica} D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubrica}
A V[uestro] Fr[ay] Joaquin Yánez, Comisario de corte de este Santo oficio. {210} En la ciudad
{f.109} 109 de México en once dias del mes de enero del año de mil ochocientos diez y siete para proceder a lo que el s[an]to oficio me previene nombraba y nombre por notario al r[eligioso] p[adre] Fr[ay] Antonio Blanco Capellan del conv[en]to de religiosas dez- calzas de Corpus Cristi y habiendo aceptado el nombram[ien]to lo admitió y juro in verbo sacerdoty [52]de hacerlo con fedelidad y guardar secreto y lo firmó conmigo.
Fr[ay] Joaquin Yánez comisario /.../ {rubrica}
Fr[ay] Ant[oni]o Blanco /.../ {rubrica}
{Declaracion de D[o]n Juan de la Cantera me parece hablo verdad}
{211} En la ciudad de México en trece dias del mes de enero del año de mil ochocientos diez, y siete siendo poco mas de las quatro de la tarde ante el r[eligioso] p[adre] Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez pres- vitero, y comisario de corte del s[an]to oficio de la inquisición de México, y del p[adre] Fr[ay] Ant[oni]o Blanco q[u]e hace de not[ari]o en es- tas diligencias camparecio haviendo sido llamado, y juró p[o]r D[io]s N[uestro] S[eñ]or y una señal de cruz de decir verdad, y guard[a]r secreto en q[uan]to supiere, y fuere preguntado una persona q[u]e dijo ser, y llamarse.
{212} D[on] Juan de la Cantera natural de la ciudad de Or- duña en el señorio de Vizcalla de treinta años de edad, no casado, de empleo librero, q[u]e vive en la calle de las capuchin[a]s n[umero] 5.
{213} Preguntado si sabe o presume la causa p[o]r q[u]e ha sido llama- do? dijo: que la ignora.
{214} Preguntado si sabe, ó ha oido decir q[u]e alguna perso- na halla dicho ó hecho alguna cosa q[u]e sea, ó parezca ser contra n[ues]tra s[an]ta feé catolica, ley evangelica, ó contra el rec- to proced[e]r del s[an]to oficio? dijo que no.
{215} Preguntado si sabe de un quaderno manu=escrito, sin nombre de autor? dijo: que no.
{f.110}
{216} Preguntado declare si ha presentado un quaderno intitu- lado consulta curiosa, solicitando la licencia p[ar]a su impresión? dijo que si.
{217} Preguntado q[uie]n es el autor de dicho cuaderno? dijo: que lo ignora.
{218} Preguntado conq[u]e motivo vino quaderno a sus manos: dijo que con ocasión de estar dando a el publico el papel titulado noticia universal se lo franqueo un amigo p[ar]a q[u]e si le parecia lo diese en d[ic]ho periodico.
{219} Preguntado q[u]e tanto t[iem]po ha tenido dicho quaderno, en q[u]e dia se lo dieron, y q[uie]n es el sugeto de q[uie]n lo hubo, como se llama y en donde vive? dijo:
{220} que no se acuerda del dia en q[u]e lo recibio, q[u]e lo tubo de D[o]n Bartolomé de Arechavala á q[uie]n le devolvió desp[ue]s de haverlo co- piado, y es el q[u]e tiene presentado solicitando licencia p[ar]a su impre- sion, que el citado sugeto vive en los bajos de Porta celi n[umer]o 3.
{221} Preguntado si sabe q[uan]tos suget[o]s han visto dicho lib[r]o y si han sacado algunas copias, ó tan[to]s del? dijo
{222} que entiende q[u]e ninguno otro sino el q[u]e declara le ha copi- do, y asi mismo esta cierto, q[u]e mientras le ha tenido solo lo han leido el dicho D[o]n Juan Barquera, q[u]e vive en la calle de Jesús n[umer]o 13, y el q[u]e lo copio q[u]e no sabe en donde vive, ni como se llama aunq[u]e le conoce de vista.
{223} Y habiéndole leido esta declaracion dijo q[u]e estaba bien es- crita conforme ha lo q[u]e ha dicho, y declarado, q[u]e conforme está escrito es la verdad, y q[u]e esto lo dice en descargo de su conciencia se le encargó nuevamente el secreto lo prometio guard[a]r y lo firmo de q[u]e certifico.
Juan de la Cantera /.../ {rubrica}
Fr[ay] Ant[oni]o Blanco /.../ {rubica}
{224} En la ciudad de México en diez y nueve dias del mes de enero del año de mil ochocientos diez y siete, siendo las quatro de la tarde ante el /.../{no se lee la abreviatura} Fray Joaquin Yánez Pres- bitero y Comisario de Corte del S[an]to Oficio de la Inquisición de México y de Fr[ay] Antonio Blanco q[u]e hace de notario en estas diligencias, comparecio y juro por Dios N[ues]tro S[eñ]or decir verdad y guardar secreto.
{f.110a}
{No tiene texto}
{f.111} 111 {225} D[o]n Juan Cantera y estando presentes en calidad de honestas y religiosas personas los padres Fr[ay] Jose Mar[ia]no Montes, y Fr[ay] Fran[cis]co Gutierrez presbiteros regulares q[ue] han jurado secreto fue preguntado.
{226} Si se acuerda y hace memoria haber declarado ante ministros del s[an]to oficio contra alguna cosa perteneciente a su conocimiento.
{227} Dijo y refirio substancialmente lo q[u]e convie- ne su declaracion y pidio se le manifestace y leyese.
{228} Fuele dicho se le hace saber q[u]e el s[eñ]or ynquisid[o]r fiscal del s[an]to oficio le presenta por testigo ad perpetua, rei memoria[53] q[u]e este atento y se le lera su dicho y si en el hu- biese q[u]e alterar, añadir o innovar lo haga de manera que en todo diga la verdad se afirme y ratifique en ello y luego le fue leido de verbo ad verbo el di- cho arriba contenido, y habiendo dicho y contestado q[u]e lo habia oido y entendido.
{229} Dijo que ello mismo su dicho, q[u]e el lo havia declarado según se le havia leido y esta- ba escrito y asentado que en ello se afirmaba y afir- mo se reatificaba y ratifico, y si necesario era lo decia de nuevo en descargo de su conciencia y lo firmo de q[u]e certifico.
Fr[ay] Joaquin Yánez comis[ari]o /.../ {rubrica} Juan de la Cantera /.../ {rubrica} Fr[ay] Jose Mariano Montes /.../ {rubica} Fr[ay] Fran[cis]co Apolinar Gutierrez /.../ {rubica} Fr[ay] Ant[oni]o Blanco notario /.../ {rubica}
{230} En la ciudad de México en catorce dias del mes de enero del año de mil ocho cientos diez, y siete p[o]r no ha- verse encontrado en la mañana del dia, siendo las quatro, y quarto de la tarde ante el r[eligioso] p[adre] Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez, Presbítero, y Comisario de Corte del S[an]to Oficio, y del p[adr]e Fr[ay] Ant[oni]o Blanco, q[u]e hace de notario en las presentes diligencias comparecio havien- do sido citado é hizo juramento p[o]r Dios N[uestro] S[eñ]or y una señal de cruz de decir verdad, y guard[a]r secreto en q[uan]to supiese, y fuese pregun- tado, una persona q[u]e dijo ser y llamarse.
{f.112}
{231} D[o]n Bartolomé Arechavala, nativo de Gordojuela en el seño- rio de Vizcaya, edad de treinta años no casado, comerciante, q[u]e vive en la calle de los bajos de Porta=celi, n[umer]o 3.
{232} Preguntado si sabe ó presume la causa p[o]r q[u]e ha sido llamado dijo q[u]e no.
{233} Preguntado si sabe, ó ha oido decir q[u]e alguna persona halla di- cho, ó echo alguna cosa q[u]e sea, ó paresca ser contra n[ues]tra s[an]ta fee catolica, ley evangelica, ó contra el resto proced[e]r del s[an]to oficio? dijo, q[u]e no llama especie de haver oido a nadie nada.
{234} Preguntado declare q[uie]n es el autor de un manuscrito q[u]e tiene y lo exiva de ord[e]n del tribunal en el acto mismo, e igualmente de- clare q[uan]tos ejemplares hai, de q[uie]n huvo el q[u]e tiene?
{235} dijo, q[u]e ignora q[uie]n es el autor, q[u]e el libro no es suyo, ni lo tiene q[u]e lo ha entregado a D[o]n Ramon de Zalazar, de q[uie]n ofrece recogerlo, y entregarlo, y q[u]e no puede declarar mas sobre este particular, en con- sideracion a q[u]e de q[uan]to exponga no se podra sacar otro resultado, q[u]e el de entregar el unico ejemplar q[u]e sabe existe, y q[u]e ofrece present[a]r dentro de quince dias.
{236} Y habiéndole leido esta declaracion dijo q[u]e estaba bien escri- to, p[o]r lo q[u]e el p[adr]e comisario me mando á mi el infrascripto n[otari]o certificase la presente diligencia, y lo firmo.
Fr[ay] Joaquin Yánez comisario /.../ {rubica} B[artolo]me Arechavala /.../ {rubrica} Fr[ay] Ant[oni]o Blanco Not[ari]o /.../ {rubica}
S[an]to Oficio de Mex[i]co 15 de enero de 1817 S[eño]r inquisidor Flores.
{237} Citese por el nuncio de este s[an]to oficio a la porteria de el tribunal a D[o]n Bartolomé de Arecha- vala para el dia de mañana a las diez, donde se le reciba declaracion en forma por el comis[ar]io de corte Fr[ay] Joaquin Yánez, y pres[en]te s[ecreta]rio, s[ob]re los puntos que, resultan de la declaracion de D[o]]n Juan Cantera, ha- siéndole entender q[u]e de no obedecer al mandato del tribunal se procedera contra el como inobe- diente a lo q[u]e haya lugar en derecho. /.../ {rubica}
{f.112a}
{No tiene texto}
{f.113} 113 {238} En la inquisición de México en diez y seis dias del mes de enero de mil ochocien tos diez y siete, por la mañana por ante el Comisario de Corte Fr[ay] Joaquin Yánez y por ante el presente secretario, parecio siendo citado D[o]n Bartolomé de Arecha- bala, el qual siendo presente le fue recibido juramento en forma debida de d[erec]ho so cuyo cargo prometio decir verdad en lo que supiere y fuere preguntado y de guardar secreto de lo que viere, en- tendiere, y con el pasare.
{239} Preguntado como se llama, de donde es natural, que edad, y oficio tiene. Dijo: llamarse D[o]n Bartolomé de Arechavala, natural del valle de Gordojuela en el señorio de Viz- caya, de edad de treinta años, de ejercicio comerciante.
{240} Preguntado si sabe, o presume la causa porq[u]e ha sido citado de or[de]n del s[an]to oficio.
{241} Dijo que presume sea por la decla- racion recibida por el mismo comi- sario, de resaltar de haber quedado en entregarle al comis[ari]o el qua- derno, que presenta.
{242} Preguntado quien es el autor de d[ic]ho quaderno. Dijo.
{f.114}
{No tiene texto}
{f.115} 115 para q[u]e lo leyese en ella D[o]n Jose Maria Baroco, q[u]e se halla en el dia en Durango: y que el quaderno lo tubo en su poder un dia, o dos, pasados estos se lo entrego a su dueño: y que esta es la verdad so cargo del juramento fecho, y q[u]e no tenia q[u]e alterar, añadir, ni innovar, por q[u]e como estaba escrito era la verdad, y lo firmo de q[u]e certifico.
Fr[ay] Joaquin Yánez Comisario /.../ {rubica} B[artolome] de Arechavala /.../ {rubica} D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubrica}
{243} [54]Inmediatamente en d[ic]ho dia mes y año, y por ante los mismos com[isari]o y presente s[ecreta]rio volvio a com- parecer del orden verbal del tribunal (en q[u]e yo el s[ecreta]rio doy fe) el d[ic]ho D[o]n Bartolomé de Arechaba- la de quien el citado comisario recibio juramento de decir verdad de lo que supiere y fuere pregunta- do: y siéndolo de, por que viviendo en su misma casa D[o]n Ramon de Salazar, que dice tenia el quaderno q[u]e há presentado pidio en su primera declaracion quince dias de termino para exhi- virlo? dijo:[55] que pidio d[ic]ho termino posi el d[ic]ho Salazar lo hubiere dado á alguna persona de esta, ó de
{f.116}
fuera, y asi tuviese el tiempo nece- sario p[ar]a recojerlo, mas no habiendo- se verficado el estar prestado co- mo lo supo horas después en que dio la declaracion antecedente lo recogio, y sin usar de aquello quince dias lo ha presentado oy al tribunal.
{244} Preguntado quien es D[o]n Vicente Alvistur y Torres, cuyo nombre apare- ce en la primera oja en blanco de d[ic]ho quaderno.
{245} Dijo: que no conoce a semejan- te hombre, ni sabe quien es.
{246} Fuele d[ic]ho q[u]e se hace muy imvero- simil q[u]e viviendo con el dueño de d[ic]ho quaderno, y habiéndolo franquea- do p[ar]a su impresión ignore quien es su autor, y asi por las entrañas de Jesucristo, y por el juram[en]to q[u]e tiene fecho se le amonesta y encarga re- corra su memoria, y diga la verdad; entendido en q[u]e si en algun tiempo se supiere q[u]e ha tenido noticia de quien es el autor de d[ic]ho papel se le aplicaran las penas que haya lu- gar en d[erec]ho, de las q[u]e puede libertarse manifestando lo q[u]e se le preg[un]ta.
{247} Dijo: q[u]e se ratifica de nuevo q[u]e no puede afirmar quien sea el autor, q[u]e de oidas sabe haberse encontrado entre los papeles del
{f.116ª}
{No tiene texto}
{f.117} 117 finado D[o]n Manuel Arechavala, veci- no que fue de la Puebla de los Angeles y que esta es la verdad so cargo del jura- mento fecho, y lo firmó de q[u]e certi- fico. Fr[ay] Joaquin Yánez comisario /.../ {rubrica} B[artolom]é de Arechavala /.../ {rubrica} D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubrica}
{248} En la Inquisición de México en diez y siete dias del mes de enero de mil ochocientos diez y siete, por la mañana, por ante el comisario de corte Fr[ay] Joaquin Yánez y por ante el pres[en]te secretario, parecio siendo citado D[o]n Ra- mon de Salazar, el qual siendo pres[en]te le fue recibido juram[en]to en forma debida de derecho, so cuyo cargo prometio decir verdad en lo que supiere y fuere pregun- tado, y de guardar secreto de lo que viere entendiere, y con el pasare.
{249} Preguntado como se llama, de donde es natural, que edad, y oficio tiene.
{250} Dijo: llamarse D[o]n Ramon de Salazar natural del valle de Gordojuela, en el señorio de Vizcaya, de edad de quaren-
{f.118}
ta y quatro años, de ejercicio C/.../rredor
{251} preguntado si sabe, ó presume la cau- sa por que ha sido citado de or[d]en del s[an]to oficio.
{252} dijo: que presume sea s[ob]re un qua- derno que le pidio d[o]n Bartolomé de Arechavala, para entregarlo al s[an]to ofi- cio. {253} Preguntado: quien es el autor de d[ic]ho quaderno.
{254} Dijo: que ha oido decir, que hizo una con- sulta D[o]n Manuel de Arechavala al con- vento de S[a]n Fran[cis]co de Puebla, s[obr]e los puntos q[u]e en el se contienen, y no sabe quien sea el autor, y que d[ic]ho papel se encontro en- tre los bienes del d[ic]ho Arechavala.
{255} Preguntado quien es el dueño de d[ic]ho papel. Dijo: ser el mismo declarante, y que lo hubo de la casa del difunto D[o]n Jose Pala- cio, quando este fallecio.
{256} Preguntado si sabe quantas copias ha- ya de d[ic]ho, papel, y que sujetos las tengan.
{257} Dijo: q[u]e D[o]n Bartolomé de Arechavala lo llebó a la librería de Benavente y lo entrego a Cantera, con el designio de que se imprimiera, y aun no sabe si va- cio alguna copia p[ar]a presentarla a los di nacio. Y que este papel se lo presto para que lo leyesen a D[o]n Juan de Yturbide, y D[o]n Emeterio Pastor, ya difuntos.
{f.118ª}
{No tiene texto}
{f.119} 119 {258} Preguntado, si sabe que alguna persona haya dicho, o hecho alguna cosa, que sea ó paresca ser contra n[ues]tra s[an]ta fe cato- lica, ley evangelica, q[u]e predica, y enseña n[ues]tra s[an]ta madre Iglesia, o contra el rec- to modo de proceder del s[an]to oficio.
{259} Dijo: q[u]e nada sabe de lo q[u]e contie- ne la pregunta. Y habiéndosele leydo dijo q[u]e estaba bien escrito y asentado, y todo la verdad so cargo del juram[en]to fecho, y lo firmo de q[u]e certifico.
Fr[ay] Joaquin Yánez Comisario /.../ {rubica} Ramon de Salazar /.../ {rubrica} D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubica}
{Ratificación} {260 [56] En la ynq[uisici]on de México en veinte dias del mes de enero de mil ochocientos diez y siete por la mañana por ante Comisario de Corte S[eñ]or Joaq[ui]n Yánez, y presente secretario parecio D[o]n Ramon de Salazar vecino de este ciudad del qual estando presente por honestas y religiosas- personas los r[eligiosos] p[adres][57] Fr[ay Jose Eutor Berra y Fr[ay] José Arenas del orden de predicadores que tienen jurado el secreto fue recibido juramento en forma y
{f.120}
prometio decir verdad.
{261} Preguntado si se acuerda haver despuesto ante algun comisario contra persona alguna sobre cosas tocantes a la fé. {262} Dijo que se acuerda haver echo una declaracion en es- ta ynq[uisici]on sobre un folleto, y refirio en sustancia lo en el ello contenido, y pidio se le leise.
{263} Fuele d[ic]ho, que {se} le hace saber que el s[eñ]or ynq[uisid]or fiscal del s[an]to oficio le presenta por testigo ad perpetuam rei memo- riam en una causa que trata con el autor de d[ic]ho fo- lleto que este atento y se le leera su declaracion, y si en ella hubiere que alterar, añadir, ó emendar lo haga de manera que en todo diga verdad, y se afirme, y ra- tifique en ella por que lo que haora dijere para perjui- cio a d[ic]ho autor y le fue leida de verbo ad verbum /.../ su declaracion arriba contenida, y haviendo el citado D[o]n Ramon de Salazar d[ic]ho que la havia oydo y entendido.
{264} Dijo que aquella era su declaracion, y el la havia d[ic]ho según se le havia leido, y estaba bien escrita, y asentada [58]y que solo tiene que añadir, que el folleto se- gun le parece lo pudo remitir desde Puebla D[o]n Rafael de Voz y Monforte, q[u]e al sa- zon se halla en España, y que habiéndolo visto el declarante un cajon de la mesa de D[o]n Vicente Alvitrea q[u]e vivia en la ca- sa de D[o]n Matheo Palacio, y q[u]e este se embarcó p[ar]a el otro reyno, q[u]e no escru- pulizo[59] p[ar]a cojerlo por parecerle ser un pa- pel inútil; y que esta es la verdad so cargo del juram[en]to hecho, y que no tiene que alterar, añadir, ni enemendar.
{f.120a}
{No tiene texto}
{f.121} 121 en la que se afirma y ratifica, y lo fir- mó de q[u]e certifico.
Fr[ay] Joaquin Yánez Comisario /.../ {rubrica} Ramon de Salazar /.../ {rubrica} Fr[ay] Jose Eustaq[ui]o Berra /.../ {rubrica} Fr[ay] Eusebio Arenas /.../ {rubrica} D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio /.../ {rubrica}
{265} [60]En la inquisición de México en veinte dias del mes de ene ro de mil ochocientos diez y siete por la mañana por ante el comisario de corte Fr[ay] Joaq[ui]n Yánez y presente se- cretario parecio D[on] Bartolomé Arechavala vecino de esta ciudad del qual estando presente por honestas y religiosa personas los r[eligiosos] p[adres][61] Fr[ay] Jose Eustaquio Berra y Fr[ay] Eusebio Arenas del orden de predicad q[u]e tienen jurado el secreto fue recivido juram[en]to en forma y prometio decir verdad.
{266} Preguntado si se acuerda haber depuesto ante algun comisario contra persona alguna sobre cosas tocantes a la fee. {267} Dijo: que se acuerda haber hecho una declaracion en esta inquisición sobre un folleto y refirio en substan- cia lo en ella contenido y pidio se le leyese.
{268} Fuele dicho q[u]e se le hace saber q[u]e el s[eñ]or ynquisid[o]r fiscal del s[an]to oficio, le presenta por testigo ad perpetua rei memoria en una causa q[u]e trata contra el autor de d[ic]ho folleto, q[u]e este atento y se le lera su declaracion y si en ella hubiere q[u]e alterar añadir o enmendar lo haga de manera que en todo diga verdad y se afirme y ratifique en ella por q[u]e lo q[u]e ahora digere parara perjuicio al d[ic]ho
{f.122} 122 autor. Y le fue leida de verbo ad verbu d[ic]ha su declarac[io]n arriba contenida. Y habiendo el citado D[o]n Bartolomé Are- chavala dicho q[u]e la habia oido y entendido.
{269} Dijo: q[u]e aquella era su declaracion y el la ha- via dicho según se le havia leido y estaba bien escrita y asentada, [62]y que no tenia que añadir, ni quitar por q[u]e como estaba escrito era la verdad y en la que se afirmo, y ratifico, y lo fir- mo de q[u]e certifico.
Fr[ay] Joaquin Yánez Comisario /.../ {rubrica} B[artolo]me Arechavala /.../ {rubica} Fr[ay] Jose Eustaq[ui]o Berra /.../ {rubrica} Fr[ay] Eusebio Arenas /.../ {rubrica} D[o]n Casiano de Chavarri S[ecreta]rio
{Aparece el sello de la
colección a la que pertenece este documento y aunque el doc[umento] actualmente
tiene el número 371, en el sello aparece el número 370} {Debajo del sello aparecen unas anotaciones que no parecen ser del documento, pues estan escritas con otra letra y lengua}
{f.123}
{No tiene texto}
{f.124}
{No tiene texto}
[1] Aparecen dos anotaciones, una es de Goupil, y la otra parece ser posterior, estas no se transcribieron. [2] En todo el párrafo se nota otra letra, lo que nos indica el cambio de escribano. [3] A partir de este párrafo vuelve a cambiar la letra, lo cual indica el cambio de escribano. [4] Otros significados de la palabra: discute litiga o disputa. [5] Se desligó el símbolo que representa a la palabra etcétera. [6] Otros significados de la palabra: laico novicio o profano. [7] Tal vez estos nombres corresponden a los autores de los libros citados en el texto. [8] Las palabras en cursivas, parecen ser de otra lengua, pues no se comprenden. [9] En estos párrafos se observa una letra distinta, lo que nos indica el cambio de escribano. [10] En este párrafo se observa distinta letra, lo que nos indica el cambio de escribano. [11] Al parecer es una estrofa en latín. [12] Las notas o renglones en latín se pondrán en cursivas para su mejor identificación. [13] No se distinguen bien las letras, para desencadenar la abreviatura. [14] En estas abreviaturas donde solo parecen D.D. se infiere que su significado sea de acuerdo al contexto. [15] Todo el párrafo tiene diferente letra, lo que indica el cambio de escribano, además no sigue la secuencia de lo argumentado en el texto de la foja anterior. [16] En esta abreviatura puede ser m[ay]or o m[en]or, pues la terminación corresponde a estas dos palabras. [17] La P. que aparece en el texto probablemente corresponda al termino Padre pues en fojas anteriores si se escribe la palabra completa. [18] En todo el párrafo se observa el cambio de letra, lo que nos indica el cambio de escribano. [19] Disenso, quiere decir, desacuerdo o discordia. [20] Sofismas, quiere decir argucias, falsedades, falacias, engaños etcétera. [21] Cavilaciones, quiere decir, preocupaciones, pensamientos, reflexiones, abstracción, etcétera. [22] Sediciosos, quiere decir insubordinados, revolucionarios, o insurgentes etcétera. [23] En toda la foja se observa letra diferente a la de la foja anterior, lo que nos indica el cambio de escribano, pero también en la parte inferior de la foja aparece la silaba “Me” misma que puede corresponder a la continuación de la foja 000s, pero que por cuestiones técnicas aparece antes de esta. [24] Al parecer esta foja es la continuación del texto de la foja anterior f.000r. [25] En todo el texto se observa diferente letra a la anterior foja, lo que nos indica el cambio de escribano. [26] En esta abreviatura podría ser señor o santo, pues es difícil plantearlo con seguridad, ya que solo aparece la s. lo mismo para la abreviatura anterior donde aparece la p. [27] A partir de este renglón la letra cambia, lo que indica el cambio de escribano. [28] A partir de este renglón se observa diferente letra lo cual indica el cambio de escribano. [29] La abreviatura pudiera ser padre, pues es difícil saber ya que solo aparece la P. [30] El número uno tal vez indique aun, pero es difícil precisarlo. [31] La palabra significa petición o postulación. [32] La palabra significa: obstáculos, dificultades, dolores o penas. [33] En esta abreviatura se tiene duda. [34] Otros significados para esta palabra, son: honorable, venerable o respetable. [35] Otros significados para esta palabra, son: fiador, asegurador o responsable. [36] Significados de la palabra: incuestionables, innegables o indiscutibles. [37] Se desconocen la otras dos abreviaturas R.P. [38] Significados de la palabra: termino, finalizar, concluir. [39] Significados de la palabra: terminar, concluir, completar. [40] Significado de la palabra: penetrarse, atravesarse, pasarse. [41] Significado de la palabra: lacra, falla o falta. [42] Significado de la palabra: depurados o refinados. [43] Significado de la palabra: asombro, admiración o ademan. [44] En estas palabras como: magistrado, religioso y padre, que en el texto aparecen como abreviaturas M.R.P., se desencadenaron de acuerdo al contexto del discurso que presenta el Doc. Por ello las palabras pudieran estar en duda. [45] En el texto solo aparece P., por lo que de acuerdo al contexto se desencadeno la abreviatura a padre. [46] Probablemente la palabra correcta sea paralelo. [47] Se desencadenó la abreviatura, pero el significado puede variar solo se leeyó de acuerdo al contexto. [48] El sinónimo de la palabra es: gordas, obesas o gruesas. [49] El sinónimo de la palabra: es grande, o gordo. [50] En estas abreviaturas N. S. P. S. es difícil saber cual su exacta lectura y se desencadenan de acuerdo al contexto, pero tomando en cuenta que no necesariamente sea esta su lectura pues se puede caer en el error. [51] Otros significados de la palabra son: irritación, aspereza. [52] Al parecer esta breve estrofa esta escrita en latín. [53] Probablemente esta estrofa este escrita en latín y se transcribio en cursivas para su mejor identificación, por lo cual todas las estrofas que parezcan latin se identificaran con cursivas dentro de la transcripcion. [54] A partir de este párrafo se observa el cambio de escribano. [55] Hasta aquí se observó el cambio de letra. [56] A partir de este renglón se observo el cambio de escribano. [57] Probablemente en estas abreviaturas se repite R.R.P.P., porque son dos personajes a los que se nombran. [58] A partir de este renglón de observó el cambio de escribano.
[59] Al parecer la palabra es escrupuloso. [60] A partir de este párrafo se observa el cambio de escribano. [61] Se repite la forma de abreviatura R.R.P.P. [62] A partir de este renglón se observa el cambio de escribano. |