TRANSCRIPCION
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{En el margen superior izquierdo un sello con leyenda y número}
MEXICANO 239
{Al centro, en cuadrete la leyenda}
Manuscrito un cuaderno en folio, 19 páginas
Documento sobre la empresa del canal de Huehuetoca
No. 239.
Volumen de 9 hojas más la hoja I preliminar 24 de septiembre de 1898
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{en blanco}
{f.000c} I {19 hojas}
Extracto general
De los valores y gastos q[u]e han tenido las rentas del desague de Hue[hue]toca desde 28 de noviembre de 1607, en que se principió esta obra hasta fin de diciembre de 1777, con adiccion de lo respectivo a los años de 1778, y [1]779, y una relación sucinta de las ynundaciones q[u]e han infestado la ciudad de México desde su fundación, providencias dadas sobre todo, y otras noticias conducentes a la ma[y]or instrucción de los asuntos del ramo
{Rúbrica} {Sello de la Biblioteca Nacional} {Sello de la colección de Eugene Goupil, al centro número 239}
{En el margen inferior derecho un sello en cuadrete con el número 336}
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{en blanco}
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Relación sucinta de las ynundaciones generales que han venido sobre la ciudad de Mexico desde su fundación: Situaciones que han costado los reparos, y preservativos hechos de sus resultas: Erección del desague de Huehuetoca, sus rentas y repartimientos, progresos de estas, y estado en que se hallaban a fin del año de 1777, todo para ilustrar el extracto adjunto de los valores y gastos que han tenido las imposiciones del apuntado desague desde 28, de noviembre de 1607, que se puso por obra, hasta 31. de diciembre del referido 1777.
1. Temixtitan, hoy Mexico, ciudad principal, y cabecera del ymperio mexicano; fue fundada el año de 1322, sobre chinampas, o camellones de tierra portatil, en laguna espaciosa, cuyo suelo se mejoró después, hasta hacer calles de tres formas, de aguas, de agua y tierra, y de tierra sola, de que se infiere quan débil es su planicie, y quan dispuesta a la trasminación del agua por la flojedad, y poca union de la tierra.
2. Hallase al presente con numerosos edificios, de cuya conservacion contribuye la humedad de siete azequias que la rodean, y traspasan, siendo también receptáculo de inmundicias, y de las aguas llubias que caen en la ciudad, cuyas corrientes van a salir a la laguna de S[a]n Lazaro por otras tantas compuestas que tiene su albarrada, traginando por aquellas gran numero de canoas con bastimentos de los lugares inmediatos, en que se mantiene mucha gente con utilidad de todo el vezindario.
3. Como esta ciudad es la mas baxa parte de 70. leguas en contorno, han ocurrido a su laguna todas las aguas
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de los rios, montes, y serranias que la siñen, causa por[qu]e fue siempre propensa a inundaciones.
4. Estas provienen segun enseña la experiencia de lluvias continuadas, siendo el enemigo más poderoso las lluvias del norte que desienden de las llanuras de Pachuca, y rio de Hualtitan a la laguna de Zumpango, y de esta a la de San Christoval Ecatepec, entrando todas en la de San Lazaro, o Tescuco, cuyo vaso, por no ser capaz de encerrar tal conjunto de aguas, derrama el sobrante en esta ciudad inundandola, con grande perdida de vidas y caudales.
5. Ocho inundaciones grandes ha padecido esta ciudad desde su fundación, y en todas se ha visto anegada, de manera q[u]e no podia andarse, sino en canoas, o barquillas.
6. Las dos primeras acahesieron en la gentilidad, por el tiempo de Moctezuma quinto Rey, y primero de este nombre, de Ahuitzol Rey octavo, y del ultimo Moctezuma Emperador, las quales fueron tan grandes, fuertes, y violentas que destruyeron muchos edificios, por lo que se intentó mudar la ciudad con el auxilio de los yndios comarcanos se reparó el daño, e hicieron varias obras, de que la principal en lo preservativo fué el albarradón que para por delante de los Baños del Peñol, con que se dividió la laguna de Mexico, o San Lazaro, fabricado de madera, y piedra, el qual se halla hoy arruinado.
7. Después que por el año de 1521, se unieron a la
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Corona de Castilla estas provincias, con el nombre de Reyno de Nueva España, por medio de su conquistador D[o]n Fernando Cortes: el señor D[o]n Antonio de Mendoza, primer Virrey noticiosos de d[ic]has inundaciones, mandó declarasen los yndios viejos de aquel tiempo, que parecieron mas a proposito, el modo con que los gentiles se havían manejado en semejantes casos, y de esta ynformación consta, que nunca hallaron camino de desague, y que el Emperador Moctezuma, y sus antecesores, durante la temporada de lluvias, se retiraban hasta Tescoco, para livertarse de todo peligro.
8. La quarta inundación fué por el año de 1553, gobernando el s[eñ]or D[o]n Luis de Velasco segundo Virrey, y primero de este nombre, en cuyo tiempo se hizo la grande obra de la albarrada de San Lazaro. Continuaron las lluvias tanto que no dieron lugar al principio de una Yglesia Catedral Metropolitana, que por r[ea]l cedula dada en Monzón de Aragon a 28 de agosto de 1552, se mandó fabricar con siete naves, las que despues se pusieron en practica reducidas a cinco, en atencion a los repetidos terremotos q[u]e se experimentaban, y a la conocida debilidad del terreno.
9. En 1580, siendo Virrey el s[eñ]or D[o]n Marcos Enrriq[ue]z sobrevino la quinta inundación, y de sus resultas se hicieron varias obras, reducidas a fortificar {tachado la palabra el} albarradas, levantar calzadas y desarenar rios. Tratose de desague general por Nochintongo y Huehuetoca a salir del rio de Tula, que parece ser el q[u]e se eligió después.
10. Sucedió la sex-
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ta inundación por el año de 1601, mandando este Reyno el s[eñ]or Marquez de Montesclaros, por la qual se repararon albarradas, se hicieron calzadas de San Cristoval, Mexicalzingo, y Guadalupe, se levantaron y empedraron las calles, se encarcelaron las aguas de los rios Ganetirum y Morales, se pusieron compuertas en partes convenientes, y se practicaron diligencias de desague general por el pueblo de Tequisquiac q[u]e no tuvo efecto.
11. La septima inundación fué por el año de 1607, governando el s[eñ]or Don Luis de Velasco Marques de Salinas hijo del mencionado s[eñ]or segundo Virrey, procuraron desaguar con maquinas los conventos y casas principales, que no pudo conseguir por razon del terreno dispuesto a la trasminación del agua, y como la experiencia tenia bien acreditado, que todos los reparos y remedios hechos hasta aquel tiempo havían sido presentancos y de poco, o ningun efecto para preservar esta ciudad de inundaciones inminentes peligros en lo venidero, se trato como unico memedio de desague general, y de cinco que se propusieron por varios arquitectos, se eligió por menos dificil el de Enrico Martínez Cosmografo de S[u] M[agestad] por el sitio nombrado Nochistongo y pueblo de Huehuetoca a salir el río de Tula que se comunica con la mar del norte, disponiendose que de las 15, 800 varas que tenia de longitud para venir a sacar las aguas de la laguna de Zumpango, Rio Huautitlan, y avenidas de Pachuca fuesen las 7, 000 a tajo abierto, y las demas por socabon, cuyo costo
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reguló el citado Martínez Ynventor y Maestro Mayor de esta obra en 600 mil p[eso]s.
12. Acordado este desague en junta general que tubo el referido Ex[celentísi]mo S[eñ]or Virrey Marques de Salinas, con la r[ea]l audiencia Visitador General D[o]n Diego de Landeras y Velasco y demas tribunales, salieron todos de esta ciudad en 28, de noviembre de 1607, y haviendo llegado a Nechistongo, y dichose misa a las onze y media en un jacal o chosa, que a este fin estaba allí hecho, se comenzó la obra del desague, siendo su Ex[celenci]a el primero que con una azada rompió la tierra para animar al trabajo los 1, 500 yndios que estaban prevenidos en aquel sitio, y por que en esta ocupacion consideraron havian de enfermar muchos se hizo un hospital en el pueblo de Huehuetoca, con el /surtimiento necesario/ de medicinas.
13. Para el mayor acierto en la direccion de esta obra, escribió S[u]. M[agestad]. a su Embajador en Francia, para que solicitara un buen yngeniero que quisiera entender en ella, y con efecto vino de tal D[o]n Adrian Boot por el año de 1614, con el sueldo anual de 1, 200 ducados, en virtud de r[ea]l cedula de 1° de junio de 1613, el q[u]e en el de 1640, aun tenían el mismo salario y ocupacion.
14. Por r[ea]l cedula de 23, de abril de 1616, aprobo S[u] M[agestad] el desague por Huehuetoca, y mandó que la sisa impuesta en el vino que se vendia en Mexico para gastos de esa obra, cese luego que se perfeccione, y que su procedido no se invierta en otros usos.
15. Por octubre de 1620, acordó la ciudad se hiciera vista de ojos en la obra del desague, con el fin de alzar las pensiones impuestas para el ella en el caso de que se considerasen inutiles las grandes sumas que se estaban erogando.
16. El s[eñ]or Marques de Gelbes, en vista de que discorda-
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ban los dictamenes dados por los maestros cerca de la altura de cada parage, para certificarse en este punto mandó por su auto de 29, de abril de 1623, cesar la obra del desague, y que se despidieren los dependientes, y trabajadores de ella hasta segunda orden, previniendo asi mismo que para experimentar el crecimiento que haria la laguna de San Lazaro, se clabaren en ella estacas, y se abrieran las compuertas de la de Zumpango, para que entrasen libremente las aguas de Huautillan y Tepozotlan que salian para el desague de Hue[hue]toca.
17. En este estado a 15, de enero de 1624, sucedió el alboroto popular, en que los amotinados quemaron la carcel y tubo la r[ea]l audiencia avocado el govierno hasta octubre de d[ic]ho año que llegó el s[eñ]or Marques de Cerralbo sucesor del referido s[eñ]or Virrey Marques de Gelbes, y para su pacificacion se levantaron tres compañías de a cien hombres cada una, cuyo gasto (que importó en la temporada 89,853 pesos, 4 tomines, 2 granos) aunque fué consignado en las rentas del desague no se incluye en el extracto adjunto por no serlo de la obra: y con igual fundamento se han excluido también 9, 985, 7 r[eale]s erogados el año de 1637, por orden del Ex[celentísi]mo S[eñ]or] Marq[ue]s de Cadereita en buscar el tezoro del Emperador Moctezuma en la laguna de San Lazaro; y asi mismo las cantidades impendidas en redificios del palacio de Mexico, y de el de Chapultepeq, y otras semejantes.
18. A representación de la ciudad, informó Enrico Martínez, a fines del año de 1627, que la obra del desa-
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gue no corria desde 1623, y que el crecimiento de las aguas iba en aumento, y preparando una ruina memorable, en cuya vista mandó el S[eñ]or Marques de Cerralbo q[u]e pasadas las lluvias del año de 1628 se continuase la dirección del mismo Maestro Enrico Martínez, quien en quatro meses la puso en el estado que antes tenia, haviendose hecho entonces la presa de Pachuca.
19. En el de 1629, governando el Ex[celentísi]mo S[eñ]or Marques de Cerralvo, padeció Mexico la octava y ultima inundación, q[u]e ha sido la mayor q[u]e se ha visto, pues como a la multitud de aguas q[u]e havian entrado en la laguna de San Lazaro, siguieron crecidas lluvias, fué tan grande y fuerte el golpe de ellas q[u]e vino sobre esta ciudad, q[u]e rompiendo cuantas albarradas, calzadas y presas se havian hecho en su defensa, arruinó muchos edificios, con perjuicio notable de sus havitantes, asi de vidas como de haziendas, de suerte q[u]e llegó a tener el agua, por donde menos la altura de dos varas, y para el comercio necesario, en virtud de auto de junta celebrada a primero de noviembre del referido año de 1629, se hicieron a costa de los dueños de casas en las calles principales, calzadillas de una vara de ancho, y una cuarta de mas alto q[u]e el peso del agua, poniendo puentes de madera en los pasos publicos de cada tres quadras una con tablas y biguetas postizas por el medio, para que se pudieran levantar con facilidad, quando pasaran barcos, o canoas con volumen.
20. En el año de
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1681, por r[ea]l cedula de 19, de mayo, se mandó tratar de mudar esta ciudad en los llanos q[u]e están entre Tacuba y Tacubaya, lo cual se havia intentado antes con menos motivo, y q[u]e el Virrey impidiese desde luego la continuac[ió]n de fábricas de casas en Tacuba, Tacubaya, Cuyoacan, y San Agustín de las Cuevas.
21. Resistió esta mudanza la ciudad, representando q[u]e sus edificios valdrían más de 50 millones de pesos, q[u]e el comercio estaba mui atrasado; pobres los dueños de fincas, y el r[ea]l erario sin fuerzas para costear lo q[u]e le correspondía, pues havia q[u]e mudar, demas de la población de los particulares, 15, conventos de monjas, 7, de religiosos, 8, hospitales, 6, colegios, catedral, 2, parroquias, casas r[eale]s y arzobispales, las del s[an]to oficio, ciudad, r[ea]l universidad, y carceles, para cuyas obras se necesitaba gran cantidad de pesos q[u]e no havia, siendo la mayor dificultad, segun el lamentable estado en q[u]e se hallaba el sostener /las/ religiosas, religiosos, colegios, capellanes, y demás q[u]e vivian del producto de las fincas, lo cual supuesto era menor inconveniente gastar quatro millones de pesos en acabar perfectamente la obra del desague de Huehuetoca atajo abierto, q[u]e es la cantidad en que el Maestro Enrico Martínez se obligaba a hacerlo.
22. Tratose el punto en junta, y se resolvió continuar la obra del desague, perfeccionando los socabones por no permitir las circunstancias el gasto excesivo del general tajo abierto, a cuyo fin se entregaron a Enrico
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Martínez 200, 000 p[eso]s que se havian recogido prestados, sin embargo de q[u]e poco antes se inbento un arbitrio q[u]e produjo 100, 000 p[eso]s.
23. Duró el agua en consumirse cerca de quatro años, trabajando en ellos d[ic]ha obra, por haver permitido la misericordia divina fuesen de cortas llubias, haviendose gastado desde su principio hasta fin del año de 1635, mas de tres millones de p[eso]s. Hasta aqui las inundaciones, y sigue la consecuencia hallada de las situaciones q[u]e han sufrido el gasto antes de la erección del desague de Huehuetoca, y a su continuacion se hará de lo erogado hasta [a]hora en d[ic]ho desague, describiendo la[s] rentas y contribuciones impuestas para esta obra.
24. Por r[ea]l cedula f[ec]ha en Madrid a 2, de mayo de 1536, a representacion de la ciudad, en q[ue] dijo q[ue] para acabar de traer el agua /encañada/, convenía se hechase una sisa en las carnise[rías] /que/ se pesaban en las carnicerias, de mandó se pusiera en execución como pareciera al Virrey.
25. Tubo efecto d[ic]ha sisa en las carnes, y se cobro hasta 26 de abril de 1571, a representacion de la ciudad {dos renglones rayados} se alzó este cobro mandando la r[ea]l aud[ienci]a se impusiese la sisa en el vino, a cuyo fin se diese cuenta al Virrey, quien expidió el auto siguiente.
26. En la ciudad de Mexico a 11 días del mes de diciembre de 1571, el Mui Excelente S[eñ]or Virrey de esta N[ueva] E[spaña] Haviendo visto la petición y auto de suso contenida: dixo: que mandaba y mandó, q[u]e del precio del vino q[ue] se vendiese p[o]r menudo en esta ciudad, de cada 17, blancas se lleve una de sisa, la qual sisa se quite de las medidas con q[u]e se huviere de medir el d[ic]ho vino por menudo, según dicho es, y en la
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cobranza de ello se guarde la orden q[u]e para ello S[u] Ex[celenci]a dá, entendiendose q[u]e el regatón q[u]e vendiere pipa por junto, ha de pagar la sisa de ella por d[ic]ha orden, y q[u]e los mercaderes de Castilla no han de pagar de las pipas, sino de lo q[u]e vendieren por menudo- D[o]n Martin Enrique- Por ante mí: Juan de /Cueva/
27. Antes de la erección del desague de Mexico por Huehuetoca, se costeaban las Albarradas, Calzadas, Presas, y otras semejantes obras preservativas, y reparativas de inundaciones de la sisa del vino, que era a cargo del corregidor de esta ciudad, y otras personas, como también de repartimientos q[u]e se hallan, y aunq[u]e los oficiales r[eale]s de esta corte havian tomado prestados de la caxa de d[ic]ha sisa para fines del r[ea]l servicio 151, 000 p[eso]s tenía pagados la r[ea]l hac[ien]da de cuenta de esta suma 100,000 p[eso]s en fin de agosto de 1604, y de los 51,000 p[eso]s restantes satisfizo 31, 071 p[eso]s antes q[u]e se comenzara la obra del desague referido, quedando la deuda reducida a 19, 928 p[eso]s de que se despachó libranza el año de 1608, a favor de la caxa de la sisa del vino, bien q[u]e esta partida volvió a entrar en la r[ea]l hac[ien]da por cuenta de lo q[u]e d[ic]ha renta debió pagar a los yndios que trabajaron en las calzadas, albarradas, y otros reparos del daño universal q[u]e esta ciudad padeció en las inundaciones anteriores a la obra del desague: de suerte q[u]e la libranza referida se despachó con total independencia de las rentas del desague de Huehuetoca por haberse destinado el procedido de d[ic]ha sisa a las obras solam[en]te del agua, y cañerías de esta ciudad, luego q[u]e se comenzó la del desague, como dichas calzadas y reparos no sufren dilación, los ha costeado la r[ea]l hacienda, siempre q[u]e la caxa de la sisa no ha tenido fondos, con calidad de reintegro, en conformidad de cartas del
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Rey, y mandam[ien]to de sus Virreyes. Asi sucedió en las obras de calzadas, albarradas y otras hechas para reparar el daño q[u]e hizo la inundac[ió]n del año de 1604, q[u]e de r[ea]l hacienda se pagaron 80,000 p[eso]s a los yndios q[u]e trabajaron en ellas, aunq[u]e de esta cantidad solo reintegro la sisa 40,000 p[eso]s pues los otros 40,000 los satisfizo la ciudad de sus propios, conforme al repartim[ien]to q[u]e se le hizo el año de 1615, a razon de 4, 000 p[eso]s cada año de los 10 q[ue] se señalaron.
28. Queda bien calificado, q[u]e cuando empezó la obra del desague de Huehuetoca, no huvo fondo q[u]e por sobrante de las situaciones, q[u]e anteriorm[en]te sufrian semejantes gastos se debiera aplicar al fomento de ella, por haberse considerado las del desague independientes, y de ninguna conexion con las otras, y por lo mismo los 80, 000 p[eso]s q[u]e a la r[ea]l hac[ien]da debía la sisa del vino los pagaron por mitad como queda d[ic]ho los propios de la ciudad y la sisa, la cual siguió despues destinada solamente a las obras de agua, y cañerias, cobrandose actualm[en]te en razon de esta sisa 3 p[eso]s 1 r[ea]l por cada 100 botellas.
29. En atención pues a q[u]e no huvo fondo de q[u]e hacer los primeros gastos del desague de Huehuetoca, y a q[u]e las pensiones de carnicerias, y medio r[ea]l en el vino q[u]e se impusieron para esta obra, aun no havían rendido cantidad alguna, se arvitró echar un repartim[ien]to de tomin y medio por ciento sobre las posesiones, mercaderías y otros bienes muebles de los vecinos de todos estados de esta ciudad, q[u]e abaluados en 20, 267, 555 p[esos] produjeron 304, 013 p[esos], 2 [tomines], 7 [granos], en que se incluyen 9, 375 p[eso]s que tocaron pagar a S[u] M[agestad] por el principal de 625 mil en q[u]e se havian tasado las casas de moneda, y carcel de corte-
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De la renta del vino cobrada en Mexico para el desague.
30. Para la obra del desague de Huehuetoca, q[u]e como queda dicho tuvo principio en 28, de noviembre de 1602, se estableció la cobranza de medio r[ea]l de plata en cada cuartillo de vino q[u]e se vendía en esta ciudad, la cual se moderó el año de 1612, en conformidad de r[ea]l cedula de 6, de junio del mismo, reduciendolo a una cuartilla de real de plata, y por q[u]e a consequencia de otra r[ea]l cedula de 17, de abril de 1637, se amplió la jurisdic[ció]n de Mexico a cinco leguas en contorno, comprendió despues por largo tiempo la misma extension en cobro del citado derecho.
31. Los productos de esta renta corrieron por la factoria particular con total independencia del erario, de suerte que aun en los primeros años en q[u]e la caxa del desague estaba a cargo de los oficiales r[eale]s de Mexico llebavan éstos cuenta separada de d[ic]ha renta, la q[u]e presentaban al superior govierno, como administradores de ella, y por lo mismo en las cuentas de r[ea]l hazienda, no se halla otro cargo, ni data perteneciente a este ramo, q[u]e los q[u]e procedían de suplementos, o reintegros de r[ea]l hacienda.
32. Asi corrió la expresada renta del vino, ya en administrac[ió]n ya en arrendam[ien]to a cargo de diferentes factores particulares hasta 25, de junio de 1670, en q[u]e conforme a revolución de junta de r[ea]l hazienda se encargó a los oficiales r[eale]s de Mexico la administración y cobranza de este d[e]r[ech]o con la de penciones de carnicerias, y q[u]e interin se remataba por asiento, nombraren de su cu-
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enta y riesgo persona q[u]e lo administrase (y desde entonces parece se restringió el territorio a solo esta ciudad) en cuya atenc[ió]n por r[ea]l almoneda de 10, de octubre del mismo año se remató en D[o]n Juan Caballero y Vargas por 6,200 p[eso]s anuales, habiendo corrido este remate hasta 7, de febrero de 1672, en cuyo tiempo, y en el anterior, desde la revolución de la junta produxo la renta de la quartilla del vino q[u]e se gastaba en Mexico 1,710 p[eso]s.
33. En 8, de febrero de 1672, nombraron de su cuenta los oficiales r[eale]s por administrador de esta renta a D[o]n Lucas de Soria y hasta fin del año del 1676, enteró este 12,000 y más p[eso]s por d[ich]o tiempo. 34. Después inmediatam[en]te entró administrando la expresada renta por comisión de los oficiales r[eale]s el cap[ita]n D[o]n Esteban García Bravo, y duró esta administrac[ió]n hasta 24 de diciembre de 1690, haviendo producido 32, 447 p[eso]s, 4 g[tomines], 8 [granos].
35. Desde 25, de diciembre de 1690, estubo la renta referida en arrendam[ien]to a cargo de D[o]n Alonso de Asinas Duque de Estrada hasta 24, de igual mes de 1726, en cantidad de 2, 100 p[eso]s los diez y ocho años primeros, y los diez y ocho actuantes al respecto de 2,150 habiendo importado todo el tiempo de este asentista 76, 500 p[eso]s.
36. Pusose en administrac[ió]n a cargo de D[o]n Francisco de Ozaeta y Oro Contador Oficial R[ea]l de estas caxas en 25, de diciembre de 1726, y hasta 19, de enero de 1731, en q[u]e falleció, produjo 15, 988 pesos, 6 t[omines], 7 [granos].
37. Desde 20 de enero de 1731, hasta 22, de igual mes de 1732, se manifestaban los barriles de vino de Castilla y de Parras en la r[ea]l aduana, cuyos d[e]r[ech]os a razon de 5 p[eso]s cada barril de 4 ½ {arrobas} se satisfacian inmediatam[en]te a los oficiales r[eale]s e importaron 17, 335 p[eso]s, 4 [tomines] 6 [granos].
38. Los 26 años siguientes cumplidos en 24 de enero
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de 1758 fué asentista D[o]n Miguel de Gambarte, quien enteró 296,000 p[eso]s a razón de 11,000 p[eso]s en los diez y seis años primeros, y de 12, 000 los diez restantes.
39. Despues corrió en administrac[ió]n a cargo del Contador Principal de la R[ea]l Aduana de esta Corte D[o]n Mateo Arzipeste, y produxo desde 25 de enero de 1758, hasta 1° de marzo de 1761, 20,087.00 p[eso]s, 6 [tomines], 8 [granos],
40. En D[o]n Antonio Cristoval de Salamanca se remato el asiento de d[ich]a quartilla de vino por diez años q[u]e corrieron desde 2, de marzo de 1761 hasta 1° de otro tal mes de 1771, en 14, 410 p[eso]s anuales, haviendo enterado por esta ocacion 144, 100 p[eso]s.
41. Desde 2 de marzo de 1771, hasta 12, de julio de 1772 corrió d[ich]a renta en administración a cargo de D[o]n Nicolas de Corcuera, Contador Pncipal de la misma R[eal] Aduana en cuyo tiempo se enteraron 29, 376 p[eso]s, 1 [tomin], 11 [granos].
42. En 13 de jlio de 1772, declaró el Ex[celentísi]mo Señor Bailio D[o]n Antonio María Bucareli q[u]e el Contador Pincipal y Tezorero de d[ic]ha R[ea]l Aduana debían administrar esta renta por cuenta de S[u] M[agestad] en los mismo terminos q[u]e la de acabalas, y desde d[ic]ho dia hasta fin del año de 1777, metieron en la r[ea]l caxa 57, 956 [pesos], 4 [tomines], 11 [granos]. q[u]e havian recaudado liquidos de la renta de la quartilla del vino de Castilla y de Parras q[u]e se vende en esta ciudad a razon 5 p[eso]s por cada barril de a 4 ½ {arrobas} q[u]e contiene 164 c[uarti]llos.
43. De suerte q[u]e en los 107 años y meses que se cuentan desde el referido día 21, de junio de 1670, en q[u]e los oficiales r[eale]s empezaron a administrar estos caudales hasta fin de Diciembre de 1777, produjo la renta de la cuartilla
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de vino 712, 122 p[eso]s 5[tomines] 1[grano] líquidos a favor de la obra del desague, fuera de lo que havia rendido en los 63 años anteriores que corrió a cargo de particulares, y en este tiempo fueron mayores los productos, no solo en los cinco primeros años en q[u]e se cobraba medio r[ea]l de plata, sino despues de la moderacion a la mitad, pues un arrendam[ien]to q[u]e he hallado de esta renta por los años de 1618, y 1619, en D[o]n Alvaro Calderon, fué al respecto de 5,700 p[eso]s en cada uno, y de aqui viene la mayor diferencia q[u]e se advierte en los productos de los tres primeros Ddcenios, como q[u]e a d[ic]ha razon asciende sola esta renta en diez años, a más de 500,000 p[eso]s.
De la renta de crnicerías impuesta para el dsague.
44. Al principio de la obra de dsague de Huehuetoca se pensionaron para ella las carnicerias de esta ciudad, y despues tambien las de 24, leguas en contorno las quales se remataban con divicion de partidos, y u procedido entraba en poder de los fctores encargados, en cuya forma corrió hasta 14, de dciembre de 1669, en q[u]e cesó el ultimo q[u]e lo fué el Cap[itá]n D[o]n Francisco de Cordova Villafranca , Contador de Cuentas de este r[ea]l tribunal, q[uie]n por resolución de junta de hacienda metió en Rreale]s caxas en varias partidas19,256 p[eso]s 4[tomines], 11[granos] resto de lo q[u]e havia recaudado hasta 25 de junio de 1670 en q[u]e por otra junta de la misma fecha se determinó q[u]e los oficiales r[eale]s corriesen con este cobro, y desde entonces hasta fin del año de 1777, importó la expresada renta 606, 269 p[eso]s, 3 [tomines], 9 [granos] inclusas algunas resultas enteradas en la r[ea]l caxa por los factores del desague, y
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otras Personas. 45. Dixe que hasta 14. de diciembre de 1669 corrió por factoría particular la expresada renta de carnicerias, y es así, sin embargo, de q[u]e desde 16 de enero de 1653, hasta 23 de junio de el estubo a cargo de los oficiales r[eale]s de Mexico, porque entregaron su procedido de orden sup[eri]or al factor del desague D[o]n Francisco Cordova Villafranca, para q[u]e se reintegrara del dinero q[u]e havia suplido a la obra, y porque representaron estar mui recargados sus oficios no con tanto fundamento por ser menos las rentas que administraban el año de 1579, consiguieron en el d[ic]hos oficiales reale]s se separaron de su cargo las de azogues, tributos, y servicios r[eale]s con q[u]e havian corrido desde su establecim[ien]to.
De la renta de vino cobrada en Veracruz para el desague
46. En la junta de hacienda, celebrada a 26, de diciembre de 1629, con motivo entre otras cosas, de los grandes gastos q[u]e se necesitaba hacer para reparar la ruina q[u]e havia ocasionado la inundación general q[u]e poco antes vino sobre Mexico, se determinó por el Ex[celentísi]mo S[eñ]or Virrey Marques de Cerralbo y demás asistentes de ella, q[u]e la quartilla de real de plata, q[u]e al principio del desague de Huehuetoca, comenzó a pagar cada quartillo de vino en esta ciudad, se volviese a exigir por tiempo de quatro flotas primeras siguientes, aplicada por mitad al desague de Mexico y fortificación de Veracruz, haciendose allí esta recaudacion al respecto de 25 p[eso]s q[u]e correspondía.
{f.9r.} 9
Extracto general de valores y gastos que han tenido las rentas, y repartimientos impuestos para la obra del desague real de Huehuetoca en los 17 decenios y dias ocurridos desde 28, de noviembre de 1607, en que se principió la citada obra, governando la Nueva España el Ex[celentísi]mo S[eñ]or Marques de Salinas, hasta 31, de diciembre de 1777, demostrandose por el cotejo de sumas el actual ventajoso estado de dichas rentas, sin embargo de los suplementos continuos que les ha hecho la caxa r[ea]l. Real Hacienda de Mexico.
Cotejo de Sumas
Ascienden los Valores que han producido las rentas y repartimientos impuestos para la obra del r[ea]l desague de las lagunas del contorno de esta ciudad de Mexico por el sitio nombrado Nechistongo, y pueblo de Huehuetoca
{f.9v.}
desde 28, de noviembre de 1607, que tubo principio, siendo Virrey el Ex[elentísi]mo S[eñ]or D[o]n Luis de Velasco el II° Marques de Salinas hasta 31, de diciembre del año de 1777, en que se cuentan 170, años un mes y tres días a 5, 729, 089 p[esos], 6 [tomines].2 [granos]. que comparados con 5,399, 869 p[esos], 3 [tomines]. 4 [granos]. importe de los gastos consumidos en ella, quedan de caudal sobrante 329, 220 p[esos], 2 [tomines].10 [granos]. de cuya cantidad (que para en las caxas r[eale]s) pagandose al consulado de mercaderes de este Reyno 275,000 p[eso]s que se restan para completo de 800,000 p[eso]s porque se obligó a dar concluida la obra de tajo abierto en el término de /cinco años/ que cumplió a 29, de enero de 1773, aun resultan 54, 220 p[esos], 2 {tomines].10 [granos]. de fondo libre y bueno a las apuntadas rentas, las quales se individuaran en la relación adjunta con otras noticias conducentes.
Fecho de oficio y en horas extraordinarias de audiencia del r[ea]l tribunal y audiencia de cuentas de Mexico, a 19, de junio de 1779,= Juan Ordóñez-
Advertencia
Las novedades que ha tenido este ramo en el año pasado de 1778, y el presente se adicionan al fin de la relación, tribunal y real audiencia de cuentas de Mexico 19, de diciembre de 1779. = Ordoñez-
{FIN DEL DOCUMENTO}
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