Transcripción Paleográfica
{f. 0a} {al margen superior izquierdo: MEXICAIN 118}
Manuscrit sur papier eurupíen 6 píeces differentes. (6 feuilles in - folio)
Piĕces judiciaires. 1705.
N° 118
Volume de 6 feuillets 22 septembre 1898.
{f. 0b} {En el margen inferior derecho en etiqueta: 406.}
{f. 1} 1 Ass[enta]do {rúbrica} A /=/ n{umer}o /199/ 109 1705 {En el margen izquierdo, apenas visible: 826} Auttos f[ec]hos de pedim[ento] de los natt[urale]s de Tepetlastoc de la juri[sdicci]on de Tescuco contra {apenas visibles rúbricas y sellos} el contt[ad]or d[o]n Andres de Herrera s[obr]e tierras= {al centro, un sello de la biblioteca de Francia}
/…/ 12 - 4 2 - 1 - 1 –1 2 16 -7 S[ecretari]o Medina r[egid]or , /Mor/ado
{f. 1v} {al margen izquierdo dos sellos con el escudo de armas español y en el segundo se lee: /…/ CVARTILLO PHELIPE V /…/ AÑO DE 1704. 1705 †} {a manera de anotación, con otro tipo de letra: Mexico 7 de jullio del 705. Qualquiera de los abogados /q[ue] le/ sea requerido de los indio {sic} bea estos autos y los reconosca y al presente a esta r[ea]l au[dienci]a los derechos que tubiese esta fecha e ynforme.} {Rúbrica}.
+ Suplica se lea /…/ M[uy] p[oderoso] s[eño]r Doña Juana, Saynos, casica y principal de la ciudad Tlaxcala, y vez{i}na del pueblo de S[a]n Francisco Topoyango, en pleyto que en esta real audiencia se sigue, por, Pedro Pic natural, del pueblo de San Antonio Aguaguamantla, sobre las tierras, digo que a tiempo de dos años que esta pendie/nte/ este pleyto, y en atención a que soy una pobre, y miserable /na/tural y que no tengo con que costear este litixio, y mover; obras caussas, que me persuaden, a desistirme, de dicho plei/to/ /re/nunciando como renuncio el derecho, que en todo tiempo para representar, a dichas tierras, por lo qual - /A v[uestra]/ a[lteza] pido, y supp[li]co haviendome, por desistida, de dicho /.../to, y por renunciado qualquiera derecho; que pueda tener dichas tierras por tener obras con que, poderme alimentar /.../gar los leales tributos, mande se me buelvan los recuados, q[ue] tengo presentados, en dicho pleito, quedando razon de e/.../ y juro en forma este escripto no ser de malicia e[tceter]a. {al margen inferior, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN. N°. 118}
{f. 2} 2 133 † al[ca]lde mayor ytech omonec ¶ Domingo yc VII mani henero de 1705 años nahui to[mine]s yc mocouh totolli _____________ IIII to[mine]s ce tomi[n]tica tlaxcalli _______________________ I to[mine]s ¶ lunes chiquace[n] tomines yc mocouh totollin yua[n] ce tomintica tlaxcalli VI to[mine]s ce tomintica cacauatl _______________________ I t[omine]s yua[n] medio totoltetl ________________________ m[edi]o ¶ martes ome tomines yc mocouh totolli ______ III to[mine]s m[edi]oce tomi[n]tica Caxtilla[n] tlaxcalli yua[n] m[edi]o cacauatl______ ¶ miercoles ome tomines yc mocouh totolli ___________ II to[mine]s ¶ juebes ome tomines yc mocouh totolli _____________ II to[mine]s ¶ viernes ce tomin yc mocouh totoltetl yua[n] medio yc mocouh ma[n]teca_______________________________ II to[mine]s m[edi]o yua[n] ce tomi[n]tica zozoltin _______________ yua[n] medio yc mocouh yztatl _____________ m[edi]o lll p[es]os yua[n] onquahuacalli tlaolli yn oquiquaq[ue] cauallos I to[mine]s tlaqualli omochiuh macuilquauhchiquihuitl chicueyxtlapalli tilquahuitl_______________________ IIII to[mine]s
{f. 2v} † Y[n] nica[n] ypa[n] altepetl Tlalmanalco yc matlactlomey mani metztli enero de 1565 años in yehuatzi[n] señor al[ca]lde mayor otechmomaquilli ey p[es]os za huell ixquich y notech momaquilli yn ipatiuh yc omotlaxtlahuilli yn oquimoqualtia yn itechtzi[n]co omonec y[n] tlaolli atle oquimocahuilli ypatiuh yua[n] in tlatlatilquahuitl yua[n] y[n] zacatl amo patiyouac za yeuatl y[n] totolli omotlaxtlauilli yua[n] tlaxcalli auh in imixpa[n] otechmomaquilli y[n] tomines Dionisio Dom[in]g[ue]z yua[n] Gaspar Dejeda rejidores ynic nehuatl onicceli M[art]in de la Fue[n]te mayordomo yua[n] Fran[cis]co Despinosa /…/ ynin za[n] chicomilhuitl ytechtzinco omonec ynic omotlaxtlahuilli. {firmas: M[art]in de la Fue[n]te .- Gaspar de Tejeda .- Dionisio Dominguez .- Martin Ramirez .- Francisco Espinosa. {sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN . N°. 118}
{f. 3} 3 1542 Proceso criminal Francisco yndio otomi /Esc[ritu]rado ya/ Torquemada. Tomo. 2. Libro 6. Capitulo 48. dà señas desste delinquente, y dice: el primero y santo obispo de Mexico, de buena memoria, fray Juan de Zumarraga tuvo presso a uno de estos brujos, que se /llamaba/ decia Ocelotl y lo desterro p[ar]a España por ser muy perjudicial, y /per p/ perdiose la nao cerca de el puerto, y no se supo mas de él. El s[ant]o varon fr[ay] Andres de Olmos prendiò otro discipulo de el sobre d[ic]ho y teniendole en la carcel, y diciendole el mismo indio al d[ic]ho padre, que su maestro se soltaba de la carcel quando queria le dixo el p[adr]e se soltasse él, si pudiesse; pero no lo hizo porq[ue] no pudo. Verdad es que despues, remitiendolo al d[ic]ho ob[is]po santo por no lo poner â recado se solto y desapareció. Cabrera {rúbrica}{al margen inferior derecho, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN.}
{f. 3v} {en blanco}
{f. 4} 4 † Los juezes officiales de la real hazienda de su mag[estad] desta Nueva España hazemos saber al ques o fuere al[ca]lde mayor de la ciudad de Tezcuco o su lugar then[ient]e y al governador al[ca]ldes principales y naturales della como e[n] veinte e nueve de novi[embr]e del año pasado de qui[nient]os y sesenta y nueve e[n] la real almoneda antel oydor e fiscal de su mag[esta]d y los juezes off[iciale]s de su real hazienda se remataron en P[edr]o de Xerez dozientas hanegas de mayz del q[ue] los naturales de esa dicha ciudad, fuistes obligados a dar a su mag[esta]d de la cosecha del d[ic]ho año de qui[nient]os y sesenta y nueve en ciertos p[es]os de oro los q[ua]les a pagado y metido e[n] la real caxa de tres llaves el susodicho y dellos esta fecho cargo al alcayde B[errnardi]no de Albornoz thes[orer]o de su mag[esta]d, por ende de parte de su mag[esta]d vos mandamos acudays y hagais acudir al d[ic]ho P[edr]o de Xerez, o a quien su poder oviere con las d[ic]has dozientas hanegas de mayz q[ue] deveis de la d[ic]ha cosecha q[ue] asi e[n] [e]l fueron rematadas e[n] la dicha real almoneda segun dicho es y tomad su carta de pago, la q[ua]l y este recudim[ient]o traereis a la q[uent]a de su mag[jestad] pa[ra] q[ue] v[uest]ro descargo. F[ech]o en Mexico a treinta de abrill de mill e qui[nient]os y setenta e un a[ño]s. Melchor de Legazpy {rúbrica}.- Gordian Casasano {rúbrica}.- B[ernardi]no de Albornoz {rúbrica}. {al margen inferior derecho, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN}} {sobre una hoja encimada: {rúbrica} Tezcuco [en]treguen a P[edr]o de Xerez e[s]te q[ue en e]l se remataron.
{f. 4v.} Digo yo Diego de Hevia q[ue] recebi de los yndios del pueblo de Tezcuco ciento y setenta f[anega]s de maiz en nonbre de Pedro de Xerez v[ezin]o de Mexico las quales le llebe en mis carretas a la d[ic]ha ciudad de Mexico y por [ver]dad lo firme de mi nonbre q[ue] fecho a doze dias del mes de mayo de mill e qui[nient]os y setenta y un años.________________________________________ Diego de Hevia [rúbrica]. ¶ Digo yo Joan de Pomar que recebi de Ant[oni]o de Rojas mayordo/mo/ de la ciudad de Tezcuco treynta f[anegas] de mahiz que son las /que/ restavan para duzientas contenidas en este recudimi[ent]o /…/ q[ue] les recebi en nombre de P[edr]o Xerez y por verdad lo firme de mi nonbre. Fecho en Tezcuco a tres de junio 1571. Joan de Pomar {rúbrica}. {en el margen izquierdo , de manera transversal: /…/ de f[eb]r[e]ro del año de /.../}
{f. 5} 5 † Muy p[oderos]o s[eño]rLos al[ca]ldes y principales desta ciudad de la parte de Santiago del Tatelulco dizen que sobre lo que v[uestr]os oficiales les piden ques el tributo q[ue] devian los yndios muertos se mandaro[n] soltar en fiado por veynte dias que se cumplen oy y pues por la quenta q[ue] se esta haziendo a de constar de la verdad /y de lo que de vie/ y parezera q[ue] los muertos devian lo que se les pide suplican a v[uestra] al[tez]a mande prorrogarles el d[ic]ho termino por hasta que se acave la d[ic]ha cuenta. {al margen inferior derecho, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN}}
† En la ciudad de Mexico a veynte e cinco dias del mes de junio de mill y quinientos y sesenta y cinco a[ñ]os ante los señores presidente e oydores de la audiencia rreal de la Nueva España estando en aquerdo se leyo la peticion de suso contenida e por los d[icho]s señores vista dixeron que les prorrogaban e prorrogaron la canceleria que les esta puesta por otros veynte dias mas. Joan Serrano {rúbrica}
{f. 5v} {al final de hoja, de manera transversal: † Los al[cal]des y principales de la parte de Santiago del Tatelulco dizen que sobre lo que v[uest]ros oficiales les piden que es lo que cavia a pagar a los yndios q[ue] se an muerto se mandaron soltar por veynte dias que se cumplen, oy y pues acavada la quenta que se esta haziendo constara de la verdad suplican a v[uestra] /al[te]za/ mande prorrogarles el d[ich]o termino por hasta que se acave la d[ich]a q[uen]ta. En 25 de junio de 1565 a[ños]. Que se le prorroga otros veynte di[a]s}
{f. 6} 6 † mamoyectenehua in itocatzin yn totecui[y]o Dios[1] Ca oniccac y[n] motlatoltzin yn tinotecuiotzin yn ticihuapilli yva[n] tehuatzin yn tinoquichtihuatzin don P[edr]o Dionisio: yn oypanhualicuihuhtia yn amamatzin yn itechcopa y[n] notlal yhuan nocal yn o[n]ca mani tonatiuh ycaltitla[n] auh ca notencopa ynemechnonahuatili ynic monamacaz ca nel naxca auh yn axca[n] yn iuh niccaqui ynic moteylhuia yn A[lons]o Quauhtli yhuan yn icihuauh yhuan yn ichpoch Simo[n]. Auh ca noconitohua camo manohuayolque ca macehualti tle ypanpa yn ipa[n] moteilhuia y[n] nocal ca nechcahuilitia y[n] nocoltzin Cihuayztitzin yva[n] y notlal ca huel naxca ca notlatqui auh yn ica nel ye omic cuic yn ipatiuh yn omochiuh auh azo nelli yn ixpantzinco oacic yn tlatolli yn totlatocatzin sennor dotur Ceynos yn tla huel nica yn tla camo notztitica ca yxpantzinco onacizquia yn totlatocatzin auh yn ica yc nemechonnotlatlauhtillia ma camo xiq[ui]n moxiccahuilica[n] yn oniq[ui]nnamaquilti nocal ma ynpan ximotlatoltica[n] ca ye isquich yc nemecho[n]otlatlauhtilia yn tehuatzin tinotecuiotzin yhua[n] tehuatzin tinoq[ui]chtihuatzin omochiuh amatl axca[n] ye ilhuitia metztli de julio de 1567 años. {al margen inferior derecho, un sello que dice: Collection E. Eug. GOUPIL á Paris. Ancienne Collection J. M. A. AUBIN}} Nehuatl nimitznotlazotilia . Doña Maria de Tizocicatzin {rúbrica}.
{f. 6v} † Sea alabado el nonbre del señor. ¶ Entendi v[uestr]as palabras doy os mi madre y señora e de vos mi h[erma]no don Pedro Dionisio q[ue] binieron escriptas en v[uest]ra carta sobre el suelo e tierra de mis casas questan e son e[n] las espaldas de las casas de Alvarado porque yo os mande q[ue] las vendiesedes porq[ue] es cosa mia e agora soy ynformada que Alonso Cuauhtli trata pleyto sobre ello e su muger e la hija de Simon yo digo q[ue]llos no son mis parientes porq[ue] son macehuales no se porque causa trata pleyto sobre cosa mia porq[ue] me las dexo e yo las herede de mi ahuelo Cihuayztitzin e la tierra es mia e de mi hazienda e como tal yo ube e rescebi el valor dellas e si es verdad q[ue]llo pasa antel señor doctor Ceynos e yo no estubiera preñada yo fuera ante su merced e por eso os ruego a bosotros q[ue] lo soliciteys y no os descuydeys de favorescer a las personas a quien yo las e bendido las dichas mis casas e que hableys por ellos esto es lo que yo os ruego a vos mi madre y señora y a vos mi h[erma]no fecha esta carta a tres de jullio de 1567. Yo q[ue] mucho os amo doña Maria Tizotzicatzi ____ ¶ Esta carta leeran mi madre la señora doña Maria e mi h[erma]no don Pedro Dionisio q[ue] estan en Mexico mi señor. {cambio de letra} † ¶ Ynin amatl quimottiliz y[n] notecuiyotzin cihuapilli doña Maria yhua[n] noq[ui]chtihuatzin don P[edr]o Dionisio ompa ciudad Mex[i]co. Mi señor.
{con letra diferente: esta la proban[z]a.}
{f. 7} {en blanco} Nuestra traducción
{f. 2} + Se requirió para el alcalde mayor ¶ Domingo 7 del presente enero del año 1705 4 tomines con lo que se compró guajolote_________4 tomines Con 1 tomín (se compró) tortilla_________________1 tomín ¶ Lunes 6 tomines con lo que se compró guajolote y con 1 tomín tortilla___________________________ 6 tomines con 1 tomín cacao___________________________ 1 tomín y (con) medio (tomín) huevo____________________ Medio ¶ Martes 2 tomines con lo que se compró guajolote, con 1 tomín tortillas de Castilla y medio (para) cacao_3 tomines (y) medio ¶ Miércoles 2 tomines con lo que se compró guajolote____ 2 tomines ¶ Jueves 2 tomines con lo que se compró guajolote______ 2 tomines ¶ Viernes 1 tomín con lo que se compró huevo y con medio se compró manteca_________________________________2 tomines (y) medio y con 1 tomín codornices_______________________[2] y medio con lo que se compró sal________________ medio
3 pesos
y 2 quahuacalli “media hanega”[3] de maíz, lo comieron los caballos1 tomín Se hizo 5 chiquihuites[4] de comida y 8 rajas de leña de cocina________________________4 tomines
{f. 2v} Aquí en el altepetl “señorío” de Tlalmanalco en 13 del presente mes de enero de 1565 años, el señor alcalde mayor nos dio 3 pesos, todo me lo dio a mí, el valor que se le pagó para su sustento. Del valor del maíz nada se le quedó. Leña de quemar y pastura no se valoró, sólo guajolote y tortilla se le pagó. Nos pagó los tomines en presencia de Dionisio Domínguez y Gaspar Dejeda (de Tejeda), regidores; esto yo lo recibí Martín de la Fuente, mayordomo y Francisco de {E}spinosa /…/. Los 7 días que se le requirió, se le pagó. {Firmas: Martín de la Fuente, Gaspar de Tejeda, Dionisio Domínguez, Martín Ramírez y Francisco Espinosa}.
{F. 6} En el nombre de nuestro tecuhtli Dios Que yo escuché tu palabra, tú mi tecuhtli, mi cihuapilli “mujer noble”[5] y tú mi hermano mayor[6] don Pedro Dionisio, que viene asentado en el papel, relacionado con mi tierra y mi casa que están situadas al poniente. Y que se me dio la orden para que se vendan por ser mías. Y ahora escucho que tratan pleito Alonso Quauhtli, su mujer y la hija de Simón. Y digo que no son mis parientes, que son macehuales, por qué tratan pleito por mi casa, que me heredó mi abuelo Cihuayztitzin. Y la tierra que es mía, de mi propiedad. Y que es verdad que cuando murió, yo tomé el valor que se hizo. Y quizá es verdad que su notificación llegó ante nuestro tlatoani señor doctor Ceynos, quizá yo estaría aquí si no estuviera encinta, llegaría hasta donde está nuestro tlatoani. Y por eso yo les ruego que no se dejen, (no) les vendí mi casa, que ahí recapaciten ustedes. Que todo esto les ruego, a ti mi tecuhtli y a ti mi hermano mayor. Se hizo el escrito hoy 3 del mes de julio del año1567.
Yo, te quiero mucho. Doña María de Tizocicatzin {rúbrica}.
{Cambio de letra, otra vez en nauatl} Este pepel se lo mostrarán a mi tecuhtli, a mi cihuapilli doña Maria y a mi hermano mayor don Pedro Dionisio allá en la ciudad de México.
[1] Enseguida está su traslado en español. [2] Debería decir: “1 tomín”. [3] Hanega o fanega que según el marco de Castilla tiene 12 celemines y equivale a 55 litros y medio, pero varía según las regiones (Diccionario de la Lengia Española,1970:607-608). [4] Alonso de Molina traduce como: “chiquiuitl de tablas” (2001:86v) y Rémi Siméon como: “canasto de palos” (1997:408). Una representación de este objeto se encuentra en el Ms. 34, titulado: “Parte de un proceso. Plano de varias propiedades”, en foja única. Actualmente los chiquihuites están hechos de carrizo. [5] En el traslado dice: “a vos mi madre y señora”. [6] En el traslado dice: “a vos mi hermano”. Incluso, al final de la carta dice: “Esta carta leeran mi madre la señora doña Maria y mi hermano don Pedro Dionisio q[ue] estan en Mexico mi señor”. |